El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España por no haber adoptado ni comunicado en el plazo previsto todas las medidas necesarias para transponer la Directiva 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de progenitores y cuidadores.
La Comisión Europea había iniciado el procedimiento contra España el 21 de septiembre de 2022, enviando una carta de emplazamiento por la falta de notificación de las disposiciones nacionales requeridas. En su respuesta del 18 de noviembre de ese año, el Gobierno español se comprometió a cumplir con la Directiva mediante una ley y un real decreto, asegurando que remitiría las normas necesarias en el menor tiempo posible.
Ante la ausencia de avances, la Comisión emitió un dictamen motivado el 19 de abril de 2023, dando a España dos meses para completar la transposición. Posteriormente, el 6 de junio de 2023, España envió un cuadro de correspondencia entre la normativa europea y la nacional, acompañado de un informe del Ministerio de Trabajo. En este documento se explicaba que el proyecto de ley de familias, previsto como instrumento para la transposición, había quedado sin efecto tras la disolución del Parlamento.
Entre julio y septiembre de 2023, España aportó más información, pero la Comisión constató que las disposiciones seguían sin adoptarse plenamente. Por ello, el 16 de noviembre de 2023 decidió presentar un recurso ante el TJUE.
El 21 de diciembre de 2023, el Gobierno notificó a Bruselas la aprobación del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, que buscaba completar la transposición y mejorar la asistencia en materia de prestaciones por desempleo. También remitió nuevos cuadros de correspondencia. Sin embargo, el decreto-ley fue rechazado por el Congreso de los Diputados el 10 de enero de 2024 y no llegó a entrar en vigor. Más tarde, el 22 de enero de 2024, España informó a la Comisión de que incluiría las medidas restantes en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2024.
La sentencia actual del TJUE
La Comisión argumentó que, en el plazo señalado en el dictamen motivado, España no había completado la transposición, especialmente en lo referente a trabajadoras bajo el Derecho laboral y empleados públicos sujetos al Derecho administrativo. También indicó que España no notificó el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público ni incluyó la referencia exigida por la Directiva.
En su sentencia, el TJUE declara que España ha incumplido sus obligaciones al no haber adoptado ni comunicado las disposiciones necesarias para cumplir con la Directiva 2019/1158. Además, señala que, en el momento del examen de los hechos, el incumplimiento persistía.
El fallo impone a España una multa a tanto alzado de 6.832.000 euros y una sanción coercitiva diaria de 19.700 euros a partir de la fecha de la sentencia, en caso de que el incumplimiento continúe. Asimismo, España deberá asumir las costas del procedimiento, además de las suyas propias.