Opinión | Trazabilidad y música: la huella jurídica del «cue sheet» en el audiovisual

Carlos Duque, graduado en Derecho, doctorando en Derecho, doctor en Composición musical por la Ciity University de Londres y licencaido en Ciencias Políticas y Sociología, realiza un análisis análisis jurídico y técnico sobre la trazabilidad en la música y el audiovisual: del cue sheet a los códigos de identificación, claves para una gestión transparente y global de regalías.

22 / 09 / 2025 05:41

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La documentación de obras artísticas, ya sean musicales o audiovisuales, constituye un punto básico en la precisa gestión de trazabilidad. Los códigos ISWC (International Standard Musical Work Code), ISRC (International Standard Recording Code), e IPI (Interested Party Information), y las claves técnicas como los códigos API (Application Programming Interface), resultan esenciales para identificar con fidelidad la obra, su versión, el intérprete, autor, editor o arreglista (según corresponda) y permitir una liquidación transparente y efectiva de la monetización generada.

El crecimiento exponencial de las obras musicales y audiovisuales, junto con su distribución masiva a través de múltiples plataformas (que operan de forma internacional, con la casuística legal que supone), ha convertido en un auténtico caballo de batalla la correcta identificación de todos los actores implicados en la cadena de valor.

Hoy, la liquidación de derechos se genera, por un lado, a través de las sociedades de gestión colectiva y, por otro, mediante las plataformas digitales, que remuneran directamente a productores fonográficos, editoriales y otros titulares por licencias de comunicación pública, reproducción y derechos conexos. Lo que genera un enorme flujo de datos con el fin de conseguir el correcto reparto de derechos.

Por tanto, resulta imprescindible asignar códigos de identificación únicos a cada actor de esta inmensa cadena, para que la trazabilidad de las obras musicales y audiovisuales sea completa, verificable y transparente.

Sin esta infraestructura de control, cualquier esfuerzo de gestión o auditoría resultaría estéril, al no contar con la visibilidad suficiente sobre cada actor, desde el autor y el intérprete hasta la editorial, el productor fonográfico o la plataforma digital. La integración de todos estos identificadores permitirá generar un output coherente (en forma de una cartografía jurídica fiable), capaz de reflejar con precisión tanto la explotación de la obra como la distribución justa de los ingresos derivados de ella.

LOS CÓDIGOS DE IDENTIFICACIÓN

Vamos a analizar los códigos de identificación que garantizan la correcta documentación y trazabilidad de las obras artísticas.

El primer bloque se centra en los códigos personales y de entidades en dos niveles, uno dedicado a las personas (IPI, CAE, ORCID) y otro a las organizaciones (sociedades de gestión, editoriales, ISNI).

El segundo bloque aborda los códigos de obras, organizados en tres niveles: composiciones (ISWC), grabaciones y fonogramas (ISRC, ISAN, EIDR) y publicaciones impresas (ISMN, ISBN, ISSN).

El tercero incluye los códigos comerciales y de distribución, tanto para el comercio físico (UPC, GRid, catálogos) como para la distribución digital (IDs de plataformas, MBID, DDEX).

El cuarto bloque reúne los códigos de autenticidad y trazabilidad digital, con un nivel de certificación en blockchain (NFTs, smart contracts) y otro de estándares de procedencia (C2PA, hash values).

El quinto incorpora los códigos académicos y de catalogación, divididos en investigación (DOI, Handle) y sistemas bibliotecarios (MARC, Dublin Core). Por último, el sexto bloque abre la puerta a códigos emergentes y especializados, tanto en nuevas tecnologías (IA, metaverso, AR/VR) como en los mercados del arte (subastas, galerías, ferias).

Algunos de estos códigos son ajenos a la catalogación de las las (Performing Rights Organizations, es decir, organizaciones de gestión de derechos de ejecución pública), pero los adjuntamos por ser habituales en la identificación de documentos con carácter académico o comercial.

I. CÓDIGOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL Y ENTIDADES

Nivel 1: Identificación de personas

• IPI (Interested Party Information): Es una especie de “DNI” internacional para autores, compositores e intérpretes en el sistema de derechos de autor. Facilita el cobro de regalías.

• CAE (Composer, Author and Publisher Code): Antecesor del IPI, en desuso aún en uso en algunas sociedades de gestión.

• ORCID: Aunque no está dentro del flujo de monetización, es un identificador único para investigadores, usado en publicaciones académicas.

Nivel 2: Identificación de organizaciones

• Códigos de sociedades de gestión colectiva (SGAE, BMI, ASCAP, etc.)

• Publisher Codes: Códigos internos de editoriales musicales.

• ISNI (International Standard Name Identifier): Identifica a personas y organizaciones creativas (autores, intérpretes, editoras).

II. CÓDIGOS DE IDENTIFICACIÓN DE OBRAS

Nivel 1: Obras musicales (composiciones)

• ISWC (International Standard Musical Work Code): Identifica la composición musical, independiente de sus grabaciones.

Nivel 2: Grabaciones y fonogramas

• ISRC (International Standard Recording Code): Código único para cada grabación sonora específica. Esencial para monetización digital.

• ISAN (International Standard Audiovisual Number): Identificador para obras audiovisuales (películas, series, cortos).

• V-ISAN: (Version International Standard Audiovisual Number): Variante para versiones/adaptaciones de obras audiovisuales.

• EIDR (Entertainment Identifier Registry): Referencia internacional para obras audiovisuales, usado por plataformas y estudios.

Nivel 3: Publicaciones impresas

• ISMN (International Standard Music Number): Para partituras y ediciones musicales impresas.

• ISBN (International Standard Book Number): Para libros, incluidos tratados musicales y artísticos.

• ISSN (International Standard Serial Number): Para publicaciones periódicas en música y arte.

III. CÓDIGOS COMERCIALES Y DE DISTRIBUCIÓN

Nivel 1: Comercio físico y digital

• UPC/EAN: Códigos de barras para CDs, vinilos, DVDs, merchandising.

• GRid (Global Release Identifier): Identifica lanzamientos musicales digitales (álbumes, singles, EPs).

• Catalogue Numbers: Códigos internos de sellos discográficos para controlar catálogos.

Nivel 2: Distribución digital

• Platform-specific IDs: Spotify URI, Apple Music ID, YouTube Content ID.

• MBID (MusicBrainz Identifier): Identificador abierto en la base de datos colaborativa MusicBrainz.

• Mechanical Licensing Codes: Identificadores técnicos para licencias mecánicas en streaming.

• DDEX (Digital Data Exchange): Estándares de intercambio de metadatos entre discográficas, editoriales y plataformas.

IV. CÓDIGOS DE AUTENTICIDAD Y TRAZABILIDAD DIGITAL

Nivel 1: Blockchain y certificación

• NFT (Non-Fungible Token): Certificados únicos de autenticidad digital.

• Smart Contract Addresses: Direcciones de contratos inteligentes en blockchain.

• Wallet Addresses: Direcciones de billeteras digitales para transacciones.

Nivel 2: Estándares de procedencia

• C2PA (Coalition for Content Provenance and Authenticity): Estándar para verificar origen y autenticidad de contenido.

• Content Credentials: Metadatos criptográficos de procedencia (ej. Adobe, CAI).

• Hash Values: Firmas digitales para verificar integridad de archivos.

V. CÓDIGOS ACADÉMICOS Y DE CATALOGACIÓN

Nivel 1: Investigación y archivo

• ORCID (Open Researcher and Contributor ID): Sistema de identificación internacional que proporciona a cada investigador o creador un código único, que funciona como una especie de “DNI académico”.

• DOI (Digital Object Identifier): Identificador para artículos, tesis y recursos digitales.

• Handle System: Sistema global para la asignación, gestión y resolución de identificadores únicos y persistentes (handles) para recursos digitales en internet (un DOI es en realidad un handle dentro del Handle System).

Nivel 2: Catalogación bibliotecaria

• Classification Numbers: Dewey, Library of Congress, CDU.

• MARC Records (Machine-Readable Cataloging Records): Registros bibliográficos estándar en bibliotecas.

• Dublin Core Metadata: Esquema básico de metadatos para colecciones digitales.

VI. CÓDIGOS EMERGENTES Y ESPECIALIZADOS

Nivel 1: Nuevas tecnologías

• AI Model Identifiers: Identificadores para obras generadas con IA específica.

• Metaverse Asset IDs: Identificadores para activos en mundos virtuales.

• AR/VR Content Codes: Códigos para experiencias inmersivas en realidad aumentada o virtual.

Nivel 2: Mercados especializados

• Art Market Codes: Códigos internos de casas de subastas (Christie’s, Sotheby’s).

• Gallery Codes: Identificadores internos de galerías de arte.

• Fair Codes: Identificadores en ferias de arte internacionales.

EL CUE SHEET COMO BITÁCORA EN EL REPARTO

Una vez que conocemos los códigos, para proceder con las liquidaciones a los autores, el documento que articula el reparto y la correcta asignación de derechos audiovisuales es el cue sheet.

Este informe funciona como una hoja de ruta en la que se registran todas las músicas utilizadas en una obra audiovisual —ya sea una película, serie, anuncio o videojuego—, detallando minutaje, título, autor, editor, intérprete y titular de derechos.

Gracias a este nivel de precisión, las sociedades de gestión colectiva pueden identificar con claridad qué obras se han empleado y calcular de manera justa la remuneración correspondiente a cada creador.

Sin un cue sheet completo y bien estructurado, el proceso de trazabilidad se debilita y se pone en riesgo tanto la transparencia como la eficacia de la liquidación de regalías. 

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), requiere que el cue sheet incluya tanto los datos generales de la obra audiovisual (título original, capítulo o temporada en el caso de series, nacionalidad, director, productora, año de producción, código ISAN, fecha y medio de estreno, género y duración total) como la información específica de la música empleada.

En este bloque, deben detallarse todos los temas utilizados con su título, duración exacta, tipo de uso (fondo, sintonía de apertura o cierre, canción, incidental, etc.), origen (música original, preexistente o de librería), carácter (instrumental o vocal), y los datos de los titulares de derechos (nombre completo, profesión, número de socio/CAE y la profesión del creador.

Siendo estos campos obligatorios, para garantizar la correcta identificación de las obras y permitir que la sociedad gestione de forma adecuada la liquidación de los derechos correspondientes

Es significativo que, en los campos de profesión, los conceptos que ofrece SGAE son los siguientes: Autor de texto,
 Compositor,
 Adaptador de texto Compositor/Autor, Editor original y
 Co-editor. Parece que en el sistema de SGAE no entran las profesiones de arreglista (pero sí la de adaptador, que en definitiva es un arreglista de texto), ni la de productor musical (o sus derivados beatmaker, programador de samples, DJ o sound designer).

Esta limitación conceptual refleja una concepción tradicional de la creación musical que no abarca las realidades contemporáneas de la producción artística, donde el arreglista y otros profesionales creativos desempeñan roles fundamentales en la configuración final de las obras.

Lo cual genera una desconexión entre las categorías administrativas de gestión colectiva y los procesos reales de hibridación creativa en la industria musical actual. Todo ello en un momento donde la inteligencia artificial está adquiriendo mayor protagonismo.

EL CUE SHEET A NIVEL INTERNACIONAL

No hay una plantilla universal para llevar a cabo un cue sheet, ni siquiera los campos están plenamente estandarizados, lo que nos lleva a un panorama fragmentado en el que cada entidad, plataforma e incluso productora y músico (que es el principal interesado a efectos de monetización) define sus propios criterios de recopilación y declaración de datos.

Esta falta de uniformidad genera problemas de interoperabilidad, trazabilidad y seguridad jurídica, ya que los documentos no siempre son compatibles entre sí ni garantizan la misma precisión en la identificación de obras y titulares.

A continuación, se analiza de manera comparativa cómo abordan esta cuestión cuatro modelos de referencia: CISAC, ASCAP, Plataformas (Netflix, HBO, etc) y SGAE, cada uno con enfoques distintos en cuanto a precisión técnica, validez legal y capacidad de integración internacional.

El 17 de septiembre de 2024 surgió el Global Cue Sheet Standard 2.0, como una actualización impulsada por CISAC, en colaboración con editores musicales y la industria discográfica, con el objetivo de superar la fragmentación de modelos de cue sheet existentes (La primera versión había sido adoptada por varias entidades de gestión, pero con limitaciones técnicas frente a las exigencias del mercado digital).

La versión 2.0, presentada en 2024, incorpora mejoras en la armonización de campos, integración de identificadores universales (ISWC, ISRC, ISNI, ISAN), códigos TC para cada audio y contempla metadatos estandarizados, con campos pensados para asegurar la compatibilidad en procesos transfronterizos, garantizando así mayor eficiencia, transparencia y trazabilidad en la gestión global de regalías.
https://members.cisac.org/CisacPortal/documentPack20.do?method=detail&id=192

Por su parte, el cue sheet de ASCAP (American Society of Composers, Authors and Publishers) mantiene un formato más operativo y práctico, orientado a las necesidades de un mercado muy dinámico.

Sus campos son relativamente sencillos: título de la obra audiovisual, tipo de uso, duración, título musical, autor, editor y código de identificación, lo que facilita el envío rápido de información por parte de productores y supervisores musicales, incluyendo códigos TC, pero sin el nivel de precisión normativo de CISAC (https://www.ascap.com/help/royalties-and-payment/cue-sheets).

El modelo de las plataformas responde a un enfoque corporativo interno, orientado a la gestión de catálogos globales de producciones propias. Su formato es muy detallado en cuanto a códigos TC, uso narrativo (background, feature, source music) y licenciamiento, lo que permite un control exhaustivo de la música en cada producción. Se trata de un documento altamente técnico, que combina necesidades legales con exigencias de producción y control editorial a escala multinacional.

Finalmente, el cue sheet de la SGAE mantiene un formato más clásico y declarativo. Exige datos generales de la obra audiovisual (título, capítulo, nacionalidad, director, productora, ISAN, estreno, género y duración) y datos específicos de la música (uso, origen, vocal/instrumental, profesión de los titulares, duración y número de socio/CAE).

Su enfoque se centra en la validez legal de la declaración, reforzada con cláusulas de responsabilidad y protección de datos, pero sin incorporar plenamente estándares internacionales de interoperabilidad como los de CISAC ni códigos TC.

Resulta llamativo que, mientras la tendencia internacional marcada por CISAC y adoptada en plantillas como las de ASCAP o Plataformas se centra en el uso del IPI como identificador único de los titulares de derechos, el modelo de SGAE continúe usando el código CAE, un sistema ya en desuso a nivel global.

Esta persistencia evidencia cierta resistencia a la armonización internacional y puede generar problemas de interoperabilidad, puesto que los flujos de datos compartidos entre sociedades requieren cada vez más identificadores normalizados.

La coexistencia de CAE e IPI no solo multiplica la carga administrativa, sino que también puede comprometer la trazabilidad y la eficiencia en la gestión de regalías en un mercado musical crecientemente digitalizado y global.

En conclusión, el cue sheet evoluciona hacia un estándar internacional híbrido, capaz de integrar la precisión técnica de los sistemas automáticos con la validez jurídica de las declaraciones tradicionales.

Su valor reside en la capacidad de intercambio entre sociedades de gestión, por lo que la estandarización sustentada en modelos rigurosos como el de CISAC y enriquecida con la precisión técnica de las plataformas y la operatividad de ASCAP, podrá garantizar la trazabilidad global, la interoperabilidad entre sociedades de gestión y plataformas y, al mismo tiempo, la seguridad legal imprescindible para una distribución justa y transparente de regalías.

FORMATOS TÉCNICOS DE CUE SHEET

Hay algunos programas e incluso plataformas online que ofrecen servicios para generar cue sheets partiendo de información extraída de los programas de edición de las productoras. Un ejemplo es EditingTools Cuesheet Generator (https://es.editingtools.io/cuesheet/), que convierte automáticamente los metadatos de los proyectos audiovisuales (pistas, minutajes y títulos musicales) en un cuesheet estandarizado. Según estas plataformas, se reduce el trabajo manual, se minimizan errores y se acelera la entrega de documentos válidos para sociedades de gestión como SGAE o para distribuidoras internacionales.

El cue sheet automático se genera a partir de la exportación de metadatos desde los programas de edición de vídeo y audio en distintos formatos estándar. Así, una EDL (Edit Decision List) de Pro Tools o una XML de Final Cut 7 permiten exportar los códigos de tiempo (TC) y datos del audio, mientras que los XML de Avid Media Composer cumplen una función similar en su ecosistema.

En el ámbito sonoro, Avid Pro Tools puede exportar la sesión como un archivo TXT (también en formato EDL), que detalla todas las pistas y eventos musicales. Los usuarios de Final Cut Pro X cuentan con el formato FCPXML, especialmente adaptado para intercambiar metadatos de proyectos. También se admiten archivos CSV, ya sea con comas o con punto y coma como separador, lo que facilita la importación de datos desde hojas de cálculo.

Finalmente, el AAF (Advanced Authoring Format), constituye un estándar de intercambio avanzado de metadatos, diseñado para transportar de forma integral tanto la información audiovisual como la sonora, garantizando la compatibilidad y la preservación de parámetros técnicos complejos en el tránsito entre diferentes plataformas de edición y gestión.

Algunas librerías musicales disponen de aplicaciones que generan cue sheets de forma automática, aunque su función principal no es tanto elaborar el documento final, como añadir metadatos a archivos AAF o XML procedentes de los programas de edición.

Estos metadatos incluyen información sobre títulos, autores, editores, ISRC o ISWC, que puede ser procesada por gestores especializados para convertirla en un cue sheet estandarizado.

De este modo, se agiliza el trabajo de los supervisores musicales y productores, al integrar directamente en la sesión de edición los datos necesarios para la posterior liquidación de derechos.

En cualquier caso, la solución a la hora de generar un buen cue sheet es un modelo combinado entre el manual y el automático, ya que combina la precisión y rapidez de los sistemas que extraen metadatos directamente de los programas de edición con la revisión humana necesaria para añadir información contextual, jurídica o creativa que las herramientas no contemplan.

De este modo, se garantiza un documento estandarizado y libre de errores técnicos, pero también completo en lo que respecta a la correcta identificación de autores, editores y titulares de derechos.

PROPUESTA DE CUE SHEET ESTANDAR

Para ofrecer una propuesta de cue sheet adaptado a las necesidades actuales, donde en ocasiones hay nuevos actores en el proceso de creación-producción y donde la hibridación con IA surge con fuerza, planteamos la siguiente estructura.

El documento debe incorporar, en primer lugar, los datos generales de la obra audiovisual (título, capítulo o temporada, productora, director, fecha de producción/estreno, código ISAN/EIDR, género y duración), acompañados de la identificación de todos los titulares mediante IPI/ISNI como estándares internacionales, evitando el uso de códigos obsoletos como el CAE. Aconsejamos nombre de la persona que hace el cue sheet y forma de contacto (email).

En segundo lugar, se incluirá una tabla de música detallada que recoja por cada música: título de la obra musical, ISWC e ISRC, minutaje exacto de inicio y fin, duración (código TC), tipo de uso (música de fondo/background, música destacada/feature, música de fuente o diegética (source) y sintonías de apertura o cierre/opening-closing theme), origen (original, preexistente, librería, IA generativa), carácter (vocal/instrumental) y rol profesional (autor, compositor, editor, arreglista, adaptador, orquestador y productor musical con todas las variaciones (beatmaker, programador de samples, DJ o sound designer).

Es importante añadir un campo de práctica registral “IA-Ready”, para delimitar el claim a lo humanamente creado y documentar trazabilidad (bitácoras, prompts y metadatos) que valide la originalidad.

Adicionalmente, el formato deberá ofrecer un campo de metadatos técnicos exportables desde software de edición (EDL, XML, AAF, CSV), lo que facilita la generación automática y reduce errores humanos.

Finalmente, se recomienda integrar estándares de trazabilidad digital (C2PA, hash values, blockchain/NFT en caso de licencias tokenizadas) para reforzar la autenticidad y garantizar la transparencia en la distribución de regalías. Con esta estructura híbrida (jurídicamente válida, técnicamente interoperable y abierta a nuevos modelos creativos) el cue sheet se convierte en una herramienta que da valor al ecosistema audiovisual actual.

CONCLUSIONES

En el derecho de autor, la trazabilidad es el paso principal para obtener un reparto correcto y transparente. En el ámbito audiovisual exige un equilibrio entre rigor jurídico y precisión técnica. Los códigos de identificación y el cue sheet no son simples instrumentos de catalogación, sino garantías administrativas que proporcionan seguridad jurídica, transparencia y liquidación justa de regalías en un ecosistema saturado de actores y cada vez más complejo.

En el contexto actual, marcado por la digitalización y la irrupción de la inteligencia artificial, el cue sheet se consolida como la clave que articula el sistema de reparto, asegura la operatividad y preserva el principio fundamental de la propiedad intelectual: reconocer y remunerar de forma justa la aportación de cada creador.

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