El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) finalmente ha rechazado –»inadmitido» en lenguaje jurídico– las recusaciones que contra Cándido Conde-Pumpido, presidente de la institución, y los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, habían interpuesto el expresidente «prófugo» de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, su colega en la huida, y exconsejero, Antoni Comín, el exvicepresidente autonómico Oriol Junqueras y los también exconsejeros Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull.
La Abogacía del Estado también pidió apartar a Macías por haberse manifestado contra la ley de amnistía en documentos oficiales cuando formaba parte del Consejo General del Poder Judicial. Ese fue, de hecho, el argumento que llevó a apartarlo en los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad sobre la propia ley, cuya primera sentencia, en junio, la avaló.
El Pleno, sin embargo, ha marcado una diferencia: una cosa es el control abstracto de constitucionalidad (a través de recursos y cuestiones) y otra distinta es la aplicación de la norma a casos concretos, que se analiza en los amparos. Sobre esa base, se han rechazado todas las recusaciones contra Macías.
Puigdemont y Comín alegaron los mismos motivos contra él, y además señalaron a Arnaldo y Espejel por su “estrecha relación con el PP”. En el caso de Arnaldo, citaron un libro reciente en el que mostraría su animadversión hacia Puigdemont; respecto a Espejel, recordaron su voto particular en contra de la absolución del mayor Trapero en 2020.
Admisión de los recursos y medidas cautelares
El Pleno tenía previsto admitir la semana pasada los recursos de amparo de Puigdemont, Comín y Lluís Puig, pero la tramitación de las recusaciones obligó a retrasar la decisión. Ahora, con todas resueltas, el Constitucional podrá dar curso a los amparos.
En febrero y abril ya fueron admitidos a trámite los recursos de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. Todos pidieron como medida cautelar el levantamiento de sus penas de inhabilitación. Puigdemont reclama, en la misma línea, que se suspenda la orden nacional de detención contra él.
Las fuentes consultadas advierten, no obstante, que aunque estas peticiones cautelares son habituales, rara vez se conceden. Lo previsible, añaden, es que tanto Junqueras como Puigdemont tengan que esperar al fallo de fondo.
En estas deliberaciones participarán los doce magistrados. No habrá exclusiones, a diferencia de lo que ocurrió en la primera sentencia sobre la amnistía, donde solo intervinieron diez porque Macías fue apartado y el progresista Juan Carlos Campo se abstuvo al haber defendido, como ministro de Justicia, los indultos del ‘procés’.
Campo se abstuvo entonces en todas las cuestiones de inconstitucionalidad, pero no lo hará ahora en los amparos, siguiendo el mismo razonamiento con el que se han rechazado las recusaciones contra Macías: la diferencia entre juzgar la constitucionalidad de la ley y aplicarla caso por caso.
De este modo, los doce magistrados —siete de orientación progresista y cinco conservadores— intervendrán en la fase decisiva de los recursos de amparo presentados por los líderes independentistas catalanes.
El Constitucional rechaza por unanimidad las recusaciones contra Macías, Arnaldo, Espejel y Conde-Pumpido en los recursos de amparo de Puigdemont, Comín y Lluís Puig, lo que desbloquea su tramitación.