El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Vicente Magro, es uno de los grandes expertos de España en violencia de género. Su experiencia y conocimientos han contribuido de forma decisiva a la elaboración de la jurisprudencia del Alto Tribunal sobre esta materia. En las Jornadas «Justicia con Perspectiva de Género», explicará a los participantes el iter seguido. También expondrá el Decálogo que en Confilegal publicamos en rigurosa exclusiva. Foto: Confiegal.

Vicente Magro presenta el «Decálogo de la perspectiva de género en la Justicia española»

15 / 10 / 2025 13:00

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Hoy, y hasta el 17 de octubre, el Consejo General del Poder Judicial y el Instituto Navarro de Igualdad organizan en Pamplona las Jornadas «Justicia con perspectiva de Género». Un encuentro que situa en el centro del debate judicial uno de los conceptos más presentes —y también más controvertidos— en la aplicación del derecho penal actual.

Las jornadas buscan ofrecer herramientas a jueces y fiscales para aplicar esta perspectiva sin vulnerar garantías procesales, un equilibrio que no siempre resulta sencillo en los tribunales.

La ponencia inaugural ha corrido a cargo del magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro, quien ha analizado «La perspectiva de género en el procedimiento penal, evolución jurisprudencial». Se trata de un tema que ha marcado la jurisprudencia del Alto Tribunal en los últimos años.

Magro, conocido por su prolífica producción doctrinal en materia de violencia de género, ha explicado cómo la jurisprudencia ha ido integrando este enfoque en la valoración de la prueba, la credibilidad de las víctimas y la interpretación de los tipos penales y ha expuesto el «Decálogo de la perspectiva de género en la Justicia española» que Confilegal publica en rigurosa exclusiva.

Decálogo de la perspectiva de género

«PRIMERO: El enfoque de la perspectiva de género consiste en “poner el foco” en las circunstancias que rodean los hechos cometidos sobre la víctima mujer cuando el autor los lleva a cabo por la circunstancia, motivo y razón de que la víctima es mujer.

«SEGUNDO: Se ha dicho incorrectamente que la perspectiva de género es algo que va en contra de la presunción de inocencia. Y no es cierto. Nada tiene que ver una cosa con la otra. Actuar con perspectiva de género no supone actuar con perspectiva de olvido del principio un dubio pro reo y la presunción de inocencia.

«TERCERO: Se ha dicho, también, que la violencia de género no existe. ¿Acaso quienes esto afirman prefieren dejar en el máximo oscurantismo a la violencia que sufren las mujeres? Existe.

«CUARTO: Actuar con perspectiva de género y perspectiva de protección de la infancia es “poner en valor” el maltrato que sufren mujeres y menores en este país ante el silencio cómplice de gran parte de la sociedad

«QUINTO: La perspectiva de género es un enfoque imprescindible para no olvidar el sustrato directo que hay detrás de la agresión a la mujer, que es la idea de la dominación y subyugación psicológica del hombre sobre la mujer

«SEXTO: Actuar con perspectiva es hacerlo desde una azotea donde se divisan mejor aspectos que, en ocasiones, quedan en el olvido en la valoración de la prueba en el proceso penal, como el sufrimiento de la víctima mujer que es víctima, precisamente, por ser mujer

«SÉPTIMO: La perspectiva es una orientación de enfoque multidisciplinar acerca de lo que en realidad existe y subyace a la comisión del hecho delictivo hacia la mujer.

«OCTAVO: La perspectiva de género supone recordar a la víctima que el Estado de derecho no la deja en el olvido y que categoriza que estamos ante un delito donde se ataca a la mujer por ser mujer y desde un “´ático” de dominación y poder del hombre sobre la mujer.

«NOVENO: La perspectiva de género se enraíza en la necesidad de enfocar el delito bajo la idea del elemento intencional que subyace a la comisión del delito del hombre sobre la mujer por el hecho de ser mujer.

«DÉCIMO: Actuar con perspectiva de género supone transmitir confianza a las mujeres y que la sociedad no olvida a la víctima mujer, así como comprende el miedo que sufre cuando es víctima del sujeto varón y le traslada que no va a pasar miedo por un posible maltrato que le dé la Administración pública».

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