La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) advertía al Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares de una vulneración de datos personales de sus vecinos. Ello, debido a que, en la redacción de la Ordenanza municipal sobre la tasa de recogida de basuras, se incorporaba un listado de 42 personas que habían presentado alegaciones ante la misma. Un listado que incluía sus datos personales, lo que implicaría una desprotección de los mismos por parte del Consistorio.
Era diciembre de 2023 cuando el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprobaba, con carácter definitivo, la redacción final de la modificación de la Ordenanza de la tasa de basuras del municipio.
Un escrito en el que se incluía la desestimación de «todas las alegaciones presentadas durante el período de información pública» sobre el asunto. Pero, a su vez, también se incorporaban al acta «las 42 personas que han presentado las alegaciones».
Listado de nombres en los que también se daba conocimiento por parte del Ayuntamiento de «apellidos, DNI, y número y fecha de entrada en el registro del Ayuntamiento». Una comunicación que recibía la reclamante a la AEPD. Y que, presumiblemente, también recibían los otros 41 participantes restantes, «desvelando con ello sus datos personales identificativos de modo recíproco».
Una situación que una de esas 42 personas ponía en conocimiento de la AEPD. Agencia que, en su escrito, valoraba la situación del Consistorio de Hoyo de Manzanares.
«No parece justificada ni la comunicación de datos personales de terceros a la parte reclamante, ni tampoco la probable revelación de la identidad a los otros participantes», valoraba. Algo que suponía una brecha de la confidencialidad de estos datos por parte del Ayuntamiento.
Hoyo de Manzanares toma medidas
Situación ante la que la AEPD tomaba la decisión de iniciar un procedimiento sancionador al Ayuntamiento de Hozo de Manzanares. Un consistorio que, ante la reclamación de la Agencia, reconocía su responsabilidad ante esta vulneración de los datos personales de 42 de sus vecinos.
«El Ayuntamiento ha procedido al reconocimiento de la responsabilidad», explica en este sentido la resolución de la AEPD. Y, con ello, se resuelve el procedimiento «con la declaración de la infracción».
Procedimiento tras el cual, tal y como estipula igualmente el escrito de la Agencia, el Ayuntamiento asegura tomar medidas para evitar una nueva vulneración de la protección de los datos personales de los habitantes del municipio.
Así lo informaba el propio consistorio a la Agencia, tal y como quedaba reflejado en el procedimiento. «El Ayuntamiento ha informado de que ha adoptado las medidas necesarias para que no se vuelvan a producir los hechos determinantes de la infracción cometida».
Un reconocimiento del ayuntamiento que lleva a la AEPD a terminar el procedimiento. Ello, aún así, con la declaración sin sanción de la comisión de las infracciones realizadas.