El ICAM advierte que la reforma penal propuesta —que atribuye la instrucción al Ministerio Fiscal y limita la acción popular— debe garantizar la imparcialidad, el equilibrio institucional y el diálogo con los operadores jurídicos. Foto: ICAM.

El ICAM advierte sobre las reformas penales del Gobierno y reclama un debate amplio y garantista

28 / 10 / 2025 16:28

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha expresado su seria preocupación ante la propuesta del Gobierno de transferir al Ministerio Fiscal la instrucción penal y de restringir de forma sustancial el ejercicio de la acción popular.

La institución subraya que cualquier reforma de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim) debe nacer del respeto al equilibrio institucional, a las garantías procesales y al diálogo con todos los operadores jurídicos.

La instrucción penal en manos de la Fiscalía: solo con garantías efectivas

El ICAM advierte que la atribución de la instrucción al Ministerio Fiscal solo puede contemplarse si se establecen, antes, garantías reales que preserven la imparcialidad y eficacia del sistema penal. Sin ellas, el cambio podría generar un grave desequilibrio institucional y erosionar la confianza de la ciudadanía en la independencia del sistema de Justicia.

Entre esas garantías, el Colegio destaca:

Autonomía real y funcional del Ministerio Fiscal frente al Poder Ejecutivo.

Régimen claro de responsabilidad disciplinaria, civil y penal para los fiscales, equiparable al de los jueces.

Control judicial efectivo sobre toda diligencia que afecte derechos fundamentales.

Equilibrio procesal entre acusación y defensa, imprescindible para un proceso justo.

El ICAM recuerda que, si el fiscal instruye y otro fiscal acusa, se corre el riesgo de que ambas funciones —investigación y acusación— se confundan en una misma institución, debilitando las garantías de defensa del investigado. “El sistema debe ofrecer contrapesos reales, no formales”, sostiene la Junta de Gobierno.

La segunda gran preocupación del ICAM es la propuesta de restringir la acción popular a las personas físicas directamente perjudicadas por los hechos investigados.

Tal medida —afirman— vaciaría de contenido un instrumento constitucional de participación ciudadana en la Justicia, reconocido en el artículo 125 de la Constitución Española.

El Colegio advierte de sus posibles efectos. Porque con ello se desactiva un mecanismo histórico de control ciudadano sobre los poderes públicos, se genera inseguridad jurídica, especialmente si la reforma se aplicara con efectos retroactivos y se impulsa sin debate público ni consenso técnico, debilitando su legitimidad institucional.

Además, subraya que, aunque es legítimo debatir sobre el uso partidista de la acción popular, no puede anularse una institución constitucional por abusos puntuales.

Llamamiento al diálogo y a la responsabilidad institucional

La Junta de Gobierno del ICAM apela a los grupos parlamentarios a reconsiderar el alcance de las reformas aprobadas por el Consejo de Ministros y a abrir un debate jurídico amplio, transparente y plural.

El Colegio insiste: los cambios que afectan a los pilares del sistema penal no deben tramitarse con prisas ni por razones coyunturales.
“Las reformas penales exigen serenidad, consenso y respeto institucional”, concluye el ICAM.

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