La abogada general, en esta caso al croata Tamara Ćapeta, forma parte del tribunal pero no participa en las deliberaciones que darán lugar a la sentencia final. Fotos: TJUE.

La abogada general considera que Hungría y la República Checa vulneran el derecho a abogado al permitir interrogatorios sin defensa

13 / 03 / 2026 05:43

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Tamara Ćapeta, natural de Croacia, considera que Hungría y la República Checa han incumplido el Derecho de la Unión al permitir que sospechosos o acusados sean interrogados por las autoridades en ausencia de su abogado si este no comparece dentro de un plazo determinado.

En sus conclusiones presentadas el 12 de marzo en Luxemburgo, la jurista sostiene que estas prácticas son incompatibles con la Directiva europea que garantiza el derecho a la asistencia de letrado durante todas las fases del proceso penal.

Las conclusiones se enmarcan en dos procedimientos por incumplimiento promovidos por la Comisión Europea contra ambos Estados miembros (asuntos C-660/24 y C-681/24).

Bruselas considera que la legislación nacional de Hungría y la República Checa permite, con carácter general, que las autoridades policiales interroguen a los sospechosos sin la presencia de su abogado cuando este no llega dentro del plazo establecido, lo que a su juicio vulnera las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión.

El núcleo del conflicto jurídico

La Directiva 2013/48/UE reconoce a los sospechosos y acusados el derecho a contar con asistencia letrada en todas las fases del proceso penal, incluido el momento del interrogatorio por parte de las autoridades.

Según la interpretación de la Comisión Europea, ese derecho implica que el interrogatorio no debe celebrarse sin abogado salvo en casos muy concretos previstos en la propia norma o cuando el interesado renuncie expresamente a esa asistencia.

Sin embargo, las legislaciones de Hungría y la República Checa establecen un sistema distinto.

En Hungría, las autoridades pueden proceder al interrogatorio si el abogado no comparece en un plazo mínimo de dos horas, mientras que en la República Checa el plazo fijado es de hasta 48 horas.

Ambos gobiernos sostienen que la normativa europea se respeta siempre que se ofrezca al sospechoso la oportunidad de contar con un abogado, aunque finalmente este no llegue a tiempo.

La interpretación de la abogada general

En sus conclusiones, la abogada general Ćapeta rechaza esta interpretación y afirma que la Directiva establece un derecho general a que el abogado esté presente durante el interrogatorio.

Solo caben excepciones cuando el propio sospechoso renuncia a ese derecho o cuando concurren circunstancias excepcionales previstas expresamente por la normativa europea.

Desde esta perspectiva, permitir de forma general que el interrogatorio se celebre sin abogado simplemente porque este no ha podido acudir dentro del plazo fijado por la ley nacional vulnera el Derecho de la Unión.

Según la jurista, una interpretación contraria “socavaría los objetivos de la Directiva”, cuyo propósito es garantizar un nivel común de protección del derecho a un juicio justo en toda la Unión Europea.

Las conclusiones también abordan la regulación húngara sobre la renuncia a la asistencia letrada. Aunque Hungría sostiene que su ordenamiento jurídico no prevé formalmente esa posibilidad, la abogada general considera que en la práctica sí existe una forma de renuncia cuando el sospechoso decide no ejercer ese derecho.

En ese caso, el Estado está obligado a transponer las garantías previstas en la Directiva, que exigen que la persona sea informada previamente de las consecuencias de renunciar a la asistencia de un abogado.

Próximos pasos

Las conclusiones de los abogados generales no son vinculantes para el Tribunal de Justicia, aunque suelen orientar la decisión final.

Corresponde ahora a los jueces del TJUE deliberar y dictar sentencia en una fecha posterior.

Si el Tribunal confirma el incumplimiento, Hungría y la República Checa deberán adaptar su legislación para garantizar plenamente el derecho a la asistencia de letrado durante los interrogatorios.

En caso contrario, la Comisión Europea podría iniciar un nuevo procedimiento y solicitar la imposición de sanciones económicas por incumplimiento de la sentencia.

La decisión definitiva del TJUE podría tener un impacto significativo en la protección de las garantías procesales dentro de la Unión Europea, al clarificar hasta qué punto los Estados miembros pueden limitar la presencia del abogado durante los interrogatorios policiales.

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