La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictará el próximo 16 de julio las dos primeras sentencias derivadas de las cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía y su compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea.
El Alto Tribunal europeo ha recibido hasta cuatro cuestiones prejudiciales relacionadas con esta norma, sobre las que deberá pronunciarse mediante resoluciones vinculantes.
Las dos sentencias que se conocerán en julio corresponden a los asuntos sobre los que el Abogado General emitió sus conclusiones en noviembre del pasado año.
En sus dictámenes, descartó que la tramitación de la ley constituyera una “autoamnistía” o que fuera contraria a la normativa comunitaria en materia de lucha contra el terrorismo o de protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
No obstante, señaló la posible existencia de vulneraciones menores del Derecho de la UE.
Las cuestiones prejudiciales sobre la Ley de Amnistía
La primera de las resoluciones responderá a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas en relación con la responsabilidad contable del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y otras personas por el uso de fondos públicos para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal por el Tribunal Constitucional, así como para respaldar la acción exterior vinculada al denominado ‘procés’.
La segunda sentencia dará respuesta a la consulta elevada por la Audiencia Nacional en el procedimiento por terrorismo atribuido a varios integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR).
El tribunal europeo deberá aclarar si la aplicación de la amnistía en este supuesto sería compatible con el Derecho de la Unión Europea o si, por el contrario, podría generar situaciones de impunidad respecto de los delitos investigados.