La Audiencia Nacional ha rechazado desactivar la orden internacional de detención que pesa sobre Luis María Olalde, alias ‘Txistu’, después de que una asociación de víctimas del terrorismo asegurara haber tenido conocimiento de que fue rescatado entre los escombros de un edificio tras los terremotos registrados en Venezuela.
Así consta en un auto en el que el juez instructor Francisco de Jorge acuerda «mantener activa la orden de requisitoria internacional».
La defensa de ‘Txistu’ había solicitado que se valorara la posible extinción de la responsabilidad penal por prescripción del delito, una pretensión a la que se opuso la Fiscalía.
El magistrado explica que, «aunque se estimara en su día que el plazo de prescripción cumpliría el 16 de mayo de 2023, por transcurso de los veinte años tras la última resolución del Tribunal Supremo de Venezuela de 16 de mayo de 2003, lo cierto es que esa resolución no devino definitiva, pues por auto de 9 de junio de 2003 se propuso al Gobierno la extradición del reclamado a las autoridades de Venezuela».
El asesinato de tres Guardias Civiles en 1979
Además, el magistrado ha admitido a trámite la querella presentada por la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), que atribuye a Txistu una presunta participación en el atentado cometido el 13 de enero de 1979 en el País Vasco en el que fueron asesinados los guardias civiles Francisco Gómez Jiménez, Miguel García Bayo y Francisco Mota Calvo.
La asociación sostiene en su querella que Olalde «huyó a Venezuela en 1979 para sustraerse de la acción de la justicia».
Añade que, «con motivo de los graves terremotos que el pasado día 25 de junio golpearon la zona de La Guaira y Caracas», tuvo conocimiento de que el querellado «fue rescatado entre los escombros de un edificio en el que residía junto a su esposa, en el barrio caraqueño de San Bernardino».
Para Dignidad y Justicia, su localización «constituye una oportunidad procesal excepcional para hacer efectiva una reclamación largamente frustrada por la fuga».
La asociación advierte, además, de que «existe riesgo cierto de nueva ocultación, desplazamiento o desaparición del reclamado si no se actúa con urgencia», por lo que solicitó que la orden internacional de detención y la comunicación a Interpol se acordaran de forma inmediata.
Los hechos atribuidos a Txistu
El juez Francisco de Jorge considera que la querella atribuye a ‘Txistu’ «la participación en los hechos investigados», que aparecen individualizados en cuanto a su forma de ejecución, tiempo y lugar.
La querella identifica también, según recoge el magistrado, su presunta participación en «la preparación, colocación y activación de los artefactos explosivos».
En otro auto, el instructor destaca que se trata de «hechos que fueron ya enjuiciados contra otras personas», por lo que no puede apreciarse que sean «falsos o jurídicamente imposibles».
Por este motivo, la Audiencia Nacional ha acordado admitir a trámite la querella y mantener activa la orden internacional de detención contra Olalde.