Opinión | Ceuta desbordada: las claves jurídicas de una crisis que va mucho más allá de la inmigración

Marta Castro, responsable de la Asesoría Jurídica y coordinadora nacional jurídica de Vox, sostiene en su columna que la crisis de Ceuta trasciende la inmigración irregular y debe analizarse como una «guerra híbrida» en la que atribuye a Marruecos un papel determinante y cuestiona duramente la respuesta del Gobierno de España. Foto: EP.

14 / 09 / 2026 05:35

Llevamos 46 días de invasión.

27 días después de la invasión en Ceuta, se aprueba el mando único, mediante decretos sucesivos, el Real Decreto 681/2026 de 25 de agosto que declara la situación de interés general para la Seguridad Nacional (articulo 23 y 24 LSN), modificado mediante el Real Decreto 706/2026 de 1 de septiembre, y en el Real Decreto 705/2026, de 26 de agosto que aprueba la declaración de recursos a emplear, modificado por el Real Decreto 718/2026 de 2 de septiembre, con desarrollo en el RD-Ley 22/2026 de 1 de septiembre.

Con la declaración de mando único, el enfoque del gobierno es dar a Ceuta un tratamiento ordinario y no excepcional, consistente en dotar de medios para cumplir la ley en ámbito inmigratorio. Los parches regulatorios posteriores son espejismo de actividad para abordar como se debiera, la gravísima situación en Ceuta, y en otras partes de España.

De este modo, evitan apreciar en toda su magnitud las circunstancias extraordinarias en las que nos encontramos porque sería reconocer que dejaron de defender nuestras fronteras en las numerosas intrusiones de Ceuta, Melilla, Canarias, Baleares y la costa andaluza, y que éstas podrían haberse evitado.

La desclasificación documental del gobierno ha constatado que el sistema de alertas, vigilancia e inteligencia funcionó y avisó, sin embargo, los que debían valorarlos no apreciaron mayor riesgo que en otras ocasiones.

Como sólo tenemos conocimiento de la actividad de los días previos a la invasión de 30 y 31 de julio, no conocemos el detalle de las innumerables veces en las que los españoles hemos estado en esta misma situación, sin enterarnos, y a las que nuestros gobernantes dieron por respuesta su inacción, y que será la misma si se siguen repitiendo las incursiones, tengan el número que tengan.

Estos precedentes evidencian que los Gobiernos del PSOE están entregados a ser promotores y gestores de la inmigración y no, como están obligados, a ser garantes de la soberanía e independencia de España.

Tres veces con anterioridad se han decretado mando único, aunque ninguna en aplicación de la Ley de Seguridad Nacional como éste. El primero que lo hizo fue Rodriguez Zapatero, en 2006 en Canarias, la primera “crisis de los cayucos”, desde entonces, varias “crisis de cayucos” han sufridos los canarios. El segundo mando único, Canarias en 2018 y el tercero, el mando único en el Covid. Fracasos nefastos.

De las opciones normativas frente a esta situación, el gobierno ha optado por la aplicación de la Ley 36/2015 de Seguridad Nacional que creó un espacio intermedio para afrontar crisis geopolíticas, migratorias, ciberataques o desastres energéticos que superan lo ordinario. Con el mando único, dentro del perímetro del artículo 24 LSN queda delimitada la ordenación de los medios ordinarios para atajar la situación en Ceuta en el marco definido como una crisis de inmigración.

No es un error, porque, aunque no se adecúa a la realidad, sí lo hace a los propósitos del Gobierno. No sólo emplean este disfraz legislativo sino que ni siquiera disimulan y van más allá, no despliegan la actividad que el marco legal autodefinido les permitiría solucionar los problemas más acuciantes de Ceuta, que son la defensa de nuestras fronteras, la inseguridad ciudadana y el colapso de las estructuras básicas, sanidad, educación y seguridad.

Por contrapartida, los que tienen que solucionar la vida cotidiana de los españoles quedan centrados en la gestión de los expedientes de las personas que violaron la frontera española como si sólo fueran meros inmigrantes irregulares.

¿QUIÉN DEFIENDE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS CEUTÍES?

A quienes interesa que esta situación se reduzca exclusivamente a la defensa de los derechos humanos de quienes han transgredido la frontera y la ley —cabe preguntarse quién defiende los derechos fundamentales de los ceutíes— son los mismos que han empujado a tantas personas a esta situación. Unos encontraron la muerte —más de 80 fallecidos—; otros quedaron abocados a un futuro incierto, marcado por el caos, la violencia y la miseria. Todos ellos han sido instrumentalizados.

También interesa este enfoque a quienes colaboran con esa estrategia, aceptando, impulsando o contribuyendo activamente a que unos hechos de esta gravedad queden reducidos a la mera gestión de expedientes de inmigración irregular, tanto en sede administrativa como ante la opinión pública.

El gobierno ni siquiera se molesta en disimular. Es cierto que la Ley de Seguridad Nacional no permite la exclusión de la normativa de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, de Extranjería, ni ninguna otra.

Sin embargo, la LSN permite con una amplia discrecionalidad del Presidente del Gobierno, apreciar motivos de gravedad, dimensión y urgencia para, conforme el artículo 23, adoptar medidas extraordinarias sin más limitación que la legalidad y los derechos fundamentales.

Por su parte, el decreto del mando único habilita dotar de todos los recursos económicos y humanos para que puedan cumplirse toda la legalidad positiva reconocida en el Real Decreto 1155/2024 modificado por el Real Decreto 316/2026 de 14 de abril, (modificación del reglamento de regularización de inmigrantes irregulares) ambos, por cierto, pendientes de control judicial ante el Tribunal Supremo.

También permite aplicarlos con la agilidad permitida en el artículo 58.3 de la Ley de Extranjería, sin tener que modificar procedimientos y además, puede aplicar la disposición adicional décima que establece un régimen especial para Ceuta y Melilla, atendiendo la situación preexistente a estos hechos.

TENEMOS MEDIOS SUFICIENTES

Acaso ¿no tenemos suficientes medios para que puedan pueden hacerse traslados forzosos con resolución individual y título jurídico habilitante.?

¿No tenemos suficientes medios para resolver con una autorización judicial conforme exige el artículo 62 LOEX, para aplicar la retención de personas al margen del régimen legal de detención y de internamiento y evitar la dispersión y descontrol del reparto por toda España.?

¿No tenemos medios para impulsar los expedientes correspondientes sea cual sea su clasificación?¿No tenemos medios para que se puedan realizar entregas de grupo con el examen individualizado, para cumplir las exigencias individualizadoras del TEDH ?

¿No tenemos medios para que se pueda determinar la edad de forma sumaria con intervención de Ministerio Fiscal?

Sobre la capacidad administrativa no hay quien se crea que la administración no puede reforzar comisiones de servicios de funcionarios, instructores, dependencias especiales, desconcentración interna de firma sin alterar la competencia, expediente electrónico, turno de oficio de profesionales reforzado, intérpretes ampliados, protocolo de identificación individual y determinación de la edad y medidas similares que hubieran ya agilizado los trámites.

Si el gobierno no ha sido capaz -o no ha querido dotar- de esos medios para dar cumplimiento a las medidas ordinarias implícitas en la regulación del mando único y a 45 días la situación sigue empeorando sólo tiene la siguiente lectura: el gobierno, ofrece una incapacidad operativa que no le importa reconocer, porque con ella oculta su voluntad de no cumplir su más elemental misión y deber como gobernante que es defender la soberanía territorial y la defensa de los españoles. Ergo, están entregando Ceuta a Marruecos.

No se encuentra otra explicación, porque si como es un hecho notorio no tenemos la capacidad para aplicar los remedios “ordinarios” implícitos en la decisión del mando único, debían haberlo realizado de otro modo que permitiera la solución rápida y eficaz para los españoles y que además está prevista en nuestro ordenamiento en el artículo 116 CE a través de la declaración de estado de sitio y de excepción que incluye el control parlamentario a la vista de que la situación estructural de España está gravemente comprometida.

La aplicación de la solución constitucional, que lleva implícita la obligada ponderando los intereses en juego en relación con los bienes jurídicos protegidos (vida, libertad, seguridad y orden) y la proporcionalidad conforme la situación, por tanto, respetuosa con los derechos fundamentales, podría dar una respuesta rápida, efectiva, contundente y además disuasoria a la situación. Los ceutíes seguro que estaban conformes con recuperar sus vidas, su ciudad y su españolidad.

GUERRA HÍBRIDA EN LA QUE PARTICIPA MARRUECOS

Sin embargo, para el gobierno esta aplicación abocaría a reconocer que nos encontramos ante una guerra híbrida con la participación de Marruecos en connivencia con el gobierno de España.

Pasar de una traición oculta a una traición reconocida con luz y taquígrafos.

Esta situación queda corroborada con los exhaustivos análisis que contiene el informe del CNEF, entregado en la investigación en sede judicial en la Audiencia Nacional, cuando califican la actividad investigada en esos días como una estrategia de zona gris, configurada por la existencia de una “autoría ocultada”,  “una finalidad no migratoria” con intervención de agentes marroquíes uniformados y de paisano guiando el asalto y como consecuencia la «violación masiva de la soberanía territorial».

El día 15 de agosto de forma estentórea el gobierno de Marruecos pudo parar otra incursión. Si pudo evitarla el día 15 de agosto, pudo haberlo hecho el día 30, y no quiso. Tampoco el gobierno de España. La campaña también ser armó en la opinión pública a ambos lados de la frontera. Y continúa.

Ceuta se ha convertido en un campo de batalla. En una situación previa ya de desbordamiento sin atajar por los gobernantes, se ha provocado el colapso de la estructura de la ciudad, sanidad, servicios sociales, desórdenes públicos y caos institucional.

La presión al ciudadano ceutí en toda su amplitud incluyendo por la inseguridad en las calles se hace insoportable. El desgobierno y el caos tras saturar definitivamente la ciudad se ha instalado y España ofrece la imagen de incapacidad nacional para resolver el problema.

CONSECUENCIAS DE LA GUERRA HÍBRIDA

Esta guerra híbrida tiene consecuencias en sede penal y parlamentaria.

La calificación penal de esta estrategia de zona gris, depende del foco del tipo penal que aplique siendo compatibles la investigación ante el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y en el juzgado predeterminado por el lugar de los hechos en Ceuta.

El primero, foco interno, quién decide y ejecuta los actos del estado español, impone que sea en el Tribunal Supremo por el aforamiento de los máximos responsables, Presidente del Gobierno y Ministro de Interior,  vinculados a los delitos de terrorismo (artículo 577 y siguientes CP), homicidio y lesiones imprudentes, (artículos 142.1 y 152 CP), omisión del deber de perseguir delitos (artículo 408 CP), prevaricación administrativa (artículo 404 CP) y encubrimiento con abuso de funciones públicas (artículo 451.3 CP).

La Audiencia Nacional focaliza la investigación de las personas físicas autores e intelectuales impulsoras del ataque a la integridad territorial y del uso de personas como escudos humanos al instrumentalizarlas para el ataque dirigido a Marruecos, (a través del artículo 590 CP y el articulo 318 bis, 177 bis CP) y finalmente, el primer nivel de responsabilidad del Delegado del Gobierno en Ceuta como responsable de la zona y correa de transmisión de información a instancias superiores.

La conjunción de las anteriores ante el activo colaboracionismo del Gobierno de España impone la actuación en sede parlamentaria por traición.

También está prevista la cobertura legal a través del artículo 102 CE, para esta petición de responsabilidad penal por delitos contemplados en los artículos 581 a 588 CP, que se activarán con la proposición de 88 diputados y la aprobación de 176 votos favorables en el Congreso.

CEUTA Y ESPAÑA DESESTABILIZADAS

Han desestabilizado Ceuta y con ella España, es la guerra híbrida que el Gobierno oculta aparentando resolver una situación puntual extraordinaria medios ordinarios.

Ceuta no ha sido una sorpresa ni para Marruecos ni para el Gobierno de España. Tampoco para los ceutíes ni los españoles que llevamos viendo la destrucción de los principios fundamentales en los que sostenemos nuestra identidad y convivencia.

Hay cobertura legal suficiente para dar solución: se ha acreditado que existen medios, recursos y conocimiento para la prevención de ataques, e impulsar medidas si ocurren.

Sin embargo, no podemos asegurar que se pongan en marcha porque se conjuga en nuestros gobernantes la falta de dignidad de cumplir con su obligación de defender la soberanía nacional y la firme voluntad de destruir la nación española.

Queda a la conciencia de nuestros representantes políticos y a la de todos nosotros, poner fin a esta situación.

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