Critica la “esclavitud de Mercadona” en el canal interno, le despiden y lleva al supermercado a los tribunales
El trabajador de Mercadona utilizó hasta en 58 ocasiones la Via-T de la empresa para pasar por los peajes durante su tiempo libre. Foto: EP

Despido procedente a un trabajador de Mercadona por pagar los viajes personales con la tarjeta de la empresa

26 / 10 / 2026 05:41

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado las pretensiones del trabajador de Mercadona, después de haber utilizado en decenas de ocasiones el «telepeaje» de la empresa para sus viajes personales. Un gasto que, para los tribunales, es suficiente para justificar la máxima sanción disciplinaria.

Agustín trabajaba para Mercadona S.A. con contrato indefinido, a tiempo completo, desde septiembre de 2001, ostentando el cargo de Gerente B de transportes.

Un puesto de trabajo por el que percibía un salario bruto mensual de 4.314 euros, y del que era despedido el 31 de octubre de 2023, después de 22 años de servicio sin una queja contra él en el conocido supermercado.

Un despido disciplinario que la empresa justificaba en el «uso indebido de la tarjeta Via-T, de telepeaje» que tenía asignada para sus funciones laborales.

«Durante 2023, el trabajador hizo 29 cargos en su tarjeta Via-T en los días en los que, según su planning de trabajo, estaba libre o de vacaciones», exponía la empresa en su carta de despido, considerando estos hechos como «una falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza».

Así, valoraba la empresa que la tarjeta en cuestión era «para un uso estrictamente profesional».

Tanto es así que la normativa interna imponía que los gastos que se realizaran con ella «debían ser valorados mensualmente por cada trabajador en intranet, después de verificar que son correctos». Y, de ser un gasto de índole personal, devolver por transferencia el dinero.

Un despido que Agustín llevaba ante los tribunales, recayendo el caso ante el Juzgado de lo Social nº11 de Málaga que, en su sentencia de 7 de octubre de 2025, desestimaba las pretensiones del trabajador, confirmando la procedencia del despido.

Mercadona gana el despido por el uso de la Vía-T

Fallo que Agustín reclamaba en suplicación ante el TSJA. En concreto, ante la sala de lo Social compuesta por los magistrados Manuel Martín Hernández-Carrillo (presidente), Ernesto Utrera Martín (ponente) y Raúl Páez Escámez.

Magistrados que, en su sentencia 30/2026, desestimaban nuevamente las pretensiones del gerente del Mercadona.

Así, alegaba Agustín que «los cargos derivados del uso de la Via-T están asociados a la tarjeta de crédito de la empresa».

Y por tanto, al vehículo de la empresa que utilizaba el trabajador, sin que constase «orden o norma interna de la empresa y comunicada al trabajador que prohíba su uso con fines privados o de forma distinta al uso del vehículo asignado», el cuál Agustín sí tenía autorización para utilizar en sus días libres.

Del mismo modo, exponía el trabajador que no se había valorado correctamente la gravedad de la supuesta infracción cometida.

Ello, debido a que llevaba más de 20 años trabajando en Mercadona, sin haber sido sancionado nunca, y donde no existía una norma interna que delimitase el uso de la Vía-T. A su vez, exponía Agustín que se estaba produciendo una discriminación con el resto de sus compañeros, a los que se les permitía devolver el importe.

Una valoración que no comparte el Tribunal, haciendo especial hincapié en que al trabajador se le sanciona por un incumplimiento grave, consistente en el uso irregular de la tarjeta hasta en 58 ocasiones.

«La aplicación de la teoría gradualista precisaría que el trabajador sancionado defienda que se ha producido una infracción de menor rango, dentro del catálogo de faltas del convenio», explica el tribunal.

Alternativa que no ofrece el empleado en su recurso.

Y, del mismo modo, critica la Sala que en el régimen de atención de gastos de Mercadona sí permitía «llegando el caso, devolver aquellos gastos de naturaleza personal que se hubiesen realizado en la tarjeta de la empresa». Una fórmula que Agustín no utilizó para evitar la sanción.

Algo que lleva al TSJA a desestimar el recurso, confirmando así el despido procedente.

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