Los dos principales detenidos en la Operación Púnica, el ex secretario general del PP madrileño, Francisco Granados y su amigo, el empresario David Marjaliza, dejan su destino en manos de dos de los grandes despachos de abogados que operan en la Audiencia Nacional.
Francisco Granados apuesta por el despacho Ramón y Cajal, mientras que David Marjaliza lo hace por Choclán Abogados.
Los dos principales imputados de la operación Púnica se encuentran en prisión, Granados en Estremera y Marjaliza en el centro penitenciario de Aranjuez. El juez les imputa ocho delitos: blanqueo de capitales, organización criminal, contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias, cohecho, malversación de fondos, prevaricación y fraude.
Sus estrategias de defensa son parecidas. Y ambas han asegurado que recurrirán al Tribunal Constitucional la «detencion ilegal». Argumentando que la detención dictada por el juez Eloy Velasco sobrepasó el plazo legal fijado de 72 horas.
Sin embargo, ante su declaración ante el juez la posición fue bien distinta, Francisco Granados respondió durante más de dos horas y cuarto a todas las preguntas del juez Velasco, mientras que Marjaliza se acogió a su derecho a no declarar.
Ahora la defensa del empresario y promotor inmobiliario David Marjaliza, que ejerce José Antonio Choclán, ha dado un paso más y ha presentado un recurso de apelación dirigido a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el órgano superior jerárquico del juez instructor. En el mismo, destaca la «nulidad absoluta e insubsanable» del auto por el que fue enviado a prisión el pasado viernes, al haber sido puesto a disposición judicial «cuando habían transcurrido 96 horas desde la detención» y después de «cuatro días» en los «calabozos policiales».
Choclán fue magistrado de esa misma Sala de lo Penal antes de pedir la excedencia para ejercer la abogacía, primero en un bufete ajeno y después en el suyo propio.
Marjaliza tiene, por su parte, al ex fiscal Enrique Molina, que prestó sus servicios al Estado en los Tribunales Superiores de Justicia y en la propia Audiencia Nacional. Molina es el socio director del Departamento de Procesal Penal de Ramón y Cajal Abogados.
Tanto Choclán como Enrique Molina conocen los laberintos legales de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del Código Penal y los entresijos de la que fue un día su casa: la Audiencia Nacional. Su elección, por lo tanto, es una apuesta segura por el conocimiento y la experiencia.
La defensa de Marjaliza señala que la prolongación del arresto más allá de «los plazos máximos de detención constitucional» de 72 horas, que se produjo al agregar al primer plazo de detención policial un segundo de arresto judicial, «no tiene cabida cuando el juez ha formado sumario y los funcionarios actúan bajo su dependencia funcional».
Choclán también considera que la prolongación de la detención atenta contra el artículo 17 de la Constitución, que recoge el derecho a la libertad y la seguridad personal y la posibilidad de solicitar un ‘habeas corpus’ durante el periodo de detención. Y contra el artículo 24 de la Constitución, en el que se establece el derecho a la tutela judicial efectiva.
«Es manifiestamente contrario a Derecho la decisión de acordar una detención judicial de quien ya se encuentra detenido», señala el escrito.