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Los 26 delitos del Compliance Penal

Los 26 delitos del Compliance Penal
10/9/2015 09:13
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Actualizado: 25/1/2019 13:07
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Fruitós Richarte y Haidé Costa, socios fundadores de Judilex

El Libro II del Código Penal en su redacción por la LO 1/2015 DE 30 de marzo, cita hasta en 25 ocasiones el Artículo 31 Bis. Este dato objetivo, no es intrascendente ni para los penalistas ni para las personas jurídicas, puesto que es nada menos que la relación de comisiones delictuales de las que las personas jurídicas serán penalmente responsables si se cumplen los supuestos del artículo 31 bis.

Recordemos sintéticamente: las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en su nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o integrantes de un órgano de la persona jurídica, o con facultades de organización y control dentro de la misma; y de los cometidos en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, por los sometidos a la autoridad de los administradores o personas físicas relacionadas en el apartado anterior, hayan podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por los órganos de administración o directivos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad.

La incorporación por la LO 1/2015 de las comisiones delictuales que pueden ser imputables a las personas jurídicas, deja atrás aquel primer e incipiente listado de la Ley 5/2010. Pese a ello, en muchos artículos y comentarios jurídicos actuales sobre la responsabilidad de las personas jurídicas sigue refiriéndose aquélla, y ya antigua, relación de delitos, lo que crea no pocas confusiones y alguna que otra discusión con los interesados en conocer más sobre una de las reformas más importantes del Código Penal en los últimos años.

Algún que otro experto o experta ya se estará rasgando las vestiduras al referir, en éste artículo, que la relación de comisiones delictuales (y no de delitos) de los que pueden ser responsables las personas jurídicas son sólo 25, Y decimos sólo, porque ciertamente son muchos más, ello por cuanto, si bien es cierto que existen en la relación tipos delictuales únicos, como el de Tráfico Ilegal de Órganos Humanos del art. 156 bis, enmarcado en el Título III “de las lesiones”, el legislador ha querido también incluir, la integridad de Capítulos de algunos Títulos del Libro II, así por ejemplo el de los delitos relativos a la prostitución, a la explotación sexual y corrupción de menores. Pero si los anteriores tipos delictuales no son de los mas conocidos ni tratados por la doctrina, nos hallamos con supuestos como el del art, 288 C.P que abarca nada menos que todo el capítulo XI del Título XII, delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores, con una amalgama delictual, no ya sólo extensa sino compleja y diversa, que incluye las cinco secciones del citado capítulo y hasta 19 artículos con sus respectivos tipos y subtipos.

Otros autores refieren en sus artículos o comentarios, dejando atrás el listado de 2010, que son 21 los tipos delictuales los que pueden ser cometidos por las personas jurídicas. Para ello concentran determinados tipos, como los de construcción, edificación o urbanización ilegal (CP art.319) y los delitos contra el medio ambiente (CP art. 328); o los relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes (CP art.343) y de los riesgo provocado por explosivos (CP art.348); o el quizás más claro de ellos, el de los delitos contra la salud pública relativos a sustancias peligrosas, medicamentos, dopaje, delitos alimentarios y similares (CP art.366) y el tráfico de drogas (CP art.369 bis); o, como no, el delito de blanqueo de capitales ( CP art. 302) y el delito de financiación de terrorismo (CP art.576); siguiendo un sistema de compactación y simplificación que trata, seguramente, de agrupar la multiplicidad de delitos que el legislador ha contemplado como de posible responsabilidad a las personas jurídicas, facilitando así la labor técnica en el análisis del riesgo.

A algunos les habrá sorprendido o pensarán que se trata de un mero error material o tipográfico que el título del artículo sea: Los 26 delitos del compliance, mientras que hemos citado las hasta 25 ocasiones en las que el art. 31 bis aparece en la parte especial del Código Penal. No se trata de un error sino de una seria reflexión a la no inclusión en el catálogo de uno de los tipos delictivos sobre los que cualquier persona jurídica, que realmente crea en el cumplimiento normativo y en las buenas prácticas debe considerar primordial. Comisión delictual que también deben incluir aquellos profesionales que por sus capacidades y cualidades, orientan su empresa de servicios jurídicos al “compliance penal”.

Estamos hablando de los delitos contra los derechos de los trabajadores (CP Arts. 311 a 318). No entraremos en los motivos del legislador en no incluir en el catálogo de delitos nada menos que uno de los tipos que más afecta a las personas jurídicas y que además supone una litigiosidad nada despreciable con una evidente carga social, y que abarca: la protección general de las condiciones laborales o de seguridad social, (CP art.311), conductas de discriminación (CP art.314), contra la seguridad en el trabajo (CP art.316 y 317), oferta ilegal o falsa de trabajo (tráfico ilegal de mano de obra, empleo ilegal de extranjeros, migraciones fraudulentas CP 312) o los atentados contra los derechos de los trabajadores relacionados con su defensa colectiva: derecho a la huelga y a la libertad sindical (CP art. 315).

Pese a tal extensa relación de tipos delictuales y a su no inclusión en el catálogo de delitos de los que las personas jurídicas pueden ser responsables como autores, se ha mantenido íntegramente el redactado del artículo 318 CP, que establece que, si tales delitos se atribuyen a persona jurídica, se impondrá la pena a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos.

Las razones de política criminal del mantenimiento de las responsabilidad de los administradores y la no atribución de la responsabilidad a la persona jurídica por la comisión de los múltiples tipos que afectan a los derechos de los trabajadores, pueden ser muy variadas, pero es evidente y palmario que en cualquier evaluación de riesgos, o plan individualizado, deberá incluirse el Título XV del Libro II del Código Penal y no sólo por razones del llamado cumplimiento social en el seno de las personas jurídicas, sino por algo más profundo, la verdadera unión entre la responsabilidad social y la evitación de la comisión delictual y su responsabilidad.

Finalmente, para terminar, permítanos facilitarles la relación de los 26 delitos del compliance penal:

  1. Tráfico ilegal de órganos CP art.156 bis
  2. Trata de seres humanos CP art.177 bis
  3. Delitos relativos a la prostitución, explotación sexual y corrupción de menores CP art.189 bis
  4. Delitos contra la intimidad (descubrimiento y revelación de secretos), allanamiento informático y otros delitos informáticos CP art.197 quinquies
  5. Estafas y fraudes CP art.251 bis
  6. Frustración de la ejecución CP art.258 ter
  7. Insolvencias punibles CP art.261 bis
  8. Daños informáticos CP art.264 quáter
  9. Delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores CP art.288
  10. Blanqueo de capitales CP art.302
  11. Financiación ilegal de partidos políticos CP art.304 bis
  12. Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social CP art.310 bis
  13. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros CP art.318 bis
  14. Delito de construcción, edificación o urbanización ilegal CP art.319
  15. Delitos contra el medio ambiente CP art. 328
  16. Delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes CP art.343
  17. Delitos de riesgo provocado por explosivos CP art.348
  18. Delitos contra la salud pública relativos a sustancias peligrosas, medicamentos, dopaje, delitos alimentarios y similares CP art.366
  19. Tráfico de drogas CP art.369 bis
  20. Falsedad de moneda CP art.386
  21. Falsedad en medios de pago CP art.399 bis
  22. Cohecho CP art.427 bis
  23. Tráfico de influencias CP art.430
  24. Provocación a la discriminación, el odio y la violencia CP art.510 bis
  25. Financiación del terrorismo CP art.576
  26. Delitos contra los derechos de los trabajadores CP art.311a 318

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