Pedro Gómez de la Serna, diputado del Grupo Mixta en la próxima legislatura (EP)

Gómez de la Serna debe elegir entre su escaño en el Congreso o la empresa por la que es investigado

22 / 04 / 2016 05:55

El diputado Pedro Gómez de la Serna, que dejó el PP tras su implicación en el supuesto cobro de comisiones en el extranjero, es el único miembro del Congreso con actividades consideradas incompatibles, por ello deberá decidir  permanecer en su escaño o conservar  su puesto como administrador único de la empresa Scardovi S.L.

El Congreso considera incompatible que Pedro Gómez de la Serna, adscrito al Grupo Mixto, compagine su escaño con su puesto como administrador único de la empresa Scardovi S.L., que formaría parte del entramado que compartiría con el diplomático Gustavo de Arístegui con el que presuntamente cobraron comisiones por asesorar a empresas en el extranjero, según una investigación abierta en la Audiencia Nacional.

Por ello, si quiere mantenerse en el Palacio de la Carrera de San Jerónimo, Pedro Gómez de la Serna  deberá dejar su puesto en la compañía.

La Comisión del Estatuto del Diputado, reunida esta jueves, ha tomado esta decisión después de haber comprobado que el objeto social de la empresa de Gómez de la Serna –«prestación de servicios de colaboración con entidades de crédito o de seguros mediante contratos de agencia, franquicia u otra modalidad»– entra dentro de los supuestos previstos como incompatibles en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

La incompatibilidad de Gómez de la Serna es la única certificada por la citada comisión parlamentaria en el dictamen que ha aprobado este jueves y que ahora deberá ser aprobado por el Pleno del Congreso.

EN LA LEGISLATURA PASADA, TUVO AUTORIZACIÓN

La previsión de la Comisión del Estatuto del Diputado es que el  dictamen, que se ha aprobado por unanimidad, se eleve al Pleno de la próxima semana, pero su inclusión en el orden del día requiere el acuerdo de todos los grupos parlamentarios y deberá decidirse en la reunión de la Junta de Portavoces del miércoles.

Una vez reciba el aval del Pleno, Gómez de la Serna contará con ocho días para elegir entre su escaño o su empresa. Si en ese plazo no renuncia expresamente a su puesto en Scardovi S.L., perderá directamente su acta, según han precisado fuentes parlamentarias.

En la anterior legislatura el entonces diputado del PP sí obtuvo la autorización de la Cámara para compatibilizar su escaño con su actividad en la misma empresa.

En cualquier caso, si finalmente hay elecciones, el diputado, que concurrió de ‘número dos’ del PP por Segovia en las pasadas elecciones, perderá su escaño y con él su condición de aforado al no estar en la Diputación Permanente del Congreso, el único órgano parlamentario que sobrevive en caso de disolverse las Cortes Generales el próximo 3 de mayo.

Al inicio de la legislatura, Gómez de la Serna rellenó, como el resto de diputados, el formulario con su declaración de actividades en el que debía especificar todos los cargos públicos que ostenta, sus actividades privadas por cuenta propia o ajena, los ingresos que pueda percibir con cargo al sector público o cualquier otra tarea retribuida que realice.

Sin embargo, el pasado 2 de marzo, la Comisión le pidió que aclarase «el tipo de relación que mantiene con la referida entidad (titularidad y/o administración), su objeto social (con aportación de sus estatutos sociales), el ámbito nacional o internacional de su actuación, el régimen de dedicación a dicha entidad (precisando si entraña obligaciones de desplazamiento dentro y fuera del territorio nacional) y la relación, en su caso, de dicha entidad con el sector público estatal, autonómico o local, así como con entes públicos o privados de otros Estados».

ADMINISTRADOR ÚNICO

En su contestación, fechada el pasado 30 de marzo, el exparlamentario ‘popular’ explicó que es titular al «51%» de las acciones de Scardovi S.L., de la que es «administrador único«. Además, aclaró que la citad empresa «no tiene relación» con el sector público estatal, autonómico o local, que su dedicación a la misma es «parcial» y que no tiene obligación de desplazamiento ni dentro ni fuera de España.

Precisó que, en materia de asesoría jurídica y fiscal, el ámbito de la actividad es «nacional e internacional», «en tanto que en materia de asesoría comercial y outsourcing de empresas el ámbito es internacional». Ahora bien, puntualizó que «no tiene relación con entes públicos de otros Estados aunque sí con entidades privadas (despachos, consultores, empresas, etc)». Como prueba, aportó copia de los estatutos sociales de la empresa.

Según reza el dictamen, y una vez examinados dichos estatutos, la comisión entiende que el objeto social de la empresa descrito por Gómez de la Serna «puede entrar en conflicto con lo dispuesto en la LOREG, por lo que procede a declarar su incompatibilidad» por su condición de «administrador único de la entidad Scardovi S.L.».

En concreto cita el artículo 159 de la LOREG que, en su punto 2.f, señala que los diputados no podrán compatibilizar su escaño con «las funciones de presidente de consejo de administración, consejero, administrador, director general, gerente o cargos equivalentes, así como la prestación de servicios en entidades de crédito o aseguradoras o en cualesquiera sociedades o entidades que tengan un objeto fundamentalmente financiero y hagan apelación públicamente al ahorro y al crédito».

PUEDE DECLARAR EL 10 DE MAYO

Dada su condición de aforado el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ofreció hace unas semanas a Gómez de la Serna declarar voluntariamente el próximo 10 de mayo en el marco de la causa por la que investiga el supuesto cobro de comisiones ilegales a cambio de trabajos de intermediación para que empresas españolas consiguieran contratos en el exterior de hasta 250 millones de euros.

En concreto, el magistrado investiga presuntos delitos de corrupción en las transacciones económicas internacionales, cohecho, blanqueo de capitales e integración en organización criminal.

En relación con el delito de integración en organización criminal, el magistrado explicó el pasado enero que existen indicios de que Gómez de la Serna y el exembajador de España en India y exparlamentario del PP Gustavo de Arístegui «se concertaron» con funcionarios extranjeros y otras personas para «apropiarse de importantes cantidades de dinero mediante un complejo sistema de sociedades pantalla y una red de colaboradores».

La trama se dedicaba, según el juez, a «recibir dinero de distintas empresas españolas en atención a su función pública, con la promesa de intermediar para conseguir contratos en el extranjero; abonar sobornos y comisiones a funcionarios extranjeros para conseguir adjudicaciones de contratos y quedarse para sí importantes comisiones de éxito premio por el buen fin de las gestiones».

En concreto, el delito de cohecho que se les imputa vendría condicionado por los pagos realizados por las empresas españolas a Gómez de la Serna y Arístegui, que se ejecutaron «directamente» o, debido a su condición de autoridad y funcionario público, a través de las empresas Karistia (controlada por el exembajador) y Scardovi S.L., precisamente la empresa a la que Gómez de la Serna deberá renunciar si quiere seguir en el Congreso. (EP)

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