El Constitucional admite a trámite el recurso de Cataluña contra las reválidas de ESO y bachillerato

El Constitucional admite a trámite el recurso de Cataluña contra las reválidas de ESO y bachillerato

18 / 11 / 2016 05:58

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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencias de la Generalitat contra varios preceptos del real decreto que regula las pruebas de evaluación final de ESO y Bachillerato establecidas en la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).

La Generalitat señaló en su recurso que el decreto vulnera la competencia de Catalunya en materia educativa y de lengua propia y, además, supone una «vulneración» del régimen lingüístico de la enseñanza en Catalunya establecido en el Estatut.

El Constitucional ha acordado dar traslado de la demanda al Gobierno central, que dispone de un plazo de 20 días para aportar los documentos y las alegaciones que estime necesario, y ha señalado que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que el tribunal resolverá en próximas fechas.

El Alto Tribunal ha comunicado la incoación del conflicto a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS), por si ante la misma estuvieran impugnados o se impugnaran los preceptos motivo del conflicto de competencias, en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso hasta la decisión del conflicto.

Según han informado a Europa Press fuentes del Alto Tribunal la admisión a trámite del conflicto positivo de competencias no supone una suspensión de la orden de las ‘reválidas’.

La Generalitat planteó el conflicto de competencias después de un requerimiento de incompetencia ante el Gobierno central, con el aval del Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya.

El Ejecutivo catalán consideró que el real decreto vulnera la competencia en materia educativa porque regula la prueba de forma «demasiado detallada», cuando, según el Govern, tendría que limitarse a regular las bases y no el desarrollo.

El Govern señaló que se excede en la regulación básica estatal y «se vacía de contenido» la competencia de la Generalitat para regular las pruebas, convirtiéndola en mera ejecutora.

Ha reprochado también que realiza una regulación expresa de la lengua en que podrá realizarse la prueba, que vulnera la competencia de la Generalitat en lengua propia y es contrario al régimen lingüístico en la enseñanza que establece que el catalán se tiene que «utilizar normalmente» como lengua vehicular y de aprendizaje. (EP)

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