Derecho a la desconexión digital: un paso más hacia la conciliación de la vida laboral y personal

Derecho a la desconexión digital: un paso más hacia la conciliación de la vida laboral y personal

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06/1/2017 05:58
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Actualizado: 11/10/2018 17:24
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El derecho a la desconexión, aprobado en Francia con una ley que entró en vigor el pasado 1 de enero y que permitirá a muchos trabajadores desconectar sus equipos móviles del trabajo, será una realidad a lo largo de este año. Se trata de otra medida que va en pro de separar la vida laboral y personal de la profesional.

La normativa gala, la ley «El Khomri”, por el apellido de la ministra de Trabajo Myriam El Khomri, que la promovió, permite que las empresas de más de cincuenta trabajadores hayan negociado con sus trabajadores y buscado un régimen adecuado de uso de los dispositivos móviles. En el caso de no haber acuerdo serán las empresas quienes diseñen ese código de conducta. La idea es preservar la salud laboral de los trabajadores.

De su impacto e implantación en nuestro país hablan aquí Carlos de la Torre, of counsel del área laboral Baker & Mckenzie, Juan Antonio Linares socio y of counsel de Ceca Magán Abogados y Carlos García Barcala, socio del área laboral de Garrigues quienes analizan esta cuestión que no tiene regulación expresa en España hasta el momento.

Aunque como ya avanzábamos en un artículo del abogado Javier Puyol, en su derechos que está reconocido en el 40 de nuestra Constitución, en el Pacto de Derechos Económicos y Sociales o en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En el mismo sentido se pronunció nuestro Tribunal Supremo, en septiembre de 2015, al dictaminar que es abusiva la cláusula de los contratos de trabajo que obligan a los empleados a facilitar el número de móvil o correo electrónico a la hora de firmar un contrato laboral. La doctrina acumulada de la Sala de lo Social va en la misma dirección que las medidas adoptadas en Francia esta semana.

Derecho a la desconexión ajustable a cada profesional

Carlos de la Torre, es of counsel del área laboral de Baker & Mckenzie, es partidario de aplicar el sentido común al llamado derecho de la desconexión digital si se llega a implantar algún dia en nuestro país “No puede haber café para todos. Es muy posible que los directivos de la empresa queden fuera de ese derecho o sea mínimo, frente a la postura de otros profesionales que puedan disfrutarlo. Al final son reuniones que tendrán que tener las empresas con sus comités de empresas si los tienen para evitar que se genere más conflictividad”.

Carlos de la Torre, of counsel del área laboral de Baker & Mckenzie.

A su juicio, “estamos ante un derecho emergente y muy interesante. Supone que el trabajador desconecta sus dispositivos móviles fuera del horario laboral. De alguna forma lo que se quiere “es adaptar el mercado laboral a un nuevo entorno digital que es una nueva realidad donde el trabajo inteligente y el teletrabajo difumina mucho las barreras clásicas físicas y temporales y surgen temas como la desconexión digital”. Para este experto se trata de qué se puede alcanzar con el derecho a esta desconexión.

Si se logra pactar el uso racional de los dispositivos móviles la empresa logrará más productividad y los trabajadores estarán más satisfechos

Para De la Torre la regulación que ha hecho el gobierno francés “recuerda la que se hizo en España sobre los planes de igualdad, se establecían en empresas de cierto tamaño acuerdos de modalidades de uso de esos dispositivos. A mi juicio, también hay que ver el lado positivo de estos dispositivos: puede ser una amenaza si se usa de forma irracional y hay una prolongación de jornada y al mismo tiempo existe la oportunidad, si se logra pactar ese uso racional de los dispositivos móviles, permite mayor productividad y satisfacción de los trabajadores que pueden realizar su trabajo fuera de la oficina”.

Derecho a la desconexión sin regulación precisa ahora

Desde su punto de vista, “aun normativas vigente como el Estatuto de los Trabajadores han dejado al margen temas de importancia como son los tiempos máximos de trabajo y minino de descanso en su articulado. Esto hace que el derecho a la desconexión no está regulado en las normas actuales. Si en España se hace una encuesta similar a la del Gobierno francés tendríamos un porcentaje mayor de gente quemada o con tecnoestrés. En este escenario se podría buscar un uso racional de los dispositivos y su desconexión digital en el futuro”. Ahora ese uso fuera del trabajo de los dispositivos afecta a la conciliación de la vida personal del trabajador.

Que la Ministra de Empleo Fátima Báñez hable de salir del trabajo a las seis de la tarde para que todos los españoles pudieran conciliar «no deja de ser unas declaraciones positivas que hay que tener en cuenta. Hay que dar pasos en esa dirección para racionalizar los horarios en España y quizá cambiar los husos horarios para ir a modelos anglosajones donde se acaba a las seis de la tarde y te permite hacer tu vida. Creo que de esta manera los trabajadores serían más productivos de lo que son ahora”.

Sobre la implantación en nuestro país de este derecho a la desconexión digital “habrá que ser muy concreto en su desarrollo para que todas las partes implicadas tengan la seguridad jurídica que reclaman, con objeto de evitar conflictos laborales. Las relaciones laborales están en exceso judicializadas y no se trata de añadir más cargas a esta cuestión. Dichas relaciones laborales deben ser menos tensas y más proclives a acuerdos”. Carlos de la Torre también prefiere el acuerdo en la negociación colectiva entre empresas y trabajadores y no cree que pueda generar conflictividad adicional de la existente.

Desconexión que debe hacerse desde la negociación colectiva

Juan Antonio Linares, socio y of counsel del departamento laboral de Ceca Magán Abogados, es un abogado laboralista con una amplia carrera profesional “este asunto de la desconexión laboral en Francia se ha dejado en mano de las empresas y no de la negociación colectiva, que hubiera sido más lógico. En estos acuerdos el trabajador pierda fuerza en la negociación y en función de su actividad negocie este derecho a la desconexión que no puede ser igual para todos los profesionales. La parte buena de esos acuerdos es que van a ser más personalizados que dentro de la negociación colectiva. Se acordará lo que mejor le vaya a cada empresa”.

Juan Antonio Linares, socio y of counsel del departamento laboral de Ceca Magán Abogados,

Linares recuerda que cuando se realizó el Estatuto de los trabajadores, a principios de los años ochenta, no se pensó que hubiera a ver una conectividad como la que hay ahora, a nivel digital “se establecía la regla de la disponibilidad del trabajo en el horario fijado pero fuera se estaba libre para hacer lo que uno quiera. Desde ese planteamiento no eran necesario hacer las horas extras, hay sentencias como una del 2015 del Supremo que señala que el trabajador no puede darle el número del móvil a la empresa”.

No será fácil que el cierre físico de la empresa coincida con la desconexión digital que ahora se plantea. La negociación colectiva será el marco ideal para lograr acuerdos sobre este tema

Frente a la teoría de poder cortar con la empresa tras la salida del trabajo “la realidad es diferente, sobre todo en el sector servicios. En el sector industrial es diferente, fichas, te vas y salvo que surja algo no te llaman hasta el día siguiente. En ese sector servicios, con la irrupción de las comunicaciones uno está localizable todo el día y poder acceder a los ordenadores de la empresa desde casa u otro lugar del trabajo diferente del habitual”.

Para Linares, lo ideal es que “este tipo de iniciativas se introdujera en la negociación colectiva por la importancia que tiene. Así se hizo con la ley de igualdad que al final se obligaba a las empresas a tener su plan de igualdad. Sin embargo, si no se estableciera a nivel colectivo se podría establecer en un régimen general. Si fuéramos a este último parámetro al final se intentaría no mantener contacto alguno con la empresa en ese periodo de desconexión”.

Para este experto abogado laboralista el llamado “derecho a la desconexión”, o mejor dicho, “la conexión fuera de los horarios fijados puede afectar a mi intimidad. Si tengo un ipad del trabajo me pueden geolocalizar y la empresa puede saber dónde estoy. El hecho de la conectividad puede restringir derechos, en especial a la intimidad, a tener tu propia vida personal y familiar, por encima de otros».

El futuro de esta medida. Linares lo ve a medio plazo su implantación siempre que la patronal y los sindicatos se pongan de acuerdo con la supervisión del Gobierno. Sobre las palabras de la Ministra Bañez de acabar la jornada laboral a las seis de la tarde señala que “ no es fácil que la desconexión digital coincidiera con el cierre físico de la empresa. Lo ideal sería de diez a doce horas de desconexión, que como dice la ley francesa no entran los correos porque se quedan en el servidor retenidos”.

Un cambio gradual hacia la desconexión

Carlos García Barcala, es socio del departamento laboral de Garrigues. A su juicio la clave está en organizar este derecho a la desconexión de forma progresiva, racional y con una transición en la que todos se den por enterados de esa medida, “en nuestro país no existe una regulación expresa de este derecho a la desconexión, ni ningún convenio colectivo que trate este tipo de cuestiones, si bien existe algún pronunciamiento judicial al respecto que sin hablar de este derecho establece pronunciamientos sobre la nulidad de una cláusula que obliga al trabajador ofrecer su correo electrónico personal para recibir comunicaciones de la empresa”.

Carlos de la Torre, of counsel del área laboral de Baker & Mckenzie.

A su juicio esta sentencia como el llamado derecho a la desconexión digital pretende buscar una separación que no siempre es sencilla entre la vida personal y profesional del trabajador. “En sectores como la abogacía no sería fácil aplicarlo, los profesionales se nos ha enseñado a trabajar prácticamente todos los días y tener una disponibilidad con los clientes. De hecho la puesta en marcha de este derecho tendrá que contar con el beneplácito de los clientes de cada empresa. El derecho a la desconexión nunca podrá perjudicar al negocio del empresario”.

No hay regulación expresa del derecho de desconexión en este momento en nuestro país. Es muy posible que a medio plazo algunas empresas lo arranquen y luego el movimiento se extienda gradualmente

Para este experto laboralista “es muy posible que en nuestro país se articule algún tipo de regulación de desconexión, lo que creo es que se añadirá a la legislación que ya existe sobre la conciliación de la vida laboral y personal en nuestro país. En España hay mucha normativa al respecto sobre conciliación, se cuenta con los planes de igualdad y dentro de ellos uno de los apartados que siempre se cita es la propia conciliación de la vida laboral y personal”. Lo que queda por saber es si habrá una regulación del Gobierno o serán las propias empresas desde la negociación colectiva quienes lleguen a estos acuerdos.

La implantación del mencionado derecho a la desconexión en la vida laboral cree García Barcala que empezará por algunas grandes empresas que son sensibles hacia cuestiones como la responsabilidad social corporativa. “Y habrá otras que querrán ser pioneros en el desarrollo de este derecho a la desconexión y querrán ser las primeras en ese paso. Ese efecto imitación irá por las grandes empresas y luego irá bajando hacia otras compañías”. Desde su punto de vista el marco de la negociación colectiva sería ideal para tratar estas cuestiones, tanto dentro de la empresa como a nivel sectorial.

Como el resto de expertos consultados coincide en que ese derecho a la desconexión será diferente para un directivo de primera línea frente a un trabajador que tendrá quizás más acceso al mismo. “Tampoco será lo mismo en una multinacional con presencia en varios países como aquella ubicada en un país. Como bien puede ver ser abre un debate sobre este asunto muy relacionado con la conciliación de la vida laboral y personal”. Cree que no será complicado que empresas y trabajadores lleguen a acuerdos sobre esta cuestión “como así lo han hecho en otros asuntos laborales de importancia”.

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