La Comunidad de Madrid tiene hasta el día 14 de enero para desmantelar el campo de golf

La Comunidad de Madrid tiene hasta el día 14 de enero para desmantelar el campo de golf

8 / 01 / 2017 05:57

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido una auto judicial en el que da de plazo hasta el 14 de enero para que la Comunidad de Madrid suspenda las actividades y usos desarrollados en las instalaciones del Depósito de Islas Filipinas del Canal de Isabel II y para que inicie los trabajos para la restauración de los terrenos a la situación previa a la ejecución de ese proyecto.

Esta ha sido la respuesta del TSJM después de que la asociación ‘Parque Sí en Chamberí‘ pidiera la ejecución de su sentencia de este verano, en la que declaró «nulo de pleno derecho» el proyecto urbanístico con el que el Gobierno regional trató de regularizar la instalación deportiva construida sobre uno de los depósitos del Canal de Isabel, después de que fuera declarada ilegal por el Supremo en 2012. Y ordenó adoptar «las medidas necesarias para la reposición y restablecimiento de la parcela a su estado físico anterior a las obras».

«Siendo el plan especial nulo de pleno derecho, procede continuar con la presente ejecución y a tal efecto requerir a la ejecutada para que en el plazo de un mes proceda a la suspensión de actividades y usos desarrollados sobre la parcela, y para que inicio los trabajos para la restauración de los terrenos a la situación previa a la ejecución del proyecto», ha dictado el magistrado en un auto firmado el 14 de diciembre y al que ha tenido acceso Europa Press.

Ante el mismo, el Canal de Isabel Segunda ha interpuesto un recurso de reposición aduciendo que se establecen «obligaciones distintas a la exclusiva declaración de nulidad del Plan Especial«, que «contraviene el principio de autonomía local en materia de disciplina urbanística y el inicio de los trabajos de restauración» y que el plazo de un mes «es contrario a los principios de proporcionalidad y mínima intervención».

El organismo público regional recuerda en su recurso, al que también ha tenido acceso Europa Press, que firmó con Proingest, la empresa que explota las instalaciones del golf del Canal, un contrato de cinco años y cinco meses, que termina en septiembre de 2018. Por eso, piden más tiempo, ya que esgrimen que están llevando a cabo «las gestiones necesarias para la terminación de dicho contrato».

Por su parte, ‘Parque sí en Chamberí’ considera que esta sentencia «marca un plazo claramente definido» para cerrar un acuerdo entre Canal, Comunidad y la propia asociación que recoja que dentro de ese plazo «se habrá hecho efectivo el cese de las actividades no legalizables (instalaciones de golf y restaurante), la eliminación de las vallas y redes que rodean las instalaciones de golf para su apertura libre al público.

Además, se debe garantizar en todo momento que el resto de las instalaciones y usos se mantienen activos en las condiciones y horarios actuales, así como se habrá puesto en marcha el proceso participativo del que resultará un proyecto acordado entre las partes para la transformación definitiva de las instalaciones de golf en parque público».

Mientras, la asociación continuará con el proceso de participativo entre los vecinos iniciado el 19 de noviembre con la Jornada Informativa en el C. C. Galileo para saber qué quieren los vecinos en lugar de las instalaciones de golf. Ahora, convocarán una segunda cita, con un taller de participación que se celebrará la mañana en el Centro Cultural Galileo de Chamberí.

En este sentido, en una nota de prensa han criticado que desde la Comunidad y el Canal no están apoyando dicho proceso participativo, con el que quieren que la transformación de las instalaciones de golf declaradas ilegales en el prometido parque público «se realice contando con la opinión de las vecinas y vecinos del entorno».

Las conversaciones mantenidas con Canal de Isabel II habían acordado la necesidad de formalizar un comité de seguimiento del proceso. Parque Sí ha asegurado que la puesta en marcha de dicho comité «no debería verse sujeta, como se nos ha planteado, a los tiempos políticos y administrativos que conlleva la tramitación de una Proposición No de Ley en la Asamblea de Madrid, cuyos plazos son desconocidos, pero que resultan en todo caso excesivos en este momento, y más aún con esta nueva sentencia, pudiendo ser acordada con efectos inmediatos por el Gobierno de la Comunidad de Madrid». (EP)

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