A Francesc Homs, líder del Partido Demócrata de Catalunya (PDeCAT), antes Convergencia Democrática de Catalunya, le ha durado poco la maniobra que inició el pasado mes de enero, cuando presentó una denuncia por prevaricación y desobediencia contra el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, el exministro de Sanidad Alfonso Alonso y la exsecretaria de Estado de Servicios Sociales Susana Camarero.
El teniente fiscal del Tribunal Supremo -y número 2 de la Fiscalía General del Estado-, Luis Navajas, ha archivado la denuncia. No ve delito en la actuación del presidente del Gobierno ni de los cargos de Sanidad en relación con este asunto.
Homs acusaba a Rajoy, Alonso y Camarero de los mismos delitos por los que han sido juzgados la pasada semana el expresidente de la Generalitat, Artur Mas, la exvicepresidenta, Joana Ortega y la consejera de Educación, Irene Rigau, prevaricación y desobediencia en la organización de la consulta del 9 de noviembre de 2014. Los mismos por los que será juzgado el propio Homs próximamente en el Tribunal Supremo.
De esa forma, el diputado independentista trató de igualar al presidente del gobierno y a los dos exministros con Mas, Ortega, Rigau y el mismo al acusarles de incumplir las resoluciones que reconocen la competencia del Gobierno de la Generalitat en el reparto a ONG’s de lo recaudado por el 0,7 por ciento del IRPF.
Homs presentó su denuncia después de que, el pasado 19 de enero, el TC fallara favor de la Generalitat en el conflicto de competencias que presentó contra el Gobierno central por una resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de mayo de 2016, que convocaba subvenciones para programas de interés general a cargo de 0,7% del IRPF.
La Fiscalía no ve delito en la actuación del presidente del Gobierno ni de los cargos de Sanidad en relación con este asunto, por lo que archiva la denuncia de Homs según han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio Público.
Respecto al delito de prevaricación, la Fiscalía desgrana en un informe de 9 páginas toda la jurisprudencia aplicada a esta conducta para concluir que «ninguno de los requisitos, ni objetivos ni subjetivos» es apreciable en la resolución administrativa» a la que se refiere Homs en su denuncia.
De dicha resolución se deduce, según el fiscal, «una asunción de competencias por parte del Estado, a través del Ministerio de Sanidad que (…) resulta inadecuada, implicando una vulneración de las competencias autonómicas de la Generalitat catalana y que queda solventada mediante la resolución del alto tribunal, que pone las cosas en su sitio y determina qué Administración resulta competente en el caso concreto, esto es, la autonómica». «Cuestión resuelta», puntualiza al respecto el fiscal Navajas.
Por otro lado, destaca que «ningún perjuicio a los administrados se ha causado en el caso concreto porque», tal y como pone de manifiesto la jurisprudencia del propio TC, «el planteamiento del conflicto de competencias positivo (iniciado por la Generalitat de Cataluña y que da lugar a la sentencia) resulta preventivo, al no ir dirigido en su sustancia objetiva contra una supuesta infracción competencial ya ocasionada».
NO HAY DESOBEDIENCIA PESE A REITERACIÓN
En relación con la desobediencia, «ni siquiera el hecho alegado por el denunciante, y debidamente constatado, de que no era ésta la primera vez que el Tribunal Constitucional resolvía un similar conflicto de competencias, y siempre en sentido favorable a la competencia autonómica (…) podría integrar el ilícito penal que se denuncia», concluye el fiscal Navajas.
Si se tiene en cuenta la base jurisprudencial expuesta en este informe, según insiste el fiscal, tanto en este caso como en el que los precedieron «el Gobierno de la Nación se habría limitado a atribuirse y disputar una competencia que más tarde, en todos los casos, el TC acabó decantando a favor del órgano de gobierno autonómico». Una vez resuelto el conflicto, ni en ésta ni en anteriores ocasiones el Gobierno de España ha adoptado decisión o resolución alguna en contra de lo resuelto por el tribunal encargado de interpretar la Constitución.
Según Homs, la decisión de recurrir al fiscal se amparaba en las «propias argumentaciones» del Ministerio Público respecto a casos que afectan a políticos y autoridades catalanes basándose en resoluciones del tribunal de garantías.
La resolución señalaba que la decisión de Servicios Sociales invadió competencias asistenciales de la Generalitat, por lo que Homs considera que el Ejecutivo central reiteradamente «trata de eludir la doctrina del TC y sus sentencias en este ámbito con subterfugios y maniobras legislativas, aprobando por ejemplo nuevos marcos normativos» para intentar justificar su capacidad de dar estas subvenciones.
A juicio del diputado, la Fiscalía debería actuar contra los responsables de la orden de Sanidad y Servicios Sociales con los mismos criterios que ha utilizado para acusar expresidente Artur Mas, las exconselleras Irene Rigau y Joana Ortega, la presidenta del Parlament y él mismo: «Si hay motivo para encausarnos, más motivo habrá cuando un gobierno, diez veces consecutivas, no ha cumplido con el TC». A este respecto, el fiscal concluye que ambas situaciones «no pueden asimilarse» en ningún caso. EP.