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El Supremo anula la suspensión del 30 por ciento de los vuelos de Barajas
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El Tribunal Supremo ha anulado el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de diciembre de 2014 que ordenaba suspender el 30 % de los vuelos del aeropuerto de Barajas que sobrevuelan la urbanización madrileña de Santo Domingo.
El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal, que ha sido adelantado a la espera de la sentencia, entiende que aquel auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había sido suspendido provisionalmente y recurrido ante el Tribunal Supremo, no ejecutaba adecuadamente su sentencia de 2008.
Fue una decisión que no agradó a ninguna de las partes y que ha obligado al Supremo a pronunciarse definitivamente sobre este asunto.
Con este fallo, el Supremo pone fin a un proceso judicial que se remonta hace 13 años y enfrenta a la empresa pública AENA con los residentes de Ciudad Santo Domingo, que llevan denunciando que el operador dueño de Barajas vulnera su derecho fundamental a la intimidad domiciliaria por el ruido de las aeronaves en torno a la ruidosa pista 18R/36L de Barajas.
El Supremo señalará en la sentencia, que se dará a conocer en los próximos días, las posibilidades existentes para encontrar un equilibrio entre los derechos de los vecinos y el interés general.
IMPACTO ECONÓMICO
Por otra parte, AENA consideraba en junio de 2016 que el posible cierre o la reducción del 30 por ciento de los sobrevuelos en la pista 18R/DL supondría una «reducción muy importante» de la capacidad operativa del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas y repercutiría sobre la economía y empleo tanto regional como nacional.
En concreto, la posibilidad de reducir vuelo o incluso el cierre provocaría una disminución acumulada de 70 millones de pasajeros hasta 2030 y la pérdida de empleos sería de 14.000 en la región y 42.000 puestos de trabajo en todo el país.
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