Centro de Salud de Albarracín, en Teruel, donde prestaban sus servicios los tres médicos y la enfermera que accedieron a los datos personales de una mujer. Foto: E P.

Archivada la denuncia por descubrimiento de secretos contra 3 médicos 1 enfermera durante la pandemia

3 / 07 / 2024 06:30

En esta noticia se habla de:

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Teruel, del que es titular el magistrado Juan José Cortes Hidalgo, ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa con el auto número 459/2023, de 31 de mayo, iniciada por un presunto delito de descubrimiento de secretos contra los tres médicos y una enfermera, M.J.B.A., M.O.H.C., A.M.L. y C.R.T., del centro de salud de Albarracín.

Los cuatro fueron denunciados por una mujer, A.M.T.C., por acceder a sus datos personales durante la pandemia de Covid-19.

Tras una exhaustiva investigación, el magistrado ha concluido que no existen indicios racionales de criminalidad contra los investigados.

La resolución se fundamenta en que los accesos a los datos fueron realizados en el contexto extraordinario de la pandemia, con la finalidad de atender adecuadamente las necesidades sanitarias desbordadas por la crisis sanitaria.

El magistrado destaca que, aunque los accesos al historial de la denunciante quedaron registrados, los investigados proporcionaron explicaciones razonables y justificadas sobre sus acciones; los accesos no fueron caprichosos ni destinados a perjudicar a la denunciante, sino que estaban motivados por la urgencia de la situación sanitaria.

«En el presente caso y, tras una larga instrucción, podemos concluir que no existen indicios racionales de criminalidad contra ninguno de los investigados», dice el magistrado en su auto de archivo.

La resolución establece que no se justifica debidamente la perpetración del delito, y se procede al archivo del caso, permitiendo a las partes interesadas y al Ministerio Fiscal interponer recurso de reforma en el plazo de tres días o recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a la notificación.

«Estos loables y reconocidos comportamientos en el pasado, dentro del objetivo de salvar vidas en una situación de extrema dificultad, nunca deben ser delictivos y criminalizar a quienes curan y salvan vidas», según Jorge Piedrafita, abogado de uno de los denunciados

Según Jorge Piedrafita, abogado defensor de uno de los médicos, «La resolución del magistrado Juan José Cortés Hidalgo, recuerda que la memoria es débil y es fácil desde la situación actual intentar recriminar penalmente, pero que como bien la defensa insistió debía tenerse muy en cuenta el escenario de pandemia extrema que se estaba viviendo, en el que los profesionales sanitarios actuaron justificadamente».

Y añade: «Esta luchada decisión (ante las abundantes y constantes sentencias condenatorias por acceso a la historia clínica) pone fin al calvario de los tres médicos y una enfermera que han tenido que soportar una indebida acusación, cuando en lo peor de la pandemia, cumplieron con su deber y evitar males mayores a la ciudadanía de Albarracín, especialmente vulnerable por su avanzada edad y localizarse en la misma un brote muy virulento de Covid 19».

«Estos loables y reconocidos comportamientos en el pasado, dentro del objetivo de salvar vidas en una situación de extrema dificultad, nunca deben ser delictivos y criminalizar a quienes curan y salvan vidas», concluye.

Noticias relacionadas:

Javier Lara, absuelto por el Supremo: “Preferí sentarme en el banquillo antes que enviar a mis compañeros al matadero”

Opinión | El verdadero daño tras el juicio por el caso Koldo es el desencanto ciudadano

Koldo García dice que presentará pruebas que «van a reventar el juicio» y llama «tonto» a Aldama: «no me dio nada jamás»

El Supremo condena a un ciudadano por negarse a ser vocal de mesa durante la pandemia

Un funcionario, absuelto del delito de descubrimiento de secretos porque el vecino al que «cotilleó» tenía su nombre en el buzón

El Supremo fija doctrina sobre las pólizas de seguro multirriesgo, lo que no es extensible al seguro contra todo riesgo

Lo último en Tribunales

CANTORNÉ

El adelanto electoral deja sin aforamiento a Cantorné y Moscoso y obliga al Supremo a decidir el futuro de sus causas

PLUS ULTRA

Calama cita a Verhoeven, señalado por la UDEF como gestor de la red de blanqueo vinculada al rescate de Plus Ultra

Baltasar Garzón, abogado de Fergie Chambers —en prisión preventiva en España por una solicitud de extradición de Estados Unidos—, sostiene que la reclamación estadounidense encubre una persecución política vinculada a su activismo propalestino.

La Audiencia Nacional mantiene en prisión a Fergie Chambers: su fortuna le permitiría huir a un país que no lo entregue a EEUU

Documentos legales ante la Audiencia de Girona

A juicio por poner su correo electrónico en el contrato de «leasing»: la comunicación es suficiente para acreditar el MASC

Las causas para la recusación y la abstención de un juez en una causa se encuentran perfectamente tasadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y –como ha señalado el Tribunal Supremo– han de ser interpretadas de forma estricta. La foto corresponde al grupo escultórico que culmina el Supremo, compuesto por la Ley, en el centro, flanqueada por la Justicia, a la izquierda, y el Derecho. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El adelanto electoral fuerza al Supremo a decidir ya sobre el voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’