La Audiencia Nacional investigará al régimen sirio de Bashar al-Assad por terrorismo
Ha vuelto a rectificar una decisión del magistrado Diego de Egea, antiguo instructor del también conocido como 'caso Tándem', que investiga las actividades presuntamente delictivas del excomisario José Manuel Villarejo.

La Audiencia Nacional investigará al régimen sirio de Bashar al-Assad por terrorismo

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27/3/2017 13:56
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Actualizado: 27/3/2017 14:32
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El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha admitido hoy a trámite la querella que interpuso una mujer española contra ocho altos mandos del gobierno del presidente sirio Bashar al-Assad por un delito de terrorismo en relación con la muerte en Siria de su hermano, de nacionalidad siria.

El juez Velasco, que investigará estos hechos como delitos de terrorismo y desaparición forzada, ha adoptado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía que se opuso a la admisión de la querella por carecer la víctima de la nacionalidad española.

En su escrito, el juez Velasco entiende que los hechos serían constitutivos de los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, terrorismo y desaparición forzada si bien, de acuerdo con las leyes  y normativa nacionales y los tratados internacionales procede admitirla únicamente por estos dos últimos delitos.

En el auto admisión a trámite, el juez llama a declarar el 9 y 10 de mayo a testigos y peritos, entre ellos a la mujer que presentó la querella, Amal Hag-Hamdo Anfalis, y a un testigo conocido como “César”, antiguo policía militar forense sirio. Además, también está citado el periodista Javier Espinosa.

Según consta en la querella, la denunciante, de nacionalidad española, es víctima de la detención forzada, la tortura y la ejecución de su hermano, por lo que en virtud de la Ley de justicia universal, reformada en 2014, «los tribunales españoles ostentan jurisdicción para investigar y enjuiciar estos hechos, constitutivos de un delito de terrorismo».

La Fiscalía por contra consideró «evidente que la condición de ‘víctima’ sólo puede identificarse con el sujeto pasivo del delito, y no con el concepto más amplio de perjudicado y/o víctima indirecta, que lo son exclusivamente a efectos indemnizatorios o de reparación del daño causado», distinguiendo entre la denunciante y el fallecido.

Velasco acuerda además que se notifique la querella a los ocho miembros de las fuerzas de Seguridad e Inteligencia sirias contra los que se dirige este procedimiento a través de comisión rogatoria, haciéndoles saber que deben nombrar abogado y procurador en España.

Posibles denuncias similares en otros países

En su resolución, el juez Eloy Velasco interesa asimismo de Eurojust que proceda a averiguar si existen denuncias de otros países de la Unión Europea que investiguen desapariciones forzadas, torturas, crímenes de guerra, terrorismo y delitos de lesa humanidad realizados por estructuras y personas pertenecientes a la Administración de la República de Siria con miras a la presunta constitución de un equipo conjunto de investigación que ayude a la consecución de información y pruebas de uso común en los respectivos procedimientos penales nacionales afectados.

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