La transposición de la Directiva de investigación en materia penal no se hizo por no contar con apoyo parlamentario

25 / 05 / 2017 04:59

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El Gobierno barajó la posibilidad de tramitar la transposición de la Directiva relativa a la orden europea de investigación en materia penal a través de un Real Decreto Ley, pero se desechó «al no contar con el respaldo del principal partido de la oposición para tramitar este proyecto», según ha podido saber Confilegal de fuentes oficiales del Ministerio de Justicia.

El Ejecutivo tenía desde el 1 de mayo de 2014 hasta el pasado 22 de mayo de 2017 para convertir en ley la Directiva 2014/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal.

Confilegal publicó el pasado lunes que al Ministerio se «le había pasado» transponerla. 

Este es un punto que la cartera de justicia quiere desmentir.

«Pese a todo, se han mantenido los contactos políticos correspondientes. Pero el apoyo del PSOE era imprescindible para lograr su ratificación», añadieron, recordando que, desde diciembre de 2015, cuando se celebraron las penúltimas elecciones, hasta el otoño de 2016, tras los últimos comicios electorales de junio, se produjo un bloqueo político parlamentario.

«Dada la relevancia de la materia y la reciente expiración del plazo de transposición, la incorporación de la Directiva a nuestro Derecho sigue siendo objetivo prioritario de este Ministerio y en esta tarea continuará trabajando en los próximos meses, esperando contar, en esta ocasión con un respaldo parlamentario suficiente que permita la aprobación de la norma, a diferencia de lo sucedido hasta ahora», agregaron.

El Ministerio de Justicia ya ha realizado los estudios correspondientes, sometiendo la transposición de la Directiva a consulta previa, cosa que se llevó a cabo del 7 al 23 de febrero de este año. Esto ha dado lugar a un borrador de proyecto de ley que «consiste en la modificación de la vigente Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, concebida como texto en el que se reúnen todas las decisiones marco y las directivas aprobadas en materia de reconocimiento mutuo de resoluciones penales».

Con la citada Directiva, conocida como DIR OEI, se crea un instrumento único y uniformizado -muy parecido al de la Orden Europea de Detención y Entrega que en su momento sustituyó a las extradiciones- para que los fiscales y jueces españoles puedan solicitar directamente a sus homólogos del resto de los países de la Unión Europea pruebas (tanto las que sean resultado de una investigación por desarrollar como las que ya existan) que pueden ser incorporadas a procesos abiertos en España.

También podrían requerir información contenida en bases de datos directamente accesibles a la autoridad de ejecución; declaraciones de testigos, peritos, víctimas, investigados o acusados, medidas de investigación no invasivas definidas así con arreglo al Derecho nacional del Estado de ejecución, la identificación de personas que sean titulares de un número de teléfono o una dirección IP determinados.

Y al revés.

En la DIR OEI también figuran disposiciones detalladas sobre medidas de investigación (traslados temporadales, vídeo y teleconferencias, informaciones bancarias o intervención de telecomunicaciones.

El Ministerio recuerda que «si bien la directiva establece la obligación de los Estados miembros de incorporar la norma a sus respectivos ordenamiento jurídicos antes del 22 de mayo de 2017, la gran mayoría de los Estados miembros aún sigue trabajando en la transposición de la norma a su derecho interno».

 

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