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La multimillonaria multa a Google por prácticas de posición dominante de la UE busca que cambie su modelo de negocio

La multimillonaria multa a Google por prácticas de posición dominante de la UE busca que cambie su modelo de negocio
Javier Puyol, socio director de Puyol Abogados.
15/6/2017 04:58
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Actualizado: 24/6/2020 16:46
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Recientemente se ha conocido que a la empresa Alphabet, matriz del buscador Google, se le ha impuesto la mayor multa antimonopolio o abuso de posición dominante que ha impuesto nunca la Unión Europea, al sancionarle, precisamente, con una multa de 2.424 millones de euros.

Jurídicamente la razón de dicha multa estriba al parecer en el hecho de vulnerar la competencia en el mercado de las búsquedas por Internet, y de manera específica se justifica en los servicios derivados de las comparativas de precios, toda vez que presuntamente según las informaciones que se han difundido, y las declaraciones que se han efectuado por la Comisaria Europea de la Competencia, Google desde el año 2.008, alteraba artificialmente los resultados de Google Shopping, su servicio de comparador de precios, para situar bien a sus productos y relegar a los de la competencia.

Esto quiere decir que a los usuarios se les priva de ver los resultados más relevantes para sus búsquedas, mientras que sus rivales, al ver cómo los abusos de Google les perjudicaban, tenían menos incentivos para innovar.

Según la Comisión Europea, las prácticas de Google al parecer favorecían sus propios servicios y anuncios de pago sin que los usuarios sean conscientes del trato discriminatorio que ello lleva consigo.

Google Shopping, un servicio que antes de 2013 recibía el nombre de Froogle, permite a los consumidores buscar y comparar precios de todo tipo de tiendas, y que según la Comisión Europea, por medio del mismo se daba preeminencia a su propio servicio, colocando en los primeros lugares del buscador sus productos, aunque los mismos, no fueran los más beneficiosos e idóneos para sus clientes, y al parecer, ello no se quedaba solamente ahí, sino que mediante la adición de nuevos criterios a sus algoritmos de búsqueda, presuntamente se retrasaba la posición ocupada en dicho buscador por sus rivales.

Según se ha conocido, para llegar a tomar dicha decisión los servicios europeos de Competencia han rastreado cerca de 1.700 millones de consultas de usuarios de Google, lo que ha permitido llegar a crear tales evidencias, y en palabras de la Comisaria de Competencia, lo que Google ha hecho es ilegal bajo las normas europeas.

Niega a otras compañías la oportunidad de competir en igualdad de condiciones e innovar.

Y lo más importante: niega a los consumidores europeos una verdadera elección de servicios y los beneficios completos de la innovación, concretándose en el hecho de que las evidencias obtenidas muestran que incluso los rivales mejor posicionados aparecen de media sólo en la cuarta página de resultados del buscador, y todo ello tiene una trascendencia mucho mayor de lo que aparece, pues según ha declarado dicha Comisaria.

Es demoledor, pues los 10 primeros resultados de la primera página de Google generalmente reciben aproximadamente el 95 % de todos los pinchazos en una búsqueda de un usuario. Cuando la búsqueda se hace desde un ordenador, que tiene una pantalla grande, el primer resultado de media se lleva el 35 % de los pinchados.

El mejor resultado de la segunda página, apenas el 1% de los clicks. Cuando se busca a través de dispositivos móviles la diferencia es incluso mayor. Por eso al dar a sus productos un puesto preminente Google daba a su servicio una significativa ventaja respecto a sus rivales.

En términos legales no es jurídicamente lo mismo el concepto de “posición dominante” que la situación de “abuso de posición dominante”.

La explicación técnica de la imposición de la multa se basa en el hecho de que Google da a su servicio una significativa ventaja respecto a sus rivales.

Por ello, la UE pide a Google que cambie su modelo de negocio.

No se trata de defender al buscador, sino de proteger las nuevas formas de hacer que trae la economía digital, que pulverizan las barreras tradicionales y a las que hay que dar respuestas legales novedosas.

Para ello, lo primero que hay que hacer de verdad es conocer por dónde viene el futuro, pensar en los ciudadanos y no hacer caso a las presiones del sistema establecido.

Según Alphabet, las acusaciones de Bruselas son infundadas y estudia la mejor forma de recurrir la decisión al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

Las alegaciones de Alphabet giran sobre tres ejes: siempre han promocionado anuncios relacionados con búsquedas orgánicas de los usuarios, no existe correlación entre el tráfico que reciben las webs competidoras de Google Shopping y los cambios realizados en el servicio (unas ganarían usuarios y otras los perderían) y los competidores de Google en este mercado están mal definidos.

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