Un mes de «Juzgados trampa» hipotecarios
Carlos Lesmes, presidente en funciones del Consejo General del Poder Judicial, al comienzo de su mandato, hace 5 años y 8 meses. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Un mes de «Juzgados trampa» hipotecarios

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01/7/2017 04:55
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Actualizado: 30/6/2017 21:00
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El de los juzgados hipotecarios «trampa» va a pasar a la historia como uno de los mayores fiascos organizativos que se conocen por parte de quienes «organizan» nuestro sistema judicial.

Hay quien, a la vista de las proporciones del fiasco, considerará incluso que un error tan evidente y predecible no puede ser un error sino que ha tenido que ser buscado de propósito para beneficiar a alguien y será entonces cuando quienes así piensen comenzarán —como de hecho ya han comenzado— a afirmar que el propósito real de la medida es favorecer a la banca frente a los consumidores.

No entraré en eso, pueden elegir ustedes: o incompetencia o malicia, como gusten; no seré yo quien haya de tratar de inclinarles a uno u otro extremo en ese punto.

Ha pasado un mes desde que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) —con el «placet» del Ministro de Justicia— instaurase un sistema que, según ellos, debería hacer frente al aumento de litigios relacionados con las cláusulas abusivas que presentan las hipotecas en España.

Ha pasado un mes, como decimos, y comienzan a aparecer datos del funcionamiento de este sistema, construido sobre 54 juzgados únicos provinciales que ponen de relieve la absoluta insensatez de la medida.

En este artículo trataremos de repasar esos datos y, para ello, usaremos como términos de comparación la provincia más poblada de España y —por razones obvias— la mía. Como veremos, en ambos casos, la medida adoptada por el CGPJ se revela como un auténtico fiasco. Comprobémoslo.

Comencemos por la provincia más poblada de España (Madrid), una provincia que cuenta con más de 200 juzgados civiles capacitados para conocer de este tipo de demandas y que, sin embargo, siguiendo las directrices del CGPJ, ha encomendado a un sólo juzgado (el Instancia 101) el conocimiento de todas las demandas de este tipo.

En tan sólo 15 días este juzgado recibió 1.102 demandas lo que, de mantenerse la tasa, dará lugar a unas 2.200 demandas al mes.

Teniendo en cuenta que un juzgado con 1.000 demandas al año ya está colapsado podemos afirmar sin ningún género de dudas que, de mantenerse este ritmo, este juzgado madrileño recibirá cada mes una carga de trabajo igual a la que recibirían dos juzgados iguales en dos años: una auténtica locura.

Alternativa

Si, en cambio, estos 2.200 asuntos se hubiesen distribuido entre los más de 200 juzgados de Primera Instancia de Madrid, cada uno de ellos no tocaría ni a diez demandas; una cifra absolutamente digerible a pesar de la lamentable carencia de juzgados en nuestro país y de la pésima relación juez/habitante que exhibe.

Faltan jueces, sin duda, pero si, además, encargas a uno solo lo que podrían hacer más de 200 lo que estás provocando es un atasco cuyas proporciones no pueden pasar desapercibidas a nadie.

Por tanto, por lo que a Madrid respecta, podemos afirmar sin ningún género de dudas que el juzgado YA está colapsado según se advirtió al CGPJ.

No ha hecho falta ni un mes, han bastado 15 días, juzguen ustedes mismos.

Por lo que respecta a la Región de Murcia, conforme a los datos facilitados por el propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en este mes de junio el juzgado único encargado de tramitar el tipo de demandas que nos ocupa ha recibido 274 demandas. Si esta tasa se mantiene el juzgado único de Murcia estará colapsado en 3 meses (habrá recibido en un trimestre una cantidad de asuntos igual a la máxima que podría digerir en un año).

Si estas 274 demandas se hubiesen distribuido entre los 54 juzgados de Primera Instancia con que cuenta nuestra región apenas si habrían supuesto 5 asuntos más por juzgado.

Una medida incomprensible

A la vista de estas cifras la medida adoptada por el CGPJ en relación con este asunto resulta tan absolutamente incomprensible que es difícil no buscar más bien coartadas que explicaciones y lo es mucho más si añadimos todo el resto de circunstancias que ensucian hasta lo inaceptable la misma: la falta de medios, el recurrir a jueces en prácticas, la centralización infamante sin más beneficio que el de dificultar el acceso de los ciudadanos a la justicia…

No necesito repetirlas en este artículo, si hace usted una mínima búsqueda en la red las encontrará a cientos y suscritas por voces más autorizadas que la mía.

Visto lo visto uno no acaba de entender que el CGPJ se obstine en mantener una medida contra la que se han alzado todas las voces independientes del mundo de la justicia en España y que ha dado lugar a que incluso parlamentos autonómicos —como el de la Región de Murcia— hayan emitido su opinión unánime en contra.

¿Qué gana el CGPJ gobernando no sólo contra la opinión de todos sino contra la de los propios administrados?

Decían en la griega clásica que, a quienes los dioses quieren destruir primero le vuelven loco; pero no loco de cualquier enfermedad sino de lo que ellos llamaban «hibris», una especie de desmesura soberbia.

Pues bien, el CGPJ ha rebasado los límites de la mesura y lo ha hecho incurriendo en la más intolerable soberbia: desoyendo a sus pares (jueces y magistrados como ellos mismos); desconociendo la opinión de abogados, procuradores y el resto de los operadores jurídicos; ignorando los pronunciamientos de órganos representativos de la soberanía popular; desoyendo las quejas de las asociaciones de consumidores… Indudablemente quienes han adoptado o fomentado esta medida están poseídos por la «hibris» y su fin ya se adivina. Esperemos, por nuestro bien, que en su caída no se lleven por delante más de lo que ya se han llevado.

Vale.

Nota: Este artículo fue publicado originalmente en el blog de José Muelas

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