Carlos Lesmes, magistrado del Tribunal Supremo y expresidente del Consejo General del Poder Judicial y de ese Alto Tribunal, durante su disertación. A su izquierda, el doctor Nicolás Marchal, coordinador del curso, e Ignacio Ullo, letrado del Tribunal Constitucional, exjuez del Tribunal General de la Unión Europea y exsecretario de Estado de Interior, que introdujo a los asistentes la figura de Lesmes. Foto: CEU.

Carlos Lesmes: «Un juez mal pagado es un juez vulnerable»

16 / 07 / 2026 05:44

Un juez con problemas para llegar a fin de mes no es solo un problema laboral. Es, según Carlos Lesmes Serrano, una amenaza directa a la independencia judicial.

«Un juez mal pagado es un juez vulnerable», advirtió ayer el expresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y actual magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, durante su ponencia «Las garantías de la independencia del Poder Judicial» en el curso de verano «Justicia y Estado de Derecho» de la Universidad San Pablo CEU, en El Escorial.

La advertencia no fue retórica. Lesmes puso ejemplos concretos: «Esto ocurre mucho en países de Latinoamérica, donde en algunos países están tan mal pagados que al final acaban siendo jueces que se acaban vendiendo porque necesitan recursos para poder mantener a sus propias familias».

Para el magistrado, «una cierta dignidad retributiva de los jueces es importante para que estos sean y mantengan su independencia», aunque matizó que no se trata de que los jueces «tengan que ganar muchísimo dinero», sino de garantizarles una suficiencia económica que los blinde frente a tentaciones o presiones externas.

No es una preocupación teórica ni aislada. Lesmes recordó que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tenido que pronunciarse sobre esta misma cuestión en la sentencia de la Asociación Sindical de los Jueces Portugueses, que analizó en 2018 una rebaja salarial a la judicatura lusa en plena crisis económica; una situación que España vivió también en 2010, cuando el Gobierno recortó el sueldo a todos los funcionarios, jueces incluidos—.

El TJUE avaló entonces el recorte por tratarse de una medida generalizada y no dirigida contra la independencia judicial, pero dejó fijado un principio que Lesmes subrayó: la suficiencia retributiva forma parte del Estado de derecho, y este es uno de los fundamentos de la Unión Europea.

Una garantía entre muchas, pero no menor

La dignidad retributiva fue solo uno de los mecanismos objetivos que Lesmes enumeró para proteger la independencia judicial, dentro de un repaso más amplio a las garantías recogidas en el artículo 117 de la Constitución.

Pero el magistrado le dio un peso singular, situándola junto a otros dos pilares: un sistema de acceso a la carrera judicial basado en mérito y capacidad —»a nadie se lo debo el ser juez», resumió sobre el sistema español de oposiciones públicas— y un régimen disciplinario «no intrusivo», que impida usar los expedientes sancionadores como instrumento de presión contra jueces incómodos.

Puso como ejemplo el caso de Polonia, donde una reforma del régimen disciplinario judicial obligó a la Comisión Europea a llevar al país ante el Tribunal de Justicia de la UE por poner en riesgo la independencia de sus jueces.

El resto de la ponencia

Lesmes abrió su intervención con una leyenda de hace tres siglos: Federico el Grande de Prusia quiso anexionarse un molino para ampliar los jardines de su palacio de Sanssouci, en Potsdam, y el molinero, al negarse a vender, le respondió: «Sire, todavía hay jueces en Berlín».

Los tribunales, cuenta la leyenda, le dieron la razón al molinero.

A partir de ahí, el magistrado defendió que «cuando hablamos de Poder Judicial, quizá uno de los aspectos más significativos es que los jueces controlan el poder y controlan especialmente la arbitrariedad en el ejercicio del poder desde la ley».

El magistrado dedicó buena parte de su intervención a rebatir lo que consideró una falacia extendida: la contraposición entre principio democrático y Estado de derecho.

«No hay democracia sin un Estado de derecho, porque las democracias se gobiernan por las leyes que expresan la voluntad de la mayoría«, sostuvo, citando a Cicerón y su idea de que los ciudadanos son «esclavos de las leyes para poder ser libres».

Lesmes también recurrió al jurista alemán Gustav Radbruch, quien tras la Segunda Guerra Mundial advirtió en su célebre ensayo Fünf Minuten Rechtsphilosophie (Cinco minutos de filosofía del Derecho) que identifica la ley con la simple voluntad del gobernante conduce inevitablemente a la tiranía.

«Cada juez es independiente, no el estamento en su conjunto»

Uno de los pasajes más didácticos de la ponencia fue la distinción entre la independencia del Poder Judicial como institución y la de cada juez individual. Lesmes quiso desmontar la idea, recurrente en el debate público, de que los jueces actúan de forma coordinada:

«Ningún juez depende de lo que diga otro juez, ni depende de lo que diga el presidente de su tribunal, ni depende de lo que diga el Presidente del Tribunal Supremo, ni depende de lo que diga el Consejo General del Poder Judicial», afirmó, recordando que ni siquiera él, en sus años al frente de ambas instituciones, tuvo capacidad —ni voluntad, subrayó— de dar instrucciones a ningún juez.

Como ejemplo de los límites de la designación política, recordó la anécdota —posiblemente apócrifa, según reconoció el propio Lesmes— del presidente Eisenhower, quien al dejar la Casa Blanca dijo que sus dos mayores errores «se sentaban en el Tribunal Supremo»: dos jueces que él mismo había nombrado y que después actuaron con plena independencia.

El «gobierno de los jueces» y la polémica del CGPJ

Lesmes abordó de forma directa la controversia sobre el sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, vigente desde la reforma de 1985, por la que los 20 vocales son designados por las Cortes Generales.

Sin entrar a valorar alternativas, defendió que, más allá del debate sobre el modelo, «los jueces españoles actúan con una gran independencia, y esto es una realidad» y que el Consejo «ha cumplido con su misión esencial» desde su creación en 1980.

Citó el precedente italiano —la fallida reforma constitucional de Giorgia Meloni sobre el Consejo Superior de la Magistratura, rechazada en referéndum— como muestra de que la polémica sobre el gobierno de los jueces no es exclusivamente española.

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