Bankia, condenada a pagar medio millón de euros por colocar un swap a una cooperativa de profesores

Bankia, condenada a pagar medio millón de euros por colocar un swap a una cooperativa de profesores

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18/10/2017 05:59
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Actualizado: 17/10/2017 20:25
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El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid ha condenado a Bankia a resarcir a una cooperativa de profesores por los daños y perjuicios ocasionados por incumplimiento de mandato en la colocación de swaps, una suma que asciende a 552.650 euros, junto con el coste de cancelación del producto, en un caso defendido por Zunzunegui Abogados.

Según indica la sentencia, Bankia empujó al cliente a una “posición especulativa” al condicionar la disposición del crédito a la contratación de una cobertura del 75% de la suma total.

Los hechos juzgados se remontan a 2010, cuando la cooperativa de profesores demandante fue la adjudicataria de unas parcelas para la construcción de un colegio concertado y confió la financiación a Caja Madrid, actual Bankia.

La entidad condicionó entonces la disposición del crédito a la contratación de una cobertura del tipo de interés, un swap, por al menos el 75% del importe del crédito y del periodo de amortización.

El swap, según recoge la sentencia, consiste en un “producto financiero de alto riesgo no comprensible por cualquier persona” y que su “simple lectura no sirve para entenderlo adecuadamente”. 

La juez entiende probado que Bankia “obtuvo un lucro económico por la colocación del swap por un valor de 148.953,36 euros sin que se informase al cliente”, y considera que la entidad no proporcionó la información suficiente para que el cliente comprendiera el producto que estaba contratando. Tampoco le ofreció otras alternativas de cobertura más apropiadas, siendo un “claro supuesto de asesoramiento” porque la “iniciativa, la oferta, partieron del personal de la entidad bancaria”.

Fernando Zunzunegui, socio fundador de Zunzunegui Abogados, destaca que “esta sentencia confirma la viabilidad de las acciones de reclamación de daños y perjuicios por colocar swaps inadecuados en el marco de la financiación de proyectos (‘Project Finance’). También los colegios han sido perjudicados por la colocación de productos financieros tóxicos”.

Los bancos siguen plantando cara por los swaps vía judicial

Para este experto jurista, la contienda de las entidades financieras con los swaps sigue muy abierto “afectan sobre todo a empresas, muchas veces a pymes. Se han colocado de forma inadecuada generando pérdidas ruinosas. Pocos bancos negocian transacciones. Para recuperar las pérdidas y dejar de pagar liquidaciones es necesario demandar”.

E indica que “Los swaps son a las empresas lo que las cláusulas suelo a los consumidores. Hay algún banco que comercializó swaps vinculados a préstamos hipotecarios con consumidores. Pero no es lo habitual. Preferían incluir suelos con el mismo efecto económico que los swaps. En unos y en otros el cliente no puede beneficiarse de las bajadas de los tipos de intereses naturales en tiempos de crisis”.

Volviendo a este asunto, el fallo resalta que atendiendo  a las exigencias del Banco de España para la comercialización de este tipo de productos, la entidad debía haber suministrado al cliente el “soporte informativo necesario” que incluyera un cuadro con la cuantificación de las “liquidaciones en función de los distintos escenarios de tipo de interés”, extremo que Bankia no cumplió.

Asimismo, según recoge la sentencia, Bankia condicionó la disposición de la suma del crédito a la contratación de una cobertura de al menos el 75% del total, empujando al cliente a mantener una “posición especulativa” e incurriendo en mala praxis. “Si el producto se hubiera contratado cuando se había dispuesto de la totalidad del préstamo”, prosigue la sentencia, el cliente se habría ahorrado más de 1 millón de euros.

Este tipo de asuntos que necesitan de un conocimiento profundo de la materia ponen de manifiesto a juicio de Zunzunegui que “ es necesario acudir a un abogado especializado para que analice su caso y, si es viable, demandar. Ya contamos con una consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo que permite valorar el caso antes de demandar”.

Reforma hipotecaria no arregla el problema de los productos complejos

Desde su punto de vista aunque ahora el Gobierno habla de reforma hipotecaria siguen sin tomarse medidas para evitar la comercialización de estos productos financieros “Se  mantienen las mismas normas y la misma indisciplina”.

 Y subraya que “desde el Gobierno se han promovido los “disclaimers legales”, descargo de responsabilidad legal. Esta es la única novedad. Se hace firmar al consumidor de puño y letra que conoce que por su complejidad y riesgo el producto no es conveniente para él y que acepta contratarlo”.

Para Zunzunegui, esta medida no ayuda mucho al propio usuario final “estas expresiones manuscritas no protegen al consumidor. Van destinadas a crear seguridad jurídica a la banca para blindarla frente a futuras reclamaciones.

Respecto a la reforma señala que “al anteproyecto de ley de crédito inmobiliario va más allá. Convierte a los notarios en profesores y evaluadores de los consumidores en materia de cláusulas suelo, multidivisas y otras complejidades hipotecarias. Deberán levantar acta del aprobado en finanzas derivadas del consumidor, con la expresión manuscrita reconociendo que controlan las finanzas derivadas”.

En opinión de Zunzunegui, “el uso de estos “disclaimers legales”, con expresiones manuscritas de aceptación de riegos, son contrarias a las buenas prácticas financieras y a los criterios de la autoridad europea ESMA. No es el camino para proteger al cliente”.

Por último, le preguntamos si como ha señalado primero la presidenta del CGAE hace meses y recientemente el PSOE en el Parlamento es buen momento de modificar el criterio de costas procesales de vencimiento a temeridad. “Las reglas del juego deben cambiarse lo menos posible. El ordenamiento nunca respalda el abuso de derecho. Las demandas temerarias tienen poco recorrido. Basta con aplicar la vigente ley procesal para desincentivar el abuso procesal”.

SENTENCIA Bankia-swaps_Censurado

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