El SAS indemnizará con 1 millón de euros a un bebé por las secuelas del parto

El SAS indemnizará con 1 millón de euros a un bebé por las secuelas del parto

14 / 11 / 2017 12:05

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud  (SAS), Zurich Insurance PLC, a indemnizar con 1.174.202 euros a un niño de 3 años, y con 154.110 euros, más interesas y costas, y a su madre por las graves secuelas producidas durante el parto en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla.

La sentencia, que es firme, ha sido dictada por el juzgado de primera Instancia número 14 de Sevilla y la Sección Octava de la Audiencia Provincial sevillana y ha sido tramitada por María Jesús Villalpando Sedeño, adscrita a los servicios jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente‘

Los hechos sucedieron en el Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla, dependiente del servicio Andaluz de Salud, y se remontan al 25 de noviembre de 2014, fecha en que la madre del niño, estando ya cumplidas las 41 semanas y cinco días de gestación, acudió a dicho hospital para provocarle el parto. La señora era portadora de una cesárea anterior. Todo ello –parto inducido, cesárea anterior, epidural- requería el máximo control del feto.

Sin embargo, el control del bienestar fetal fue pésimo, al punto que las gráficas de monitorización mostraban a las 3:31 h de la madrugada, del 26 de noviembre, que el feto estaba sufriendo sin que el hospital reaccionara, volviendo a presentarse otra crisis a las 4:35 de la madrugada donde la frecuencia cardiaca fetal bajó a 80 latidos por minuto.

A partir de aquí la matrona llamó al obstetra, quien supuestamente dio la orden, por teléfono, de que le pusieran oxitocina sin ver a la parturienta. Pese a toda una noche mostrando las gráficas de monitores irregularidades que obligaban a terminar el parto, el bebé no nació hasta pasadas las 06:00 de la mañana, en un parto traumático mediante ventosa, y en unas condiciones lamentables, con una gravísima parálisis cerebral, que hacen del pequeño, un niño absolutamente dependiente.

Del mismo modo, la madre, de 38 años de edad, también sufrió importantes secuelas psicológicas, que explican igualmente que sea indemnizada.

La aseguradora del SAS, ante la gravedad de los hechos, reconoció la negligente asistencia en el parto, pero consideró que al bebé solo había que indemnizarlo con la cantidad de 348.384 euros, dado que tenía pocas expectativas de vida.

Este argumento fue considerado por la magistrado de primera instancia y por la Audiencia Provincial de Sevilla de «insólito», y condujo a la aseguradora del SAS a apelar la sentencia, recurso que fue desestimado por la Audiencia provincial de Sevilla.

En este sentido la Audiencia de Sevilla insiste en que «a la hora de tratar las secuelas del niño que la esperanza de vida no es un criterio que haya tenido en cuenta el legislador en el baremo aplicado porque el único factor a considerar es el de la edad del lesionado. Este criterio es objetivo y no está supeditado a las estimaciones de quien efectúa la valoración». «El argumento de la apelante puede suponer, a lo sumo, un buen ejercicio de retórica forense, pero no se sostiene».

Dicho tribunal consideró «inaudito indemnizar en función de lo que uno cree que puede vivir un ser humano».

Señala la sentencia que «Los niños que sufren el terrible daño que ha sufrido el actor no tienen por qué ver menguado su tiempo de vida. De  los razonamientos de la apelante se condenaría a la parte actora a una suerte de “calvario” litigioso imponiéndole una continua revisión insoportable, con merma de los efectos positivos que debe tener toda sentencia. Es por ello, que recobre toda su fuerza y fuero el criterio del baremo«.

Sentencia Audiencia Provincial hipoxia bebé Hosp.Virgen Macarena Nov2017

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