Anulan una multidivisa donde tras pagar la mitad de la hipoteca debe casi lo mismo

Les vendieron un ahorro de 136.446 euros en una multidivisa que les provocó un perjuicio de 135.089 euros

16 / 02 / 2018 12:27

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:34

El pasado 24 de enero el juzgado nº 1 de Algeciras anuló la cláusula multidivisa de una hipoteca colocada a un guardia civil y su pareja por un comercial de Multihipoteca.com que les convenció con el argumento de ser “mucho más barata”. Les ofreció un “ahorro” de 136.446 euros si contratan en yenes. “De todas las divisas, la mejor y más rápida para eliminar la hipoteca es el yen”, aseguró.

“Le vendió como ahorro lo que era un producto de alto riesgo que produjo un daño similar al supuesto ahorro”, lamenta Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.

De hecho, en la única comunicación formal que mantiene con los clientes, compara la hipoteca en euros respecto a otras monedas. Frente a los 1.123,054  euros de la hipoteca normal, la hipoteca en yenes supondría 717,56 euros y en francos suizos 893,10. Así que la hipoteca en yenes supondría un ahorro total de 136.446,22. “Como podrá observar hay un gran ahorro en el préstamo multidivisa frente al de euros”, concluye el comercial.

“La tabla comparativa es insuficiente a todas luces para conocer los verdaderos riesgos del producto que contrataba”, señala Navas

La sentencia también comparte que la información precontractual fue “insuficiente y engañosa” no advirtiendo de los riesgos que contraía.

En efecto, no se advirtió del riesgo de que la fluctuación de la moneda incrementase la cuota a pagar poniendo en riesgo la capacidad de pago. De hecho, las cuotas se inician en 2.189,45€ trimestrales, pero pasaron a 2.249,45, 2.163,23 y llegaron a 3.172,76 en febrero de 2012. Para entonces el capital inicialmente prestado de 209.200€ se había incrementado a 285.615,79€. “No consta hasta entonces que se hubieran apercibido que no sólo subía la cuota sino también el capital pendiente de amortización”, señala la sentencia.

La única solución que les ofrece el banco es que ejerzan la opción multidivisa y cambien la denominación de su hipoteca a libras esterlinas, una divisa “más estable que el yen japonés”, dicen en el banco. “No les dicen -sin embargo- que la opción multidivisa supone consolidar la pérdida producida hasta entonces”, añade el socio-director de navascusi.com que calcula en 24.233 el sobrecoste en cuotas y en 110.856 el sobreendeudamiento latente. Total del daño: 135.089€

En mayo de 2012, primer pago en libras esterlinas, afrontan una cuota trimestral de 3.730,29. Aunque bajaron algunos trimestres -nunca por debajo de 3.200€- en agosto y en noviembre de 2015 llegó a superar los 4.000€. “Incurrieron en un elevado riesgo debido a la volatilidad del subyacente”, concluye la sentencia, que afea que no sólo no hubiera información precontractual, sino tampoco postcontractual. “A pesar de contar con un departamento de análisis, el banco nunca le ofreció información y ayuda durante la vida de la hipoteca”, lamenta Navas.

El informe percial de Tracis Projectes Economics y Financers, ordenado por Caixa Catalunya confirma el daño producido aunque señala que “no es extrínseco a la hipoteca multidivisa sino consecuencia del tipo de cambio del yen y la libra esterlina respecto al euro”.

La sentencia también censura que no se informara del riesgo de que el capital pendiente de amortización se incrementara como consecuencia de la fluctuación de la moneda. “El consumidor medio asume que a medida que paga las cuotas va amortizando capital más intereses disminuyendo el capital pendiente de amortización”, señala el fallo.

De hecho, los clientes sólo son conscientes de que la variación del yen afecta a su capital pendiente de amortización cuando cambian a libras esterlinas. “Ni el comercial de Caixa Catalunya ni el director de la sucursal de San Roque les informaron de un riesgo tan importante como este”, lamenta Navas.

Además, la sentencia considera que “existe una clara situación de desequilibrio” al exigir al cliente que amortice el capital si supera el 5% del capital inicialmente prestado reservándose el banco la posibilidad de amortización anticipada del préstamo en caso de que no lo haga. “No sólo le endosa el riesgo de tipo de cambio, sino que pretende que el riesgo permanezca siempre estable en los niveles pactados en el principio”, explica el socio-director de navascusi.com.

Por último, la sentencia afea que la comisión del 0,3% por cambio de moneda no aparezca en la escritura de hipoteca. “Este era el verdadero negocio del banco”, señala Navas. Por eso la sentencia considera probado el “dolo omisivo” por parte de la entidad. Declara nula por abusiva la cláusula multidivisa, obliga a la entidad a recalcular la hipoteca en euros y condena al banco al pago de las costas.

“Se pone fin a un verdadero calvario de una pareja que lleva años -infructuosamente- pidiéndole al banco una solución a su problema, una hipoteca normal, como dijeron ellos; el reproche judicial es claro ante una mala práctica que desgraciadamente se cebó sobre funcionarios, empleados de aerolíneas y ejecutivos de multinacionales”.

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