El CGAE contesta a la CNMC en nombre de los 9 colegios sancionados: «No han recomendado precios» a los abogados
Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE)

El CGAE contesta a la CNMC en nombre de los 9 colegios sancionados: «No han recomendado precios» a los abogados

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13/3/2018 16:46
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Actualizado: 13/3/2018 16:47
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGPJ), organización que agrupa a los 83 Colegios de Abogados de España, ha contestado a la sanción de 1.455.000 de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a 9 de esos colegios con una respuesta rotunda: «No es cierto que los Colegios Profesionales hayan realizado recomendación de precios ni directa ni indirectamente» a los abogados

«Los honorarios de los abogados en España se fijan libremente, cuestión que es pública y notoria», añade en un comunicado hecho público hoy.

La CNMC anunció ayer que había impuesto dicha multa final,  por realizar una recomendación colectiva de precios a sus colegiados.

Los colegios afectados son siguientes: Barcelona, con 620.000 euros; Valencia, con 315.000 euros; Sevilla con 145.000 euros; Vizcaya con 125.000 euros; La Rioja con 90.000 euros; A Coruña con 65.000 euros; Santa Cruz de Tenerife con 65.000 euros; Albacete con 20.000 euros; y Ávila, con 10.000 euros. 

«El expediente abierto por la CNMC», dice el CGAE, «tiene como origen una denuncia presentada por Bankia, entidad que, tras perder numerosos juicios, ha tenido que afrontar el pago de las costas judiciales, es decir los honorarios de los abogados y los derechos de los procuradores y de los peritos de los consumidores, que tuvieron que acudir a los juzgados como única forma de resarcirse de la inversión realizada en la salida a Bolsa en 2011».

Según el Consejo de la Abogacía, «la determinación de las costas judiciales no se produce únicamente cuando ha perdido el asunto el Banco, también se determina en los casos en los que la entidad bancaria gana el asunto. Y su importe no lo fijan los Colegios de Abogados sino los juzgados y tribunales con un informe que los Colegios de Abogados deben emitir con carácter obligatorio, de acuerdo con el artículo 246 de la Ley de Enjuiciamiento Civil».

LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES HABILITA «PARA APROBAR CRITERIOS ORIENTADORES»

Desde su punto de vista, «la Ley de Colegios profesionales habilita a los Colegios de Abogados para aprobar criterios orientadores», con arreglo a los cuales deben emitir informe en los procedimientos de tasación de costas y jura de cuentas, para que, en cada caso, se determine por el órgano judicial el correspondiente importe de los honorarios de los abogados.

Por ello, «el conocimiento de esos criterios orientativos en cuanto pueden ser determinantes para el conocimiento de los costes reales de un procedimiento judicial es una garantía para el consumidor y un derecho que está reconocido en la ‘Carta de los derechos de los Ciudadanos ante la Justicia’, que fue aprobada con el respaldo unánime de todos los partidos integrantes del ‘Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia’ formalizado en mayo de  2001 que señala expresamente que ‘el ciudadano tiene derecho a ser informado por su abogado y por su procurador, con carácter previo al ejercicio de cualquier pretensión ante un órgano judicial, sobre las consecuencias de ser condenado al pago de las costas del proceso y sobre su cuantía estimada'».

LA RESOLUCIÓN VA CONTRALA JURISPRUDENCIA DEL SUPREMO, SEGÚN EL CGAE

La resolución de la CNMC va en contra, argumenta el CGAE «de la Ley y de la Jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo sino que también supone una modificación de la inicial propuesta de resolución emitida por el órgano de instrucción».

«El Consejo de la CNMC decidió desoír la ‘Propuesta de Resolución de Archivo’ emitida por la propia Dirección de Competencia de la CNMC, que instruyó el asunto, y dictó un Acuerdo de Recalificación ‘por infracción muy grave'».

ALGUNOS DE LOS COLEGIOS SANCIONADOS RECURRIRÁN

El CGAE anuncia, por último, que algunos de los 9 Colegios sancionados van a recurrir por vía contenciosa-administrativa ante la Audiencia Nacional, y que en esa misión van a contar con su respaldo.

«El Consejo pone de manifiesto que crear incertidumbre en el desarrollo de un servicio público poniendo trabas a la misión que, por ley, tienen encomendada los  Colegios de Abogados va a provocar graves perjuicios al justiciable y al propio desarrollo de la administración de justicia», concluye.

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