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Ahora todo el mundo es calificado exégeta del Código Penal

Ahora todo el mundo es calificado exégeta del Código Penal
Pancarta expuesta el pasado domingo en el partido de baloncesto Estudiantes-Real Madrid. Carlos Berbell/Confilegal.
02/5/2018 06:15
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Actualizado: 02/5/2018 10:41
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Sobre las reacciones a la sentencia del llamado caso manada algaradas callejeras, manifestación de opiniónes críticas de políticos de todos los colores e incluso, lo más grave, a mi modo de ver, la ingerencia directa del ministro de Justicia en funciones propias del Consejo General del Poder Judicial.

Descalificando personalmente a uno de los magistrados del tribunal sentenciador. Insinuando sibilinamente causas de incapacitacion o responsabilidad administrativa previa de un modo intolerable en ese cauce político.

Atentando flagrantemente a la separación de poderes, simplemente para ponerse a la cabeza del linchamiento social contra el tribunal, realizado por masas que ni habían visto el juicio ni leído la sentencia y que organizaron su orquestada protesta con anterioridad al conocimiento del fallo de la misma .

Ahora todo el mundo es cualificado éxegeta del Código Penal, o parece serlo, al opinar con toda autoridad sobre los elementos del tipo de los los delitos contra la libertad sexual como cualificados catedráticos de la materia.

Lo que pienso que se puede, y debe decirse sobre el caso, es, en primer lugar, que la clave está en determinar si en la conducta de los acusados hubo violencia o intimidación para calificar los hechos como agresión sexual.

Y no simplemente como meros abusos, a falta de consentimiento real, o presunto, de la víctima, tarea que corresponde al tribunal y, en base al principio de inmediación, en la apreciación de los hechos.

Pues bien, del relato de hechos probado los magistrados mayoritarios deducen mero prevalimiento y no intimidación amenazante.

Cuestión de apreciación valorativa de los juzgadores que, en todo caso,o será discutible y que tendrá que dilucidarse en vía de los recursos previstos, que podrán, o no, cambiar la calificación de los hechos de abusos a agresión pero no en vía del linchamiento callejero y político, ministro incluido.

En segundo lugar, en cuanto al voto discrepante favorable a la absolución, no parece estar en consonancia con el relato de los hechos declarados probados por el voto mayoritario condenatorio pero expone su fundamento de una manera muy seriamente estudiada.

Aunque no se este de acuerdo con su relato.

Finalmente, en mi experiencia profesional, como antiguo juez y fiscal, pongo de relieve la enorme dificultad de ser objetivo en este tipo de casos sin influenciarse por emociones personales internas o presiones sociales externas, y, como abogado, destacar que hay que asumir con todas sus consecuencias la posición de defensa o acusación por difícil que sea siempre recordando el derecho constitucional a la defensa.

¿Qué ocurre que algunos quieren suprimir el estado de derecho y volver a bárbaros sistemas históricos propios de pueblos incivilizados convirtiendo a las masas en jueces inquisitoriales ?

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