El impuesto sobre grandes superficies avalado por el TJUE incidirá en su competitividad

El impuesto sobre grandes superficies avalado por el TJUE incidirá en su competitividad

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04/5/2018 06:05
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Actualizado: 24/6/2020 17:30
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respondido a las cuestiones prejudiciales elevadas por el Tribunal Supremo sobre la legalidad de los impuestos sobre grandes superficies comerciales (IGEC) de Asturias, Aragón y Cataluña. La Corte de Luxemburgo considera que “son compatibles con el Derecho la UE”. Esta decisión era previsible, ya que en noviembre la Abogada General de la UE emitió un informe favorable al IGEC.

Hay que recordar que el Tribunal Supremo había elevado dos cuestiones prejudiciales ante un recurso interpuesto por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) es la más representativa del retail en España.

Esta entidad ofrece la más amplia y completa variedad de formatos comerciales, productos y marcas en todas las categorías: alimentación, hogar, electrónica, textil, ocio, cultura, etc.

Agrupa a 20 compañías de distribución: AKi, Alcampo, Apple Retail, Bricomart, C&A, Carrefour, Conforama, Costco, El Corte Inglés, Grupo Cortefiel, Eroski, FNAC, Hipercor, Ikea, Leroy Merlin, MediaMarkt, Toys`R`Us, Worten, Dufry y Electrodepot.

El TJUE se pronuncio sobre este tipo de tributos que existen en tres CCAA suponen una ayuda estatal indirecta  y si es una barrera a la libertad de establecimiento. Desde ANGED se señala que la sentencia ha sido clara y no deja resquicios para interpretaciones y se entiende que en ambas cuestiones se acomodan los tributos al ordenamiento jurídico europeo.

Ahora se está pendiente de que el Supremo dicte la sentencia definitiva sobre este asunto que se espera vaya en la misma línea.

Tras el pronunciamiento del Tribunal de Luxemburgo, ANGED considera que el IGEC puede ser legal desde el punto de vista jurídico y, sin embargo, tener unos efectos extraordinariamente negativos sobre la competitividad y el empleo de las empresas afectadas.

Para esta patronal sería bueno que  las comunidades autónomas reconsiderasen  la necesidad de mantener este tipo de figuras impositivas. Tributos como el IGEC no sólo son anacrónicos, si no que distorsionan gravemente la oferta comercial, penalizan la capacidad de crecimiento de las empresas, drenando recursos a la inversión y la generación de empleo.

Principalmente, porque grava en exclusiva a las compañías con grandes establecimientos comerciales, perjudicando gravemente su competitividad respecto de otros operadores, formatos y modelos comerciales.

Desde ANGED no hay un cálculo del perjuicio que puede suponer pagar ese gravamen , que ha tenido desde el 2000 una notable batalla judicial en diferentes frentes. Hasta ahora las tarifas aplicabas en Aragón, Asturias y Cataluña, únicas tres CCAA que tienen esos impuestos suponen entre 12 y 19 euros por metro cuadrado en la primera y 18 en las otras dos autonomías para establecimientos que oscilan entre 2.000 a  hasta 12.000m2.

Discriminación con plataformas digitales

En especial, frente a las plataformas digitales, que no están sujetas a las mismas barreras operativas, restricciones e impuestos que, como el IGEC, erosionan el negocio de las empresas. En definitiva, el IGEC penaliza gravemente a una parte de las tiendas físicas, el empleo y la generación de riqueza que proporcionan allí donde se establecen.

Precisamente en esta misma línea, hace sólo una semana, la Comisión Europea pidió reducir las barreras operativas y comerciales en España, que ya es el segundo país más restrictivo de la UE. Sobre el IGEC, Bruselas cuestionó su proporcionalidad y justificación medio ambiental, advirtiendo de que “la existencia de impuestos específicos basados en el tamaño que solo se aplican a las tiendas físicas, puede suponer para estas una desventaja competitiva en comparación con los comercios online y otras empresas”.

Los impuestos sobre los grandes establecimientos comerciales nacieron en España en el año 2000. Casi dos décadas después, los hábitos de consumo y el entorno comercial sobre el que fueron creados se ha transformado radicalmente.

A juicio de  ANGED hay que recordar  que las  empresas están inmersas en un proceso profundo de transformación digital, que afecta a todo su modelo de negocio y está requiriendo fuertes inversiones. Mientras compiten con grandes ecosistemas digitales globales que, sin una tienda física, venden las 24 horas del día productos a cualquier país de Europa.

Para este colectivo este contexto  en que la hiperregulación, la ruptura de la unidad de mercado, las restricciones operativas al ejercicio del comercio y la fiscalidad que hoy padecen sólo una parte de las empresas del sector son incompatibles con la competitividad de las empresas en el entorno digital en el que operan.

El comercio en España requiere de un marco normativo moderno, que afronte los cambios de la transformación digital y permita a todos los operadores, independientemente de su tamaño, canal o modelo de negocio competir con la misma libertad de empresa.

ANGED quiere que el marco normativo que se establezca sea el mismo, aunque se hable de tienda online o físicas y se queja del entramado normativo existente donde a veces normativas autonómicas chocan con las locales de algunos ayuntamientos. Ahora analizará este fallo y su repercusión con las empresas afectadas antes de tomar una decisión en este contexto de un asunto que llevaba años pendiente.

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