Detectan una posible estafa a personas mayores con la venta a domicilio de productos sujetos a financiación

Detectan una posible estafa a personas mayores con la venta a domicilio de productos sujetos a financiación

12 / 05 / 2018 06:00

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El despacho de Hispajuris en Santander, Aesyr & Abogados, ha conseguido que el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Santander haya estimado la demanda interpuesta por el abogado Ángel E. Sánchez y Resina frente a una editorial y su financiera para anular un contrato de compraventa de libros junto con la financiación del mismo. Se sospecha que esta conducta se está repitiendo en otros lugares de España con muchos afectados, lo que ha generado que se traslade a la Fiscalía en varias ocasiones .

La forma de actuación de este tipo de empresas es siempre la misma, contactan con personas mayores a las que abordan en su domicilio cuando se encuentran solas. Una vez en la vivienda, les engatusan con ofertas y regalos para que firmen los contratos por los que se les hace entrega de diferentes objetos tales como enciclopedias, DVD o colecciones de arte.

Junto con el contrato de compra se les hace firmar otro de financiación que les obliga al pago de un crédito que supera con creces el precio del objeto financiado.

En este caso concreto, «la cantidad superaba los 3.000 euros, de este total el precio de los libros solo suponía 400 euros. Cómo se puede ver se cobran los libros como si su precio fuera de oro. Editorial y financiera se enriquecen de forma irregular”, apunta Sánchez y Resina abogado que ha llevado varios casos de este tipo, con los mismos síntomas “son ventas que se hacen a personas solas, un día son libros, otro colecciones de arte. Nunca les informan de la financiación”.

En este caso esta persona ya jubilada detectó el tema cuando empezaron a reclamarle parte de la financiación “Fue un familiar de ella quien se dio cuenta de estas prácticas y de las salidas fuertes de dinero de las cuentas bancarias de la propia afectada». Sánchez Resina comenta que tiene una docena de asuntos parecidos entre los que destaca una señora con Parkinson que la reclaman 20.000 euros tras la venta de diferentes productos.

Este modo de operar fue el seguido con la clienta del despacho de Ángel E. Sánchez y Resina, la cual suscribió un elevado contrato de financiación con una editorial por una enciclopedia. Se interpuso demanda frente a la editorial y la financiera solicitando que se anulase el contrato y se restituyeran las cantidades abonadas.

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santander, en su sentencia del 8 de marzo, estimó íntegramente la demanda por no cumplir las empresas demandas con las exigencias que impone la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Concretamente, indica la sentencia que el contrato contraviene el art. 97 de la LGDCU al no identificar de manera precisa los bienes que se adquieren con el mismo, como también exigen los artículos 1261 y 1273 del Código Civil.

Del mismo modo, el contrato no recogía las exigencias del art. 102 de la LDGCU en relación con el desistimiento. El contrato, en palabras de la propia sentencia “resulta de difícil lectura”, algo contrario a los principios básicos de la contratación. Además, no se identificaba de forma correcta la dirección del empresario. Todos estos incumplimientos han llevado a que se declare la nulidad del contrato y, en virtud del artículo 1303 del Código Civil, los contratantes deban restituirse recíprocamente los elementos objetos del contrato.

Traslado al Ministerio Fiscal de estos abusos

Según el abogado Ángel E. Sánchez y Resina, “estos casos no sólo se han dado en Cantabria, sino que hay procedimientos idénticos en distintas comunidades autónomas” y “la similitud en los hechos ha propiciado que el Ministerio Fiscal haya iniciado diligencias de investigación por poder estar ante casos de estafa por ser el perfil del contratante siempre el mismo, personas mayores, que viven solas y carecen de recursos”.

Para este letrado “ese es un movimiento organizado en toda España formado por empresas que se relacionan de alguna manera entre ellos. También es posible que exista alguna conexión entre los vendedores que acuden a los domicilios de sus víctimas. Siempre el mismo patrón: personas solas que no desconfían y a las que se les coloca productos de diferente tipo en distintas visitas. Desde este despacho se da traslado al Ministerio Fiscal de cada caso que entra sobre esta misma problemática.

Desde este bufete, su socio director recuerda “lo importante que es por la seguridad y tranquilidad de las personas mayores que no se comuniquen con desconocidos. Y también evitar en la medida de lo posible que firmen cualquier contrato de compraventa sin que personas de su confianza, familia o abogados, hayan dado el visto bueno a dicha operación de tal forma que no sea lesiva para sus intereses”. Este jurista cree necesario la difusión en medios informativos de este tipo de asuntos para alertar a otros mayores de los peligros a los que puede estar expuestos.

En un caso, una afectada dio por error la cuenta de la comunidad de propietarios y le hicieron cargos por un importe muy elevado en los últimos meses. “En los últimos asuntos que hemos llevado sobre este tipo de temas, les reclamamos vía burofax que desistíamos del contrato y habitualmente se pasan a recoger ese material y nos devuelven el dinero con intereses. No ha sido necesario interponer demanda civil por nulidad de contrato. Pese a ello damos traslado siempre  a la Fiscalía”, apunta Sánchez y Resina.

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