Salceda Abogados, el pequeño bufete que ganó el caso Construcuatro en el Supremo «por goleada»
Antonio Salceda con la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que le ha dado la victoria en el caso Construcuatro.

Salceda Abogados, el pequeño bufete que ganó el caso Construcuatro en el Supremo «por goleada»

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20/6/2018 06:15
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Actualizado: 28/8/2020 13:13
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El campeonato del mundo de fútbol sirve como un símil perfecto para describir la proeza de Salceda Abogados, un pequeño bufete de Vigo -con despacho en Madrid-, que dirige Antonio Salceda, de 43 años. Porque su victoria, ante el Tribunal el Supremo, en el pleito contra Construcuatro, constructora vinculada, hasta 2012, con Telmo Martín, el alcalde de Sanxenxo y uno de los barones del PP gallego, tiene todo el sabor a una final del campeonato del mundo. Con el «We are the Champions», de Queen de fondo, incluido.

Construcuatro había contratado nada menos que al Real Madrid de los despachos de abogados.

Y así y todo, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, 7 magistrados –Eduardo Espín Templado -presidente-, Eduardo Calvo Rojas, María Isabel Perelló Domenech, Diego Córdoba Castroverde, Ángel Ramón Arozamena Laso, Fernando Román García, y José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, este último ponente-, le ha dado finalmente la razón, desestimando el recurso de casación de Construcuatro, que articuló 13 motivos para impugnar la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

13 motivos que fueron desestimados uno detrás de otro.

El Supremo ratificó la sentencia del TSXG -que a su vez era la sanción impuesta por la Xunta-, en la que se declaraba probado que la promotora Construcuatro había inflado, en hasta 34.000 euros, los precios de las viviendas que había levantado en el número 25 de la calle de Teixugueiras, en el barrio vigués de Navia, alegando «mejoras» sin ninguna base.

Número 25 de la calle Teixugueiras, en el barrio vigués de Navia, donde se cobraron los sobreprecios por los que ahora ha condenado el Supremo a Construcuatro. Google.

Dicha sentencia establecía una multa de 2.470.000,02 euros, por la comisión de la infracción tipificada como muy grave en el artículo 54.1 de la Ley General de la Vivienda de 2003, más 1,2 millones en indemnizaciones a los vecinos perjudicados y la inhabilitación para participar en promociones de viviendas de protección oficial, o declaradas protegidas por la Comunidad, por un plazo de 6 años.

A lo que había  que añadir la condena en costas. 4.000 euros, más IVA, a cada una de las partes recurridas, es decir, 120.000 euros.

«La verdad es que gran parte del éxito es de mi compañera María Cristina Cores, por cómo articuló la respuesta al recurso de casación de Construcuatro en el Tribunal Supremo», explica Salceda.

El socio director de este bufete representaba a 30 de los 62 damnificados que habían comprado pisos de protección autonómica.

Fue en 2006 cuando dos de esos compradores pusieron una denuncia al descubrir que la constructora había impuesto sobreprecios -entre 10.000 y 35.000 euros- que, según los casos, ni figuraban en el contrato de venta ni en la escritura y que, además, se pagaban «en negro».

«Construcuatro negó los hechos, aunque admitió, de forma implícita, los pagos al realizar después una declaración complementaria a Hacienda para eludir el delito fiscal», cuenta Salceda.

Ese fue el hilo de la madeja que finalmente se ha deshecho en el Supremo.

LOS SOBREPRECIOS ESTÁN PROHIBIDOS

Aunque la denuncia fue archivada en vía penal, porque la Justicia consideró que no había pruebas suficientes que demostraran el engaño, la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, le impuso el castigo ratificado ahora por el Supremo, que luego ratificó el Jefe Territorial de Pontevedra.

«La ley es clara y taxativa. No se puede cobrar sobreprecio alguno en un piso protegido por ningún motivo. Y eso es lo que había ocurrido. Así de simple», afirma.

Construcuatro recurrió por vía contenciosa ante el TSXG, que le dio el revolcón conocido, y después en casación ante el Tribunal Supremo.

Una de las razones que Garrigues argumentó ante el Alto Tribunal fue la vulneración del derecho de defensa y el derecho a  utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, garantizados por el artículo 24 de la Constitución.

«Debemos rechazar, asimismo, el extremo del motivo de casación en que se denuncia la infracción del artículo 24 de la Constitución, en cuanto consideramos que carece de fundamento la imputación que se formula de la sentencia impugnada de incoherente, por resultar -según se aduce- ilógica y equivocada la motivación que contiene acerca de la alegación de caducidad, respecto del dies a quo considerado para el levantamiento de la suspensión acordada», dice el fallo.

El magistrado ponente, José Manuel Bandrés, desmontó esa argumentación y las 12 restantes: vulneración de las reglas procesales, nulidad de la resolución sancionadora de la Xunta, vulneración del principio «non bis in ídem» (no se puede juzgar a nadie dos veces por la misma cosa), vulneración de la garantía de imparcialidad en los procedimientos administrativos sancionadores, vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, infracción de los principios de legalidad y tipicidad, o infracción de la jurisprudencia aplicable, entre otros.

MUCHO TRABAJO DETRÁS

Salceda reconoce que el éxito sabe dulce, pero recuerda que detrás hay mucho trabajo.

«Somos un despacho especializado en civil, penal, contencioso-administrativo y, por supuesto, derecho inmobiliario. Ha sido esa confluencia, y, por supuesto, el hecho que de conocía a los primeros denunciantes, los que nos posibilitó hacernos con el caso. ¿Que si me ha llamado mucha gente para felicitarme? No crea, pero la noticia ya se está conociendo», asegura.

David, otra vez, ha vuelto a ganar a Goliat, esta vez no con una honda, sino con algo mucho mas simple: el ejercicio del derecho.

Seguro que el socio director de Salceda Abogados recordará siempre esta victoria. Como aquella de la selección española, el 11 de julio de 2010, cuando Andrés Iniesta, a pocos minutos del final, le coló el gol definitivo a la selección de Holanda y le dio a España su primera Copa del Mundo de fútbol.

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