La alcaldesa de Berga, Barcelona, inhabilitada 6 meses por no descolgar la bandera separatista
Montse Venturós, alcaldesa de Berga, un pequeño municipio de 16.115 habitantes del norte de la provincia de Barcelona.

La alcaldesa de Berga, Barcelona, inhabilitada 6 meses por no descolgar la bandera separatista

La mantuvo colgada durante las elecciones catalanas y las generales de 2015.
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21/6/2018 17:39
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Actualizado: 21/6/2018 17:39
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El Juzgado Penal 2 de Manresa (Barcelona) ha condenado a la alcaldesa de Berga, Montse Venturós (CUP), a seis meses de inhabilitación por mantener la bandera separatista en el balcón del Consistorio durante las elecciones catalanas del 27-S y las generales del 20-D, ambas en 2015.

También ha sido condenada a una multa de 540 euros, y tendrá que pagar las costas del juicio, tal y como reclamó la Fiscalía.

La Junta Electoral requirió al Ayuntamiento en ambos comicios la retirada de la enseña indepedentista, bajo la advertencia de que de no hacerlo incurriría en delito electoral.

No obstante, la alcaldesa no hizo ningún caso.

Finalmente acabaron retirándola los Mossos d’Esquadra por orden judicial.

Por estos hechos, el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Berga la citó a declarar el 5 de abril de 2016 y el 17 de octubre de ese mismo año, pero no se presentó a ninguna de ellas.

En la segunda ocasión en la que fue citada, Venturós anunció, a través de un comunicado del Ayuntamiento, que tampoco se personaría ante el juez: «Hoy volveré a desobedecer y no iré al juzgado, sino que declararé ante el pueblo, que es a quien me debo».

DETENIDA TRAS PLANTAR AL JUEZ

Tras haberse desentendido de cuatro citaciones, el juez de instrucción de Berga ordenó la detención de la alcaldesa.

Venturós fue arrestada en su domicilio en noviembre de 2016.

El juicio se celebró en mayo de 2017.  La cupera aseguró que se trataba de “un juicio político”, y alegó que la voluntad popular está por encima de la ley. 

El juzgado de Manresa ha condenado a la primera edil atendiendo la petición de la Fiscalía de seis mes de inhabilitación y una multa de 540 euros.

El texto de la sentencia recoge que en su interrogatorio como acusada, Venturós no solo se apoyó en la decisión del Pleno municipal de colgar la «estelada», sino en «la de hacer caso omiso a todo lo que viniese de los tribunales y juzgados».

También constata que la bandera seguía colgada en periodo electoral en 2015, por lo que «no es posible escudarse» en el acuerdo del Pleno del 6 de septiembre de 2012 aunque la decisión municipal sea anterior a la de la Junta Electoral, porque prevalece la resolución de este órgano ya que una de sus funciones es garantizar la neutralidad cuando hay comicios.

DECIDIRÁ EN UNOS DÍAS SI RECURRE O NO

La decisión de la magistrada puede ser recurrida a la Audiencia de Barcelona en el plazo de diez días, por lo que todavía no es firme. Venturós decidirá en unos días si presenta recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona a la sentencia que la condena.

En declaraciones a Europa Press, su abogado, Benet Salellas, ha lamentado que la sentencia no ha entrado en el fondo del debate que plantearon en el juicio: si debe prevalecer la voluntad municipal frente a otras decisiones de órganos que no tienen «tanta legitimación».

«La sentencia no entra a resolver el conflicto que supone que un ayuntamiento, por un lado, acuerde por unanimidad, de manera reiterada y clara hacer una cosa concreta, y que un órgano sin tanta legitimación, y que puede actuar en base a denuncias de grupúsculos de extrema derecha, pueda acabar imponiéndose ante la voluntad municipal», ha argumentado.

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