Cómo protege la CNMV al inversor en la intervención de las empresas colocadoras de ICO

Cómo protege la CNMV al inversor en la intervención de las empresas colocadoras de ICO

La compra de criptomonedas se mueve en un espacio no regulado y de fenómeno transfronterizo, lo que provoca que no tenga garantías asociadas a los productos financieros
|
07/7/2018 06:15
|
Actualizado: 06/7/2018 22:43
|

Las empresas de servicios de inversión (ESI) estarán obligadas, a partir de ahora, a supervisar de modo general y a validar la información en relación a las colocaciones de Ofertas Iniciales de Monedas (ICO, por sus siglas en inglés).

Con esta medida, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha adaptado las obligaciones de las ESI que lo que hacían hasta el momento era una investigación más exhaustiva  pero no una validación y supervisión de modo general.

Para el organismo regulador, teniendo en cuenta que las ICO suelen lanzarse por cuantías inferiores a las operaciones normales de salidas a Bolsa o ampliaciones de capital, la supervisión general garantiza la información y protección suficiente a los inversores.

Respecto a la validación de la información, la CNMV señala que la entidad autorizada deberá asegurarse de que la oferta sea «clara, imparcial y no engañosa y se refiera a las características y los riesgos de los valores emitidos, así como a la situación jurídica y económico-financiera del emisor de una manera suficientemente detallada para permitir la toma de decisión fundada».

Exchange de criptomonedas

Respecto a las plataformas de negociación o ‘exchange‘ de criptomonedas u otros criptoactivos, la CNMV recomienda que, dada la laguna legal existente, deberían quedar sujetas, al menos, a la normativa de blanqueo de capitales y a los principios de la normativa del mercado de valores.

En este sentido, considera que a este tipo de plataformas se les deberían aplicar, como mínimo, normas de custodia o registro, de gestión de conflictos de interés entre clientes y de transparencia en materia de comisiones, además de la normativa antiblanqueo. La recién aprobada Quinta Directiva para luchar contra el lavado de activos, ya incluye un amplio tratamiento de estas divisas virtuales.

Estas medidas, no obstante, se refieren exclusivamente al caso de que la actividad de estas plataformas se centre en criptomonedas u otros criptoactivos que no tengan la consideración de instrumentos financieros.

Riesgos de las ICO de criptomonedas

En el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018, Hacienda advierte de que la utilización por el crimen organizado de criptomonedas tipo bitcoin como medios de pago, es “uno de los desafíos más exigentes en la actualidad”.

Como trasfondo, el mercado financiero ha abierto numerosas actuaciones de captación de fondos de inversores para financiar proyectos a través de las ofertas iniciales de criptomonedas (ICO). Y lo hace con la tecnología de registro descentralizado blockchain. En una ICO, una sociedad o persona física emite monedas o tokens y las pone a la venta a cambio de moneda tradicional o, más habitualmente, de monedas virtuales como el bitcoin.

Sin embargo, que se mueva en un espacio no regulado y sea un fenómeno transfronterizo, hace que la compra de criptomonedas no tenga garantías asociadas a los productos financieros.

De ahí las advertencias de la CNMV y del Banco de España que advierte, además, de que los tokens emitidos en una ICO o los productos financieros referenciados a criptomonedas tampoco estarían sujetos a regulación según estén estructurados o dónde se encuentre la residencia de sus emisores.

Y es que, si los distintos actores implicados en la emisión, custodia y comercialización de criptomonedas no se encuentran localizados en España, la resolución de cualquier conflicto podría quedar fuera del ámbito competencia de las autoridades españolas.

En el caso de comercialización directa, es cuando debe tenerse especialmente en cuenta el riesgo de blanqueo, sin perjuicio de que los proveedores de servicios de cambio de este tipo de monedas por las fiduciarias y los prestadores de servicios de monederos virtuales vayan a quedar bajo el foco con la Quinta Directiva.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Áreas y sectores