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El contenido de la discordia del Estatut de Cataluña

¿De aquellos barros estos lodos?

11 / 07 / 2018 06:15

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Desde que la cuestión independentista catalana llegara a sus máximas cotas de crispación y falta de diálogo, hay un mantra que se mantiene constante para echarle la culpa de lo que pasa desde todas las posiciones: los artículos desaparecidos del Estatut tras la Sentencia del Tribunal Constitucional en 2010.

El 9 de julio de 2010, el TC notificó la resolución en la que declaró inconstitucionales 14 artículos, interpretaba otros 24 y avaló el resto de los 245 artículos y disposiciones del estatuto.

Este es el contenido de la discordia:

1.- Si bien no declaró inconstitucional la definición de Cataluña como nación que figura en el preámbulo, al considerar que esta parte del Estatut en ningún caso es jurídicamente vinculante, se precisaba que «la Constitución no conoce otra que la Nación española» y remarcaba la indisoluble unidad de España como nación.

2.- El TC defendió el castellano como lengua vehicular en territorio catalán al sostener que «debe dársele idéntico tratamiento que al catalán». Además, al contrario de lo que decía el Estatut, consideró que el deber de conocer el catalán «no es jurídicamente exigible con carácter generalizado» y anuló el carácter  «preferente» de la lengua catalana en las instituciones.

3.- Calificó de «evidente exceso» la creación de un poder judicial propio enmarcado en el Consejo de Justicia de Catalunya.

4.- Declaró inconstitucional pretender que los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias tuvieran carácter vinculante con relación a los proyectos de ley y las proposiciones de ley del Parlamento que desarrollaran o afectara a derechos reconocidos por el Estatuto.

5.- En el ámbito fiscal, se declaró inconstitucional el inciso del apartado 3 del art. 206. El precepto, que ve desaparecer lo subrayado, establecía que «los recursos financieros de que disponga la Generalitat podrán ajustarse para que el sistema estatal de financiación disponga de recursos suficientes para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás Comunidades Autónomas, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del Estado del bienestar prestados por los diferentes gobiernos autonómicos puedan alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado, siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar. En la misma forma y si procede, la Generalitat recibirá recursos de los mecanismos de nivelación y solidaridad. Los citados niveles serán fijados por el Estado».

6.- También en materia de financiación local, se eliminó que esta competencia de la Generalitat  «puede incluir la capacidad legislativa para establecer y regular los tributos propios de los gobiernos locales».

Artículos interpretables 

El Constitucional no declaró inconstitucionales otros 24 artículos «siempre que se interpreten en los términos establecidos en los fundamentos jurídicos de la sentencia» sobre derechos históricos, derechos lingüisticos, competencias exclusivas y ejecutivas de la Generalitat, consultas populares o cesión del IRPF y del IVA.

La reunión secreta de Zapatero con Más para definir Cataluña como nacionalidad

En enero de 2006, con el texto del Estatut ya en las Cortes, el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero se reunió en secreto con el líder de CiU, Artur Mas, para pedirle ciertos cambios en el texto que había salido del Parlament como incluir el término «nación» en el preámbulo, y no en el primer artículo y definir Cataluña como «nacionalidad» en el articulado. Además, pactaron la creación de una Agencia Tributaria propia y la cesión del 50% de los impuestos.

El 30 de marzo de 2006, el Congreso aprobó el Estatut sin los artículos que hacen referencia a: selecciones deportivas catalanas, transferencia de puertos y aeropuertos a la Generalitat, así como su gestión y que Cataluña se convirtiera en una circunscripción electoral independiente en las elecciones al Parlamento Europeo.

Luz verde definitiva de las Cortes y crisis entre los separatistas

El 10 de mayo de 2006, quedó sentenciado por las Cortes el Estatut cuando el Pleno del Senado lo aprobó sin introducir cambios con 128 votos a favor (PSOE, CiU, PSC, ICV, PNV, CC, IU y BNG), 125 en contra (PP) y seis abstenciones (ERC, PAR y EA).

ERC forma parte del tripartito en el gobierno catalán que presidía el socialista Pascual Maragall y, sin embargo, piden el no ante la convocatoria de referéndum para que Cataluña apruebe su Estatuto. Esto provocó la convocatoria de elecciones. El referéndum se saldó con el 72,9% de los votos a favor del nuevo texto y un nivel de abstención superior al 50%.

El Estatuto entró en vigor y, por su parte, el Partido Popular presentó diferentes recursos de inconstitucionalidad.

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