¿Cuáles son las principales novedades de la Ley de Contratos del Sector Público?

Las empresas interpondrán más recursos en los procesos de licitación con la nueva Ley de Contratos

Los licitadores podrán 'auditar' y vigilar todas las fases del proceso para que haya mayor transparencia

19 / 07 / 2018 06:15

Actualizado el 23 / 02 / 2026 16:13

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La principal alerta que detectan los expertos en esta primera etapa de implementación de la nueva Ley de Contratos, con cuatro meses de vacatio legis, es que habrá un incremento importante del volumen de los recursos en los procesos de licitación.

Y aunque la ley establece la creación de la Oficina de Supervisión de la Contratación, cuyos dictámenes contribuirán a homogeneizar la práctica de contratación en los diferentes entes públicos, lo cierto es que hasta que no haya cierta norma existe en el sector cierta incertidumbre en lo que concierne a su aplicación.

Así lo pusieron de manifiesto ayer Irene Fernández Puyol y Miguel Ángel García Otero, expertos del despacho Gómez-Acebo & Pombo (GA_P) reunidos en una jornada por la Asociación de la Empresa Familiar de Madrid (ADEFAM).

Mayor transparencia y fin a las prácticas colusorias

Entre los múltiples aspectos novedosos que aporta la ley, los especialistas de GA_P destacaron la mayor transparencia que se introducirá en los procesos de licitación, tras fijar la obligación de que se publiquen a través de internet los expedientes completos de licitación y las posibles modificaciones contractuales.

Esta cuestión fomentará que los licitadores puedan «estar vigilantes a lo largo de los procesos» y, llegado el caso, poder formular sus recursos.

Asimismo, se refirieron al tratamiento que tendrán las UTE (Unión Temporal de Empresas), una figura muy común en determinados tipos de licitación pública y que «a partir de ahora será examinada con detalle con el fin de evitar prácticas colusorias o limitativas del libre mercado», señalaron.

En relación con este punto, los expertos recomendaron a las empresas que se presenten a una licitación bajo esta forma de asociación que documenten bien los motivos económicos y técnicos que aconsejan su adopción con el fin de no encontrar posteriormente problemas.

Ante la sospecha de prácticas colusorias en alguno de los licitantes, la ley establece la derivación del expediente a la Comisión Nacional del Mercado (CNMC) para que abra una investigación que puede saldarse con la imposición de fuertes sanciones económicas.

Norma compleja y estricta

Fernández Puyol y García Otero subrayaron que, «si bien los requisitos que impone la ley son más estrictos para administraciones y licitadores, lo que requerirá de un mayor esfuerzo de los contratistas en la preparación de las licitaciones, es previsible que en adelante se produzcan menos problemas en la fase de ejecución de los contratos».

Ambos consideraron que se trata de una ley de «mucha complejidad», «con un componente muy político, en la medida en que constituye un “desiderátum”, aún pendiente de materializase desde un punto de vista práctico».

Se calcula que más del 13% del PIB agregado de la UE proviene de las inversiones que realizan las administraciones públicas, lo que da una idea de la trascendencia económica que tiene la nueva regulación de la contratación pública.

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