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RDL 9/2018: Un paso atrás del Pacto de Estado contra la violencia de género

RDL 9/2018: Un paso atrás del Pacto de Estado contra la violencia de género
Sobre estas líneas, el autor de esta columna, José Luis Sariego Morillo, abogado especialista en derecho de familia.
14/8/2018 15:39
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Actualizado: 14/8/2018 15:39
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Desde la crisis económica, los sucesivos gobiernos no tuvieron más remedio que recortar los fondos dedicados a políticas sociales y asistenciales.

Tanto desde la Unión Europea como desde el Gobierno central se han tenido que ajustar mucho las cosas a nivel presupuestario en los últimos años. Especialmente desde la acelerada reforma del artículo 135 de nuestra Constitución en 2011.

Esta reforma establece un límite al déficit estructural del Estado y de las Comunidades Autónomas, que no podrá superar el límite fijado desde Bruselas, por parte de la Unión Europea.

Poca gente sabe que este artículo 135, en su párrafo segundo, establece “que las entidades locales (ayuntamientos) deberán tener un equilibrio presupuestario.

Y muchos menos saben que el párrafo 135.2 no entra en vigor hasta el año 2020.

O sea, que los ayuntamientos deben cuadrar sus números antes del 2020.

Y ya sabemos todos, las deudas millonarias que tienen los ayuntamientos españoles.

Hay que hacer algo para remediar esta situación y de ahí el dictado (como en las dictaduras) del Real Decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto.

Hay que recordar que la modificación del artículo 135 de la Constitución Española, tiene su fundamento en que España no podía soportar la presión de los mercados financieros, ni la valoración internacional de la prima de riesgo de nuestra deuda pública, que hacía que el Gobierno no pudiera acudir a los mercados a fin de “colocar” nuestros bonos a medio y largo plazo, para poder financiar el déficit presupuestario.

Se preguntarán los lectores, a estas alturas, qué tendrá que ver todo esto con el Pacto de Estado.

Pero iremos desgranando todo ello poco a poco, para llegar a analizar el RDL 9/2018, de 3 de agosto.

Debemos recordar que la Ley Orgánica 1/2004 contra la violencia de género, se aprobó muy deprisa por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Tanto, tanto, que casi todos sus artículos obtuvieron la calificación de “no orgánicos” para poder ser modificados sin problema mediante un Real Decreto Ley.

La Disposición final tercera Naturaleza de la presente Ley 1/2004 dice:

«La presente Ley tiene el carácter de Ley Orgánica, a excepción de los siguientes preceptos: título I, título II, título III, artículos 42, 43, 44, 45, 46, 47, 70, 71, 72, así como las disposiciones adicionales primera, segunda, sexta, séptima, octava, novena, undécima, decimotercera, decimoquinta, decimosexta, decimoséptima, decimoctava, decimonovena y vigésima, la disposición transitoria segunda y las disposiciones finales cuarta, quinta y sexta».

De hecho, se aprobó el día de los Santos Inocentes de 2004, el 28 de diciembre, de forma que pasó muy desapercibida a la población y a los medios.

Todos los partidos apoyaron esta ley, sobre todo, su parte presupuestaria. Esta norma significó una inyección de dinero público a Comunidades Autónomas y ayuntamientos, fueran del partido que fueran, y pudieran financiar sus “unidades administrativas de Igualdad y Servicios Públicos” y sanear un poco sus cuentas públicas.

No debemos olvidar que aquel año, España perdió su posición privilegiada como receptor de los Fondos Estructurales de la Unión Europea (UE) ya que, justo aquel año, pasamos a ser contribuyentes en parte de estos Fondos.

Nuestra recepción de dinero de Europa disminuyó considerablemente, ya que dicho dinero se desvió a los países recién incorporados a la UE por aquel entonces.

Esto significó que muchos ayuntamientos perdieran su “fuente de financiación” de gran parte de los fondos europeos (FEDER y demás).

De ahí que el gobierno ideara un mecanismo jurídico para justificar el poder pedir más dinero a Europa.

Como no podía tirar de los fondos estilo FEDER y similares para financiar a Comunidades Autónomas y ayuntamientos, buscaron fondos europeos en otros lugares, tales como los fondos de los programas IRIS y DAPHNE.

Se venían haciendo una serie de “macroencuestas”, entre éstas del Ministerio de Igualdad recién creado, en las que se llegaba a afirmar que España contaba con más de 640.000 de mujeres maltratadas (1), aunque la ministra llegó a decir públicamente en un congreso organizado para ello, que en España había 2.000.000 de mujeres maltratadas.

Un grupo independiente de profesionales elaboró un contra informe (Informe Iceberg) que demostraba las falsedades de estos estudios del Ministerio, y cómo se habían manipulado los datos.

Pero este informe fue silenciado por los medios de forma muy interesada.

Con la Ley Orgánica 1/2004 todo el mundo ganaba dinero:

Los medios de comunicación vieron incrementar sus ingresos por publicidad institucional en, al menos, un 15%.

Las universidades, los sindicatos, los partidos políticos, las asociaciones y fundaciones afines a ciertos partidos, los colegios profesionales, las agencias gubernamentales, los entes autónomos, las empresas públicas, el poder judicial, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Sanidad, los centros educativos, etc.; todos ellos obtuvieron acceso a fondos y dineros públicos extra gracias a la LO 1/2004.

¿Quién se iba a resistir a no obtener estos ingresos basados en la idea de la lucha contra la violencia a las mujeres?

Recuerdo una conversación con un diputado de Cataluña que me decía que no habían visto que aquella ley (LO 1/2004) tuviera tintes no constitucionales (tal y como lo es la diferencia de pena si quien comete el mismo delito, es hombre o mujer), porque todos los partidos y diputados se fijaron en dos ideas: acabar con la violencia de género y en la inyección de dinero público extra para Comunidades Autónomas y ayuntamientos.

Otra vez, charlando con un senador, le comenté que si no estaban preocupados por las casi 200 cuestiones de inconstitucionalidad que habían formulado jueces de toda España contra la LO 1/2004.

Me contestó que todo estaba “controlado” ya que ellos tenían “mayoría” en el Tribunal Constitucional (TC), especialmente contaban con su presidenta recién nombrada por aquel entonces.

Efectivamente, la sentencia del TC 59/2008, de 14 de mayo de 2008, no deja lugar a dudas de que el poder judicial estaba «secuestrado», en parte, por los que tenían aquella “mayoría” que me contaba el senador.

Al menos esta parte del Poder Judicial.

Han pasado los años, y nos llama mucho la atención que ya en 2005 se distribuían los fondos de prevención de los malos tratos a mujeres siguiendo un criterio muy cuestionable, como era que los ayuntamientos recibían las ayudas en función del número de denuncias presentadas en esas poblaciones.

Esto es, que los ayuntamientos se lanzaron a incrementar el número de denuncias, para obtener más ayudas, y ello se demuestra con el incremento que sufrieron el número de denuncias aquellos años y los posteriores (2).

Podemos comprobar que esto es así, en el siguiente cuadro que lo explica:

En el año 2005, para justificar la ley, se fomenta el incremento de denuncias a través del “bombardeo” en los medios de comunicación.

Y, una vez se aprueba el “sistema” de reparto de los fondos públicos para afrontar este problema, pasamos desde las 82.750 a las 101.656 del año siguiente. Año tras año, no paran de subir las denuncias de malos tratos, fomentadas desde los ayuntamientos, desde los servicios sociales y, desde la publicidad institucional.

En la época de Rodríguez Zapatero, la publicidad institucional en los medios rezaba: «Si te maltrata, denuncia».

En la época de Mariano Rajoy Brey, la publicidad institucional en los medios rezaba: Si te maltrata, pide ayuda».

No debemos olvidar que una variable muy importante para obtener fondos públicos, es obtener un mayor número de denuncias.

Lo inquietante de todo esto, es que las condenas por estas denuncias, evolutivamente, nunca superan el 20%.

Esto es, que hay en torno a un 80% de denuncias, que nunca llegan a juicio o son absoluciones.

Como este dato es escandaloso, la Fiscalía General del Estado en su informe Memfis de 2016 elabora un estudio muy curioso alegando que solo el 0,014 de las denuncias son falsas (3).

Debemos creer que esto es cierto, ya que no saben cómo explicar que en torno al 80% de las denuncias no terminen en condena del hombre denunciado (hombre heterosexual y que reside en España, aunque sea de forma transitoria).

Reconocer que hay muchas denuncias, llamémoslas “instrumentales”, significaría que desde las instituciones públicas se fomentan éstas, sobre todo, desde los ayuntamientos y sus servicios sociales.

Además de los enormes esfuerzos infructuosos que llevan haciendo todos estos años, tanto el Observatorio contra la violencia doméstica y de género  como la Fiscalía General del Estado en sus respectivos informes y declaraciones públicas.

Esto sería un escándalo tan grave como el caso de la Gürtel o los ERE.

En todo caso, y estadísticamente, no hay una mujer maltratada en este casi 80% de casos, pero los ayuntamientos sí han cobrado su cuota de fondos públicos por ese 80% de denuncias.

Si analizamos los datos cuando un partido está en poder, vemos que cuando está el partido socialista suben y se mantienen muy altas las cifras de denuncias, quizá para poder “mantener” los servicios sociales de los centros de la mujer, contratados ad hoc por los ayuntamientos.

Cuando llega el Partido Popular, hay una cierta tendencia a la baja y luego suben de forma espectacular.

Pero este sería un análisis muy parcial y sesgado.

Veamos otras posibles explicaciones.

Cuando se intenta aprobar una ley más dura en temas de violencia sobre la mujer, el número de denuncias sube especialmente, y las noticias en los medios se incrementan, tanto que una misma noticia es repetida varias veces hasta la saciedad, como el caso de la madre de Granada que todos conocemos.

No debemos olvidar que cada vez que un medio habla de una de estas noticias, pone el anuncio del 016, que les reporta ingresos por publicidad institucional.

Esto es, que los medios hacen “caja” con todo este tema.

Por otro lado, nos llama la atención cómo el número de denuncias se incrementan en los periodos de recortes presupuestarios, esto es, cuando el gobierno recorta dinero, las denuncias se disparan, como para demostrar la necesidad de incrementar los fondos para mantener los servicios sociales de los ayuntamientos.

Es fácil de comprender: subimos las estadísticas de casos de gripe, para justificar que hacen falta más recursos públicos sanitarios.

Algún lector pensará que soy un exagerado, pero los hechos están ahí.

No debemos olvidar que todos los partidos están en el poder en algunos pocos o muchos ayuntamientos, por lo que a todos ellos les interesa esta forma de aumentar los recursos públicos para sostener y soportar el gasto de los servicios sociales de los ayuntamientos, que son muy deficitarios.

Pensemos en este momento en la exposición  del artículo 135.2 de la Constitución Española, mencionado al principio.

No acabo de comprender que, en España, se destine tanto dinero para ayudar a mujeres a poner denuncias de malos tratos por los servicios sociales de las que el 80% no llegan a nada, mientras que se olvidan de que no hace mucho, el partido en el gobierno decía que hay 2.500.000 de pobres en nuestro país (4) y no apruebe ningún Decreto Ley urgente, para paliar este problema.

Y por ello, tampoco entiendo este RDL 9/18 de 3 de agosto.

Muchos hablan de la inconstitucionalidad de cambiar el Código Civil por decreto ley, otros de que se ha creado una nueva policía política de género, de que se le ha quitado a los jueces la potestad jurisdiccional de declarar a un ciudadano culpable de un delito, etc.

Pero, en la facultad de Derecho, un profesor nos dijo: “sigue el dinero”. Y esto es lo que he hecho en este caso.

Por si no lo sabe el lector, según un estudio de la Unión Europea, de forma estimativa, ya que no hay medio de comprobar las cifras reales, en España se han destinado alrededor de 22.000.000.000 de euros al año para la lucha contra la violencia de género (5)

Por esto, en este artículo, intento explicar que el RDL 9/18 lo que hace es dotar a los ayuntamientos de muchos fondos públicos para mantener y sostener los deficitarios e incompetentes “servicios sociales” de miles de ayuntamientos de España.

Digo deficitarios, porque no aportan ningún valor añadido a la economía del país.

Y digo incompetentes, porque si estos servicios son sociales, ¿cómo es posible que haya tantos pobres en sus ciudades?

Para comprobar que esto es así, algún medio ya ha llegado a aplaudir que los ayuntamientos tengan más dinero gracias a este RDL 9/2018 (6).

Para terminar, dejo aquí la Disposición final tercera del RDL 9/2018 sobre la Distribución de los fondos destinados al cumplimiento del Pacto de Estado en materia de violencia de género, asignados a los ayuntamientos para programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género:

«Los fondos destinados al cumplimiento del Pacto de Estado en materia de violencia de género, asignados, vía transferencia finalista y directa, o a través de otras Entidades Locales, a los ayuntamientos para programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género, previstos en la disposición final sexta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, así como los fondos asignados en posteriores leyes de presupuestos, se distribuirán según los siguientes criterios:

«a) Una cantidad fija por municipio.

«La cuantía para el año 2018 será de 689 euros.

«b) Una cantidad fija, en función del número de habitantes de derecho del municipio. La cifra de habitantes de derecho será la de población del Padrón municipal vigente a 1 de enero de 2017 y oficialmente aprobado por el Gobierno.

 «La cuantía para el año 2018 será de 0,18 euros por habitante.

«c) El importe de la transferencia vendrá dado por la suma de las cuantías anteriormente señaladas.

«El remanente que exista después del anterior reparto se distribuirá proporcionalmente entre todos los municipios incorporados al Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género a fecha 1 de julio del año al que corresponda la asignación del fondo.

«Los fondos deberán destinarse a programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género.

«Se habilita al Gobierno para que, por Real Decreto del Consejo de Ministros, modifique las cuantías a distribuir, los criterios y el procedimiento de distribución».

Yo no afirmo nada.

Sólo intento explicarme a mí mismo este despropósito de qué significa el RDL 9/2018 de 3 de agosto.

Espero que, al menos, este artículo les haga reflexionar.

 

1.- http://www.inmujer.gob.es/publicacioneselectronicas/documentacion/Documentos/DE0607.pdf)

2.- http://www.boe.es/boe/dias/2005/09/08/pdfs/A30452-30453.pdf

3.- https://medium.com/el-saco-del-coco/solo-el-0-014-de-las-denuncias-por-violencia-machista-son-falsas-b65c4e368c4

4.- Rueda de prensa del ministro Ábalos en: http://diario16.com/psoe-denuncia-gobierno-ha-llevado-pais-una-doble-fractura-social-territorial-2017/

Los medios de comunicación vieron incrementar sus ingresos por publicidad institucional un 15%.

5.- http://eige.europa.eu/rdc/eige-publications?a[0]=619

6.- https://www.eldiario.es/clm/Gobierno-Pedro-Sanchez-ayuntamientos-violencia_0_802819800.html

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