José Ricardo de Prada, excluido como candidato a vocal del CGPJ por no estar en servicio activo
El magistrado de la Audiencia Nacional, José Ricardo de Prada. Foto: FIBGAR.

José Ricardo de Prada, excluido como candidato a vocal del CGPJ por no estar en servicio activo

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06/9/2018 13:34
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Actualizado: 05/11/2018 16:52
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha excluido, en su reunión de hoy, la candidatura a vocal de la próxima renovación del órgano de gobierno de los jueces del magistrado José Ricardo de Prada por no cumplir un requisito fundamental: no está en servicio activo y ejerciendo jurisdicción en su destino de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Es la condición que establece el artículo 573.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: «Cualquier Juez o Magistrado en servicio activo en la carrera judicial podrá presentar su candidatura para ser elegido Vocal por el turno judicial, salvo que se halle en alguna de las situaciones que, conforme a lo establecido en esta Ley, se lo impidan».

De Prada se encuentra, desde el pasado 23 de abril en la situación de servicios especiales, sirviendo como magistrado en el Mecanismo Residual ante los Tribunales Internacionales de Naciones Unidas, de cuyo tribunal de apelación, en el caso del recurso presentado por el líder serbobosnio, Radovan Karadzic, forma parte.

A efectos administrativos, se encuentra fuera de la carrera; la Comisión Permanente no ha realizado ningún acuerdo decretando su reingreso en su destino habitual, por lo que no cumple ese requisito fundamental.

La Permanente basa su decisión en el informe emitido por los órganos técnicos del CGPJ, que señala que el artículo 355 de la LOPJ establece que los magistrados deberán solicitar el reingreso al servicio activo «al cesar en el puesto o cargo determinante de la situación de servicios especiales».

Según el informe, «no cabe, por tanto, una renuncia a la situación de servicios especiales para dejar de encontrarse en tal situación, sino que lo que debe acontecer es un cese en el puesto o cargo que se desempeña y para el que se ha sido nombrado (bien por renuncia o por cualquier otro motivo) o, en su caso, cese de la causa que motivó dicha situación».

El acuerdo no ha sido unánime. A favor han votado el presidente del CGPJ y del TS, Carlos Lesmes, y los vocales José Antonio Ballestero, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández y José Maria Macías. Los progresistas Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda, han votado en contra.

De Prada fue el autor, en la sentencia del caso Gürtel, primera época, de cuyo tribunal formó parte, de las afirmaciones sobre el PP que propiciaron la moción de censura -y la caída de Mariano Rajoy, como presidente del Gobierno y la salida de su partido del Ejecutivo- tales como «se creó un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional» o hubo una «caja B del partido, consistente en una estructura financiera y contable paralela a la oficial, existente al menos desde 1989».

De Prada se había presentado como independiente a la renovación del CGPJ, que tiene que culminar el próximo 4 de diciembre. Había presentado los 25 avales requeridos, pero al no estar en activo, ha quedado fuera.

El magistrado fue designado la pasada semana miembro del consejo asesor del Ministerio de Justicia para la recuperación de la jurisdicción universal dentro de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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