El fútbol profesional reduce su deuda neta total al dispararse sus ingresos

Todas las claves para entender los límites salariales impuestos por LaLiga a los 20 equipos de Primera

15 / 09 / 2018 06:15

Actualizado el 16 / 09 / 2018 08:49

En esta noticia se habla de:

LaLiga ha hecho oficiales los límites salariales máximos que cada uno de los 20 clubes/SAD de Primera División pueden gastar en la temporada 2018/2019; dichos límites comprenden los sueldos de jugadores, el primer y el segundo entrenador y el preparador físico.

El límite también comprende el gasto en equipos filiales, en la cantera y otras secciones, según el artículo 38 de las Normas de Elaboración de Presupuestos.

Los equipos con más poderío, lo que más pueden gastar, son el Barcelona (632 millones) y el Real Madrid (566 millones).

Les siguen el Atlético de Madrid (293 millones), el Valencia (164 millones) y el Sevilla (162 millones).

Mientras, por abajo, los equipos con menor límite salarial son los recién ascendidos a Primera División: Rayo Vallecano (33 millones), Huesca (29 millones) y Valladolid (23 millones).

Esta es la lista completa:

  1. Barcelona: 632.971.000 euros.
  2. Real Madrid: 566.530.000 euros.
  3. Atlético: 293.000.000 euros.
  4. Valencia: 164.684.000 euros.
  5. Sevilla: 162.783.000 euros.
  6. Villarreal: 109.126.000 euros.
  7. Betis: 97.112.000 euros.
  8. Athletic: 87.869.000 euros.
  9. Real Sociedad: 80.808.000 euros.
  10. Espanyol: 56.774.000 euros.
  11. Leganés: 52.864.000 euros.
  12. Levante: 52.369.000 euros.
  13. Celta: 50.970.000 euros.
  14. Eibar: 41.258.000 euros.
  15. Getafe: 39.245.000 euros.
  16. Alavés: 39.193.000 euros.
  17. Girona: 36.755.000 euros.
  18. Rayo Vallecano: 33.077.000 euros.
  19. Huesca: 29.328.000 euros.
  20. Valladolid: 23.882.000 euros.

¿Desde cuándo existe un límite salarial en LaLiga?

Desde 2013, cuando Javier Tebas se convirtió en presidente de LaLiga y comenzó a imponer a los clubes duras medidas de control económico con el fin de limitar el coste de cada plantilla.

Pero el límite salarial no fue un invento de Tebas, sino que copió este sistema de Estados Unidos, donde se viene aplicando desde hace años en la NBA.

Y a Tebas le gusta Estados Unidos. El partido de Liga Girona–Barça propuesto a celebrar en Miami el próximo mes de enero es buen ejemplo de ello.

El objetivo de esta medida era evitar grandes diferencias de ingresos y gastos en los clubes, es decir, se trataba de garantizar la sostenibilidad de los clubes y reforzar la equidad deportiva entre los equipos para lograr una Liga más competitiva.

¿Qué conceptos incluye el límite salarial?

El límite salarial está regulado en las citadas Normas de Elaboración de Presupuestos de Clubes y SADs, un documento aprobado por la LFP (Liga de Fútbol Profesional). Y más en concreto, en los artículos 34 a 41.

Según el artículo 34.1 de dicho documento, el Punto de Equilibrio de los clubes lo determina el coste de la Plantilla Deportiva.

Y el coste de la Plantilla Deportiva incluye tanto la Plantilla Deportiva Inscribible como la Plantilla Deportiva No Inscribible (artículo 35.1).

¿Qué gastos incluye cada una de las Plantillas?

La respuesta nos la da el artículo 38:

  • Plantilla Deportiva Inscribible: jugadores, entrenador, segundo entrenador, preparador físico y técnicos con funciones análogas del primer equipo.
  • Plantilla Deportiva No Inscribible: gasto en filiales, cantera y otras secciones deportivas.

Por último, conviene aclarar que los conceptos que se incluyen en el límite de coste de la Plantilla Deportiva Inscribible son básicamente (artículo 39): salarios fijos y variables, Seguridad Social, primas colectivas, gastos de adquisición (incluyendo comisiones para agentes) y amortizaciones. 

¿Qué ocurre si un equipo supera el límite salarial?

La disposición final primera de las Normas de Elaboración de Presupuestos de Clubes y SADs establece que el incumplimiento del límite salarial será sancionado en base a los Estatutos Sociales de la Liga.

Concretamente, el régimen sancionador aplicable al control económico lo regula el artículo 78 bis de los Estatutos.

Según dicho artículo, las infracciones pueden clasificarse en muy graves, graves y leves:

Infracciones muy graves

Exceder el límite salarial en más del 4%. En este caso, la sanción es una multa del 20% del exceso incurrido, con un límite mínimo de 30.000 euros y un máximo de 300.000 euros. En caso de reincidir, se suspende el derecho de tramitación de licencias federativas para la temporada inmediatamente posterior a la infracción.

Infracciones graves

Exceder el límite salarial en más del 2% (y menos del 4%). Aquí la sanción es una multa del 10% del exceso incurrido, con un límite mínimo de 600 euros y un máximo de 3.000 euros. De nuevo, en caso de reincidencia, se suspende el derecho de tramitación de licencias federativas para la temporada inmediatamente posterior a la infracción.

Infracciones leves

Exceder el límite salarial en menos de un 2%. Para las infracciones leves, la sanción es una multa por importe del 5% del exceso incurrido, con un máximo de 600 euros.

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