El bufete Adarve Abogados reunió el pasado jueves a letrados de las diferentes asesorías jurídicas de bancos y entidades financieras para analizar las mejores estrategias procesales a emplear en caso de reclamaciones de cláusulas suelo.
El desayuno obtuvo una gran acogida entre los asistentes, mayoritariamente abogados de distintas entidades financieras, para quienes estos litigios suponen un verdadero reto jurídico a la vez que reputacional.
La reunión de trabajo tuvo lugar en el mismo momento en el que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) daba a conocer los últimos datos de los juzgados de cláusulas suelo uniprovinciales, que entraron en vigor el pasado 1 de junio del 2017 y que pese a su situación de colapso, el propio CGPJ y el Ministerio de Justicia, que ahora dirige Dolores Delgado, han decidido prorrogar su funcionamiento hasta el 31 de diciembre de este año.
Según datos del CGPJ, el 97,3 % de las resoluciones emitidas por los juzgados especializados en cláusulas abusivas han sido favorables a los clientes.
Solo el 2,7 % de las resoluciones judiciales, del total de 40.939 sentencias, han sido contrarias a los clientes reclamantes de las clausulas suelo y dieron la razón a entidades financieras.
La tasa de sentencias condenatorias a la banca ha sobrepasado el dato del 90 % en las 17 Comunidades Autónomas.
En concreto, en Aragón, Canarias, Cataluña y Navarra superaron el 99 %.
Sin embargo, pese a estos datos, muchos de los abogados de consumidores, con los que CONFILEGAL mantiene un trato habitual, señalan que las entidades bancarias siguen litigando.
Resultados de la vía alternativa del Gobierno del PP
Respecto a la vía alternativa que abrió el Gobierno del Partido Popular, el Real Decreto 1/2017, impulsado por el que fuera ministro de Economía, Luis de Guindos, se trataba de que el cliente reclamase a los bancos y negociar con ellos de forma extrajudicial la devolución del importe cobrado de más por las cláusulas suelo.
Se presentaron 1.136.623 solicitudes y solo el 40 %, 463.236, acabaron en acuerdo.
Eso hizo que los bancos desembolsaran un total de 2.088 millones de euros.
En este seminario, Javier Cabello, abogado del área de litigio de Adarve, y especialista en la defensa procesas de entidades bancarias, señala a este medio digital la necesidad de este encuentro para poner en común las dudas que surgen de esta actividad diaria “y articular mecanismos para contestar las demandas que aún están pendientes”.
Precisamente sobre los juzgados uniprovinciales citados, aunque reconoce su situación casi de colapso, este abogado indica “que la idea ha sido buena para uniformar los criterios en este tipo de asuntos frente a la situación actual del uso de los juzgados de instrucción donde el fallo no siempre era el mismo”.
También reconoce que “no ha sido la solución a este problema pero, ¿cuál es la solución a este tema ante la interposición masiva de demandas”, se pregunta
En su intervención en dicho seminario Cabello desglosó los argumentos más prácticos para defender a las mismas ante los tribunales, «en los litigios que surgen con motivo de la jurisprudencia del Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en torno a la posible abusividad de las denominadas “cláusulas suelo” en los préstamos hipotecarios suscritos con consumidores».
“Ha sido una reunión técnica de carácter procesal, donde estos abogados de entidades bancarias han preguntado sobre las fórmulas para oponerse a este tipo de situaciones”, afirmó.
«Una de las cuestiones que analizamos es la necesidad de poder acreditar que al consumidor se le ha dado toda la información necesaria para que no se pueda hablar de cláusulas abusivas, así lo señala la jurisprudencia del Tribunal Supremo”, añadió
Los bancos empiezan a transar
Frente a la opinión de muchos abogados que defienden a los consumidores, “porque no es sencillo llegar a un acuerdo con los bancos», Cabello reconoce que esta tendencia está cambiando de forma progresiva: «Los bancos empiezan ya a transar ciertos temas, sin tener que llegar al juzgado. Hay voluntad de negociar».
Junto con esta actitud, también hay que señalar que en muchos casos el banco reconoce que dio la información al cliente.
«El problema está en la dificultad de prueba que tiene el banco para acreditar ese extremo y de eso se aprovecha el consumidor «, revela.
El consumidor se aprovecha de la dificultad que tiene el banco de probar documentalmente que le informó de esas cláusulas suelo. Cuando se documenta bien, el asunto puede ganarlo la entidad bancaria
Respecto al papel del Tribunal Supremo, por lo que hemos podido conocer, los asesores jurídicos de los bancos siguen expectantes.
«Hubo una cuestión prejudicial que se resolvió en agosto pasado sobre intereses de demora y cesión de crédito a los fondos, y otra pendiente de vencimiento anticipado que será importante».
Para Cabello desde estos pronunciamientos hay “que tener claro lo que se puede reclamar y lo que no se puede reclamar”.
“Sobre dichas cláusulas hipotecarias, hay que darse cuenta que muchas de ellas son necesarias para la concesión de dichos préstamos hipotecarios. Ahora tras la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios se obliga a dar más información a los consumidores y en muchos casos de las consecuencias jurídicas y económicas de tener esas cláusulas”.
En este escenario “la contratación de los préstamos hipotecarios a tipo fijo se ha incrementado de forma notable y aceptada por el consumidor. Eso ha hecho que muchos problemas existentes con las cláusulas suelo hayan desaparecido en estos momentos”.
La caja de los truenos
La sensación que tienen los asesores jurídicos es que tras la sentencia de 9 de mayo del 2013 sobre cláusulas suelo, el Tribunal Supremo abrió la caja de los truenos.
Antes de esa sentencia nada se discutía.
Ahora cada una de las Condiciones Generales de la Contratación está cuestionada. Es el caso de la comisión de aperturas o la de devolución de efectos impagados, por citar algunos.
“Hay mucho camino por recorrer, pero las entidades bancarias se defenderán en todos estos asuntos. Siempre aportando documentación necesaria ante cualquier reclamación”.
A lo largo de este encuentro entre asesores jurídicos bancarios organizado por Adarve se analizó la jurisprudencia más reciente de nuestro Alto Tribunal en materia de cláusulas suelo hipotecarias, prestando especial atención, entre otras, a sentencias recientes como la del pasado 205/ 11 de abril que concede validez a los acuerdos privados de no litigar considerándolos transacciones, una sentencia que meses antes el Supremo había dicho lo contrario.
“Es un fallo con mucho sentido común que impide al consumidor que vaya a reclamar con posterioridad de esa transacción”.
Otras sentencias que se estudiaron y sobre las que resolvieron dudas fueron las del pasado de 15 de junio de 2018, que establece la validez de las cláusulas en un caso de subrogación de acreedor y la de 3 de julio de 2018, también del Tribunal Supremo, relativa a la imposibilidad de un control de oficio de la transparencia y abusividad en los contratos suscritos entre profesionales y empresarios.
Jueces españoles rigurosos con las pruebas
Sobre el papel de los jueces, que no solo han interpretado la ley sino que incluso han elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea diferentes cláusulas suelo, al parecer el sentir de los asesores jurídicos de las entidades bancarias está en que los juzgados han sido muy rigurosos con la carga de la prueba
“Si no existía esa información suficiente sobre la cláusula, estimaban en sus sentencias que era nula con posterioridad”.
Reconocen que siguen los pasos del Supremo y que no tienen mucho margen de maniobra en estos asuntos.
“De todas formas en apelación se han ganado muchos asuntos porque algunas Audiencias Provinciales han señalado que sí había elementos suficientes para entender que se había dado información sobre la citada cláusula”.
Respecto al momento actual, Javier Cabello diferencia “las hipotecas firmadas antes del 2013 donde el banco tendrá dificultades para demostrar con documentación que informó al consumidor de esas cláusulas en el contrato. Desde la citada sentencia del Supremo, las entidades bancarias han entendido lo que se les pide y la gran mayoría puede presentar las pruebas documentales pertinentes”.
A su juicio la situación está evolucionado “los bancos hacen su trabajo y están informando debidamente. Ahora cuentan con documentación pertinente que acredita que se le informo al consumidor de esas cláusulas y que por eso superaron el control de transparencia”.
También recuerda que no hay dos pleitos iguales “en cada caso concreto pueden existir algunas circunstancias que las cláusulas suelo se acepten.
Lo importante es saber demostrarlo documentalmente que no siempre se logra”.
Para Cabello no siempre se puede transar el asunto y llegar a un acuerdo “la propia defensa letrada de los consumidores es intransigente para llegar a un acuerdo. Pero todos sabemos que los acuerdos de honorarios por ganar el pleito son muy atractivos. Las condiciones en las que se ha negociado dicha defensa a veces son un impedimento para esa negociación”.