Archivada una denuncia de Puigdemont contra un joven que dijo, subido a un tanque, que iba a darle una sorpresa

Archivada una denuncia de Puigdemont contra un joven que dijo, subido a un tanque, que iba a darle una sorpresa

La sentencia destaca que lo dicho en el vídeo "es UNA FARSA SIN NINGÚN VALOR INTIMIDATORIO"

28 / 09 / 2018 13:18

Actualizado el 29 / 09 / 2018 08:25

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La denuncia que presentó el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra dos jóvenes que grabaron un vídeo en 2017 encima de un tanque en Zaragoza ha sido archivada por el Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza.

En el vídeo aparece un joven subido a un tanque en marcha, que afirmaba -simulando la voz de Torrente- que iba a dar «una sorpresa a Puigdemont» y al secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.

«70 toneladas de puro amor y pura democracia. ‘Coletas’, el siguiente eres tú, cabrón. ¡Arriba España!», expresaba en compañía de otro individuo.

La reacción del expresidente catalán, entonces  candidato de JuntsxCat a las elecciones del 21 de diciembre, fue ésta:

«Un soldado español encima de un tanque me amenaza a mí y a Pablo Iglesias. Inaceptable en la UE. El Gobierno español tiene que disculparse y abrir una investigación».

Fuentes del Ejército de Tierra explicaron que se trataba de dos civiles, que la grabación se realizó el pasado 8 de diciembre en una base militar, y que se había abierto una investigación al respecto.

Puigdemont presentó una denuncia ante la Fiscalía Superior de Cataluña por los presuntos delitos de amenazas y de odio.

El pasado marzo un juez de instrucción desestimó la denuncia, pero la Audiencia de Zaragoza la admitió en mayo y tomó declaración de los dos individuos que salían en el vídeo.

«ES UNA FARSA SIN NINGÚN VALOR INTIMIDATORIO NI MÍNIMA FUERZA DE CONVICCIÓN»

En la sentencia, el magistrado Rafael Lasala asegura que lo dicho en este vídeo «es una farsa sin ningún valor intimidatorio ni mínima fuerza de convicción sobre la posibilidad de que los dos civiles denunciados dirigieran un tanque hasta la ciudad adonde huyó el denunciante».

Indica que, pensando mal de ellos, podría apuntarse un tono cáustico y despectivo hacia Puigdemont, pero que no supone ni amenaza ni injuria al participar «de un claro animus jocandi».

Asimismo, destaca que tildar de amenaza lo dicho por los dos denunciados sería lo mismo que decir que los ‘trabucaires’ de un pueblo catalán amenazaron a un concejal por apuntar hacia su piso en agosto de 2014 y disparar con pólvora pero sin proyectiles, algo que también quedó archivado.

El magistrado asegura que el momento en que se produce esta alocución «es de gran importancia para lo que ahora se juzga», en referencia a la situación política en Cataluña en diciembre del año pasado.

A partir de aquí, hace un repaso exhaustivo de lo sucedido desde la aprobación de la Ley del referéndum en el Parlamento autonómico catalán hasta la proclamación la República catalana, y la posterior aplicación por parte el Gobierno del artículo 155 de la Constitución.

El magistrado también señala que Puigdemont «se convirtió en prófugo dejando con su acción a sus más directos colaboradores en las puertas de la cárcel».

La resolución no es firme, contra ella cabe recurso de reforma o de apelación.

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