El mal uso del whatsapp costará a una policía municipal año y medio de inhabilitación y 4.200 euros

El mal uso del whatsapp costará a una policía municipal año y medio de inhabilitación y 4.200 euros

Por un delito de revelación de secretos
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04/10/2018 06:15
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Actualizado: 03/10/2018 17:12
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La viralidad de las redes sociales en nada beneficiaron a una agente municipal de Pamplona que filtró un texto que no debía a su marido por whatsapp sobre una investigación policial que afectaba al colegio al que acudía su hijo menor y que acabó en un grupo de esa red creado por las madres de niños del centro escolar.

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona, María Alemán Ezcaray, la ha condenado por un delito de revelación de secretos, a 4.200 euros de multa y año y medio de inhabilitación para empleo y cargo público. La sentencia es recurrible.

El documento filtrado era interno

Según consta en los hechos probados de la sentencia, la acusada, con una antigüedad de 18 años en la Policía Municipal, y destinada desde hace 13 años en UPAS (Unidad de Protección y Atención Social), fue informada por su superior de la existencia de una petición de colaboración remitida por la Policía Foral por una denuncia sobre unos hechos presuntamente ocurridos en el  centro escolar Luis Amigó de Pamplona.

Supuestamente un varón había intentado convencer a un menor de 10 años para que se fuera a su casa. En el informe se añadía que la conversación se había producido en inglés y se facilitaban los datos de identidad de una persona con antecedentes de pederastia.

“Faltando a su deber de no difundir el documento”, dado que su hijo menor de edad acudía a ese colegio, la agente fotografió su contenido íntegro y lo mandó por whatsapp a su marido, agente del Cuerpo Nacional de Policía.

En la sentencia, la magistrada expone que el documento fotografiado y transmitido contenía un membrete policial y otro del Ayuntamiento de Pamplona, y hacía referencia a una investigación de otro cuerpo. El informe, además, contenía datos concretos de un hecho y de una persona, con su nombre y apellidos, dirección, nacionalidad e incluso referencias a sus antecedentes penales.

Se trataba, por tanto, de «un documento interno de trabajo con trascendencia, una información conocida en el ejercicio de su función policial, y con relevancia”.

Empezaron los reenvíos

El marido de la acusada remitió el documento al teléfono particular de un compañero de la Policía Nacional debido a que su hija acudía al mismo centro escolar.

A su vez, este otro policía lo reenvió por correo electrónico a su exmujer, policía foral, quien, tras recortar parcialmente el mensaje con la finalidad de que no constara quién se lo había remitido, envió la fotografía del documento a un grupo de whatspp compuesto por madres de niños del colegio.

A partir de ese momento se inició una difusión masiva que motivó que la Policía Municipal y la Policía Foral tuvieran que emitir comunicados conjuntos acerca de los hechos en la que se apelaba a la tranquilidad y aclaraban que «se trata de investigaciones llevadas a cabo ante un hecho aislado queha generado una importante alarma social debido a su difusión».

Pedían calma «ante este tipo de rumores» e indicaban que «las únicas informaciones fiables deben ser las provenientes de fuentes oficiales». El colegio afectado tuvo que hacer lo mismo.

Fuente: Diario de Navarra

Derecho a la intimidad de un tercero

La transmisión de este documento confidencial, según precisa la magistrada, «afectó directamente al derecho a la intimidad de un tercero, así como a la presunción de inocencia a la que tiene derecho toda persona investigada».

Explica la juez que el hombre al que se hacía referencia ni siquiera era investigado, y en el documento se incluía información facilitada desde otro país sobre hechos previos que pudieran haber sido similares, en el marco de una incipiente investigación policial, sin que hubiera absolutamente nada más que lo vinculara a los hechos investigados.

La magistrada descarta la tesis de la defensa de que la actuación fue fruto de la cooperación policial.

Lo que llevó a la acusada a revelar información es que su hijo iba al colegio que se recogía en la misma, y este mismo motivo es el que llevó a los siguientes transmisores a comunicarla a terceros, lo que desde luego nada tiene que ver con la cooperación policial pretendida”, asegura.

Todos los implicados, según la juez, transmitieron datos relevantes y sensibles que no debieron ser divulgados, «aunque solo en la encausada concurre el hecho de que, siendo funcionaria policial, fue ella la que en el ámbito de su trabajo conoció la información y la reveló a un tercero«, matiza Alemán Ezcaray.

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