Un presunto violador y maltratador culpa al corrector del whatsapp de las amenazas a su expareja

Un presunto violador y maltratador culpa al corrector del whatsapp de las amenazas a su expareja

5 / 10 / 2018 06:15

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La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial de Pontevedra integrada por las magistradas María Nélida Cid Guede, María Jesús Hernández Martín y María Cristina Navares Villar, ha dejado visto para sentencia el juicio contra un vecino de la localidad de Ribadumia acusado de violar y maltratar de forma habitual a su expareja con la que tiene un hijo en común.

El acusado Juan Manuel L.M. ha rechazado estos cargos asegurando que las relaciones siempre fueron consentidas y culpando al corrector del whatsapp de las amenazas proferidas a su mujer.

«Si te veo con alguien le voy a pegar o a matar». «Vas a saber quien soy, vas a conocer a un hijoputa de verdad».

Eran algunos de los mensajes amenazadores que escribía el presunto violador a su expareja.

Durante la vista oral, Juan Manuel señaló que «el corrector mandaba palabras que no quería escribir» y reconoció que «a veces por ataques de celos ponía cosas que no debía» aunque «siempre le pedía perdón después».

La Fiscalía pide una pena de 15 años de cárcel por el presunto delito sexual, y otros 3 por el delito de maltrato. Además reclama que una indemnización de 120.000 euros.

¿Por qué utiliza el argumento del autocorrector? 

«Básicamente porque algo tiene que esgrimir en su defensa», señala el abogado José Antonio Tuero, director del Área de Derecho Penal y Compliance de Chávarri Abogados.

Es un argumento de «Defensa inútil», pero, según explica este experto, en no pocas ocasiones si no hay defensa posible «se tiene que argumentar lo que se pueda aunque sea peregrino. Es peor quedarse callado».

En opinión de Tuero, y a la vista de los mensajes de whatsapp que han trascendido de la investigación, «no existe ninguna explicación a su actuación porque, por mucho que se le eche la culpa al auto corrector, son oraciones enteras y perfectamente conjugadas».

Con este material, «es difícil sostener que haya intentado escribir otra cosa que no sea esa», asegura.

Asimismo, el acusado también admitió que «a veces por ataques de celos ponía cosas que no debía» y agregó que «siempre le pedía perdón después». Es decir, admite el envío de mensajes que no debía…

En conclusión, » y más allá de la anécdota por salir en los medios», en la práctica judicial «hay muchos casos donde se utilizan este tipo de argumentos por “decir algo”, sin absolutamente ningún viso de prosperar», sentencia Tuero.

Relaciones «consentidas»

A preguntas de su abogado, el procesado explicó que mantuvo con la supuesta víctima una relación sentimental durante más de cuatro años hasta que se produjo «una ruptura normal» en agosto de 2015.

Sin embargo, «seguíamos viéndonos», tenía las llaves de su casa y «dormía allí casi todos los días». Además mantenían relaciones sexuales de manera habitual y «consentidas».

Según el escrito de acusación del fiscal, a partir del momento en el que la relación se rompió el hombre abusó sexualmente «aproximadamente en ocho ocasiones» de la mujer.

Como prueba en su contra se aportaron ante la Audiencia los mensajes de whatsapp posteriores al último de estos abusos que se produjo en una pista apartada de la parroquia de Barrantes, en el interior de un furgoneta.

«¿Qué tienes pensado hacer, me vas a denunciar o no?», «¿quieres contestar?», «tranquila que no te tomo más, no te preocupes», decía en algunos de esos mensajes que reflejaban cierta preocupación en Juan Manuel.

Control y dominación

El fiscal describió como el acusado «controló y dominó de manera constante» a la mujer «preguntándole dónde estaba, con quien, qué iba a hacer e intimidándola para que contestase».

Incluso, en alguno de sus ataques de ira rompió la ventanilla del coche «estando ella y su hijo dentro» y también atravesó la mampara de la bañera de un puñetazo, entre otros episodios relatados ante el tribunal

Además de los 18 años de pena de prisión, el fiscal también ha solicitado la adopción de una orden de alejamiento, la prohibición de tenencia de armas por el tiempo de cinco años y la apertura de una pieza separada para establecer la responsabilidad económica del acusado.

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