Por 1 minuto de retraso en comenzar un partido de la Champions la UEFA le mete una multa de 20.000 euros al PSG
Fardou Ben Mohamed, del Estrella Roja de Belgrado, junto a Neymar Jr. en un lance del encuentro.

Por 1 minuto de retraso en comenzar un partido de la Champions la UEFA le mete una multa de 20.000 euros al PSG

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20/10/2018 06:15
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Actualizado: 31/3/2022 15:24
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El Comité de Disciplina de la UEFA ha sancionado al Paris Saint Germain (PSG) con 20.000 euros.  ¿El motivo? Empezar con un minuto de retraso el partido de Champions League frente al Estrella Roja que tuvo lugar el pasado 3 de octubre en el Parque de los Príncipes de París.

Una multa insignificante, si tenemos en cuenta el dineral gastado por Nasser Al-Khelaïfi, actual presidente del PSG, en fichar cracks y en retenerlos con sueldos millonarios.

Neymar Jr., una de las estrellas del PSG, cobra cerca de 37 millones de euros por temporada, es decir, unos 3 millones de euros al mes o, más concretamente, 100.000 euros al día.

De este modo, la sanción impuesta al PSG equivale a una quinta parte de lo que gana Neymar Jr. en un solo día, por lo que no parece que pagar la multa vaya a suponer un gran perjuicio para el club parisino.

Además de la multa económica por el retraso del encuentro, la UEFA ha decidido nombrar un inspector para investigar los incidentes ocurridos entre los aficionados de PSG y Estrella Roja.

LA PUNTUALIDAD PARA LA UEFA ES SAGRADA

La UEFA da mucha importancia a la puntualidad de los partidos, por las consecuencias que ello tiene sobre los acuerdos comerciales con las diferentes cadenas con derechos televisivos.

Por ello, el Reglamento de Disciplina de la UEFA prevé sanciones para los clubes cuando un partido comienza con retraso por causas imputables al equipo local.

Así, el artículo 11.2.h) del Reglamento de Disciplina de la UEFA, relativo a los principios generales de conducta, establece que el club responsable del inicio tardío de un partido puede ser sancionado con medidas disciplinarias.

Con base en este precepto, el Comité de Disciplina de la UEFA ha sancionado al PSG con los 20.000 euros de multa, además de advertir a su entrenador, Thomas Tuchel, por el retraso del encuentro.

INVESTIGACIÓN POR LOS INCIDENTES ENTRE AFICIONADOS Y EL USO DE BENGALAS

Las normas de la UEFA relativas al orden y seguridad en los partidos también están recogidas en el Reglamento de Disciplina de la UEFA.

Según el artículo 16 del Reglamento, los clubes anfitriones son responsables del orden y la seguridad en los estadios durante los partidos, de tal forma que pueden ser sancionados con diferentes medidas disciplinarias.

Así, cuando los aficionados lleven a cabo ciertas conductas inapropiadas, los clubes podrán ser sancionados aunque no hayan sido negligentes.

Entre estas conductas, se incluye el uso de bengalas, los disturbios o cualquier otra falta de orden o disciplina en el estadio o en sus alrededores.

Y es por ello que la UEFA ha decidido nombrar un inspector para llevar a cabo una investigación sobre los incidentes entre aficionados de PSG y Estrella Roja con ocasión del partido de Champions entre ambos equipos, incluyendo el uso de bengalas.

REINCIDENCIA EN EL USO DE BENGALAS

No es la primera vez que el Parque de los Príncipes se llena de bengalas en un partido de Champions.

Y la reincidencia le puede salir cara al Paris Saint Germain.

La temporada pasada el PSG fue sancionado por la interrupción del partido frente al Real Madrid a causa del humo provocado por las bengalas.

La UEFA castigó a los franceses con una multa de 43.000 euros y la clausura de parte del estadio.

Teniendo en cuenta esta sanción, el eventual castigo de la UEFA al PSG podría ser mucho mayor, ya que la reincidencia se considera una circunstancia agravante al imponer las medidas disciplinarias.

En este sentido, el artículo 23 del Reglamento de Disciplina establece que el Comité de Disciplina podrá tener en cuenta las circunstancias agravantes, como la reincidencia, para determinar la sanción.

Ahora bien, ¿cuándo se considera que hay reincidencia?

El artículo 25 del Reglamento establece que la reincidencia (recidivism), en el ámbito del orden y la seguridad en los estadios, ocurre cuando dos infracciones similares se cometen en el rango de dos años.

Por tanto, como han transcurrido menos de dos años desde la sanción al PSG por el uso de bengalas en el partido frente al Real Madrid, la UEFA puede tener en cuenta la reincidencia como circunstancia agravante.

Pues bien, teniendo en cuenta la reincidencia, la sanción al PSG podría tener una mayor entidad económica, con un máximo de 1 millón de euros (artículo 6.3 Reglamento Disciplina UEFA), o podría consistir en una clausura del estadio para varios partidos de Champions League o en cualquier otra medida dispuesta en el artículo 6 del Reglamento Disciplinario.

 

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