La reforma de la LPI, ahora en el Senado, abre el debate sobre el cierre de webs piratas sin autorización judicial
Una enmienda de Podemos podría evitar el cierre de webs sin autorización judicial si sale adelante en la votación próxima.

La reforma de la LPI, ahora en el Senado, abre el debate sobre el cierre de webs piratas sin autorización judicial

De las 33 enmiendas presentadas, la tercera, liderada por Podemos pretende reformar el artículo 195 que se plantea y volver a la autorización judicial para dicho cierre
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11/12/2018 06:15
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Actualizado: 11/12/2018 02:31
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Se mantiene la polémica sobre la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) que en estos momentos enfila su culminación. Este viernes fue el último día de plazo para la presentación de enmiendas en el Senado. Hasta 33 se han presentado en total.

El caballo de batalla es la posibilidad del cierre de determinadas webs reincidentes en cuestiones de piratería, sin autorización judicial. Ahora una enmienda de Podemos quiere frenar dicha iniciativa que figura en el artículo 195 de esta reforma de la LPI.

Dicha reforma fue pactada por PP, PSOE y Ciudadanos y permitía el cierre de páginas sin que sea un juez quien lo decida. Ahora la enmienda de Podemos que tendrá que votarse en los próximos días “vuelve a llevar las cosas a otro terreno”, explica Carlos Sánchez Almeida, abogado experto en privacidad y representante de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI).

Se muestra satisfecho a medias porque “todavía tiene que votarse y la mayoría en el Senado del PP puede hacer que la enmienda de Podemos sea papel mojado”.

La muestra de que el debate está sobre la mesa está en que la PDLI, la Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas (AEEP), Asociación de Internautas, Facua-Consumidores en Acción, Adigital, Federación de Sindicatos de Periodistas y la Asociación Española de Startups han mostrado su preocupación a esta reforma firmando un manifiesto.

Para esas entidades, en lugar de un juez, será la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual (conocida como la ‘Comisión Sinde’) la que determinará si una web deberá ser o no cerrada.

«Sí, será un órgano ejecutivo y no judicial quien tome la decisión, lo cual podría atentar contra la división de poderes  y contra el artículo 20 de la Constitución que respalda la libertad de expresión. La medida se propone para infractores que reincidan y será la citada Comisión quien decida si se cierra o no la web», comentan.

La organizaciones firmantes del citado manifiesto rechazan que se permita que se ordene por parte de una Comisión vinculada al Gobierno la retirada de contenidos de Internet sin que un juez evalúe si afectan o no a un derecho fundamental como es la libertad de expresión.

Califican la ley de “inaceptable jurídicamente” porque “por un lado, la existencia de un incumplimiento previo (infracción de propiedad intelectual) que da pie al cierre de una web se decide por la propia Comisión del Ministerio de Cultura”.

Pero, además, señalan, que hay un supuesto en el que no hace falta una reiteración del incumplimiento sino que basta con su reanudación: es decir, el presunto infractor retira voluntariamente el contenido y después -también a juicio de la Comisión- reanuda la misma actividad. En ese caso los juzgados de lo Contencioso-Administrativo nunca han intervenido porque el infractor retiró voluntariamente los contenidos y no hubo que ejecutar la medida.

Todas las organizaciones coinciden en señalar una preocupación compartida “porque este cambio obligue, en la práctica, al titular de una web a una supervisión general de contenidos contraria a las directivas europeas actualmente vigentes”.

Entienden que “se trata de una reforma contraria a lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución que exige una orden judicial para el secuestro de publicaciones” y denuncian “que esta reforma tiene un impacto grave, desproporcionado e injustificable sobre las libertades en Internet, en particular, la libertad de expresión e información, y también sobre el desarrollo económico de las empresas digitales”.

Por todo ello, instan a los Grupos Parlamentarios del Senado a enmendar el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual, eliminando la reforma aprobada por el Congreso.

Coalición de Creadores, satisfechos con la reforma

En el otro lado de la mesa, desde la Coalición de Creadores e Industria de Contenidos se aplaude esta reforma. Señalan que es «un esfuerzo en la defensa de los contenidos culturales y de entretenimiento«.

Carlota Navarrete, directora de la Coalición, apunta que “debemos destacar el paso adelante que suponen las mejoras incluidas en la lucha contra la piratería digital de contenidos, que permitirán, al igual que en países de nuestro entorno como Portugal, Italia, Francia o Reino Unido, una mayor protección de la propiedad intelectual en el entorno digital, al favorecer la colaboración entre creadores, agentes de publicidad, medios de pago, buscadores y operadores de telecomunicaciones, lo que resulta esencial para disfrutar de un ecosistema de contenidos digitales sano y competitivo.

Desde su punto de vista esta propuesta de reforma, «es un síntoma de madurez y de que hay un compromiso firme de tolerancia cero contra la piratería por parte del poder legislativo. Los diputados han demostrado que entienden el perjuicio que causa la piratería al empleo, a las arcas públicas, a los creadores y a las industrias, y han dado un paso adelante en la buena dirección para colocar a España al nivel de los países de nuestro entorno, que han adoptado medidas como estas con anterioridad”.

Sobre la polémica del cierre de webs sin autorización judicial, señala que el requisito de la autorización judicial previa en el procedimiento de salvaguarda (restablecimiento de la legalidad),«no se toca en esta propuesta de PSOE, PP y Ciudadanos. La mejora afecta únicamente al procedimiento sancionador de la Ley de Propiedad Intelectual y tiene únicamente carácter técnico».

Y recuerda que la Administración, en ejercicio de su potestad, puede iniciar un procedimiento sancionador cuando, tras varias resoluciones previas – y sus consiguientes autorizaciones judiciales –, la web reitera su comportamiento infractor. Al ser un procedimiento sancionador, en la Ley se le reconocen especiales garantías, salvaguardando el control judicial si la web objeto de sanción acude al control judicial contencioso-administrativo, incluyendo la solicitud de suspensión del cese.

Quien considera que esta reforma sirve para cerrar webs sin autorización judicial es que no conoce la LPI y las garantías que estableceLos filtros y garantías son elevados, por lo que se va a dotar de mayor agilidad al procedimiento a pesar de que no existe posibilidad alguna, ni actualmente ni con esta reforma, de vulneración de derechos fundamentales”, afirma la directora de la Coalición.

“Esta mejora es muy necesaria y será muy beneficiosa para la oferta legal y para todos los intermediarios y prestadores de servicios en internet, que verán junto a los creadores mejor protegidos sus derechos frente al expolio de las empresas y negocios piratas”.

“Desde que se incorporase en 2011 el procedimiento administrativo de lucha contra la piratería, los tiempos de su aplicación han sido más lentos de lo esperado, por lo que creemos que con estos pequeños ajustes se podrá agilizar en casi un 50 %, lo que sin duda es una buena noticia”.

Y destaca que “nuestro colectivo sufre año tras año un grave perjuicio a causa de la piratería digital, y se hace urgente y necesario proteger con eficacia a un sector que facilita 458.000 empleos, un 2,6 % del total en España, y supone el 3,5 % del PIB”.

Según el Observatorio de piratería y hábitos de consumo digitales, en 2017 hubo 4.005 millones de accesos digitales ilegales a contenidos por valor de 21.899 millones de euros, ocasionando un perjuicio al sector, de 1.857 millones.

El Estado dejó de ingresar un total de 575 millones de euros, lo que suma un acumulado desde 2012 de 3.347 millones de euros, y que no se hayan podido crear más de 142.000 nuevos puestos de trabajo directos e indirectos.

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