El CGPJ da largas a la pretensión de Santiago Vidal de regresar a la judicatura y pasa la pelota al Supremo

El CGPJ da largas a la pretensión de Santiago Vidal de regresar a la judicatura y pasa la pelota al Supremo

18 / 01 / 2019 06:15

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) comunicó ayer al magistrado y exsenador de ERC, Santiago Vidal -inhabilitado por tres años en 2015 por participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña-, que no resolverá su reingreso en la carrera judicial hasta que el Tribunal Supremo no estudie el recurso que presentó contra la decisión del órgano de gobierno de los jueces de denegar su vuelta, amparándose en una norma que recientemente ha sido anulada por el Tribunal Constitucional.

De esta forma, la Comisión Permanente ha introducido un factor dilatorio que no va a impedir que Vidal vuelva a ejercer la jurisdicción. Es solo cuestión de tiempo.

Santiago Vidal solicitó volver al servicio activo acogiéndose a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional el artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que prevé que el CGPJ puede hacer una valoración de la «aptitud» de los jueces que han sido sancionados y piden su reingreso.

Dicho artículo contemplaba una “declaración previa de aptitud” por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

La sentencia del Pleno del Constitucional, de la que fue ponente el magistrado Santiago Martínez-Vares, subrayó “la orfandad reguladora, en la que el término ‘aptitud’ aparece desasido de cualquier ropaje jurídico que permita delimitarlo”.

En consecuencia, declara “que el apartado primero del artículo 367 LOPJ y los incisos ‘Tras la declaración de aptitud’ y “quedando sin efecto la declaración de aptitud’ contenidos en su apartado segundo, son inconstitucionales y nulos”.

Traducido: La decisión del CGPJ de impedir el regreso de Vidal se ha quedado sin base.

El magistrado fue inhabilitado por tres años en 2015

Cumplido este tiempo, en marzo de 2018 solicitó su reingreso, pero el Consejo se opuso al considerar que sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas mientras estaba suspendido en funciones revelan su «falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución».

El exsenador de la formación independentista reconoció entre los meses de noviembre y diciembre de 2016 que el gobierno autonómico de Carles Puigdemont obtuvo de forma ilegal los datos fiscales de los catalanes para crear una Hacienda propia.

Por estas declaraciones, el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona abrió una causa para analizar el proceso independentista en Cataluña, centrando después sus pesquisas en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, donde se encuentra investigado.

No obstante, el juez Vidal mandó un escrito al órgano de gobierno de los jueces pidiendo información sobre si declarará de oficio la nulidad del acuerdo del 8 de marzo del año pasado, en la que denegó su reingreso al servicio activo, teniendo en cuenta que el tribunal de garantías anuló el artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por generar una «incertidumbre insuperable».

Según informa el CGPJ en un comunicado, la Comisión Permanente, que se reunió ayer, abordó su solicitud y comunicó a Vidal que no tomará ninguna decisión al respecto hasta que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estudie el recurso interpuesto contra dicho acuerdo.

«Se estará a lo que resuelva el alto tribunal», asegura.

En este acuerdo de marzo de 2018, el CGPJ recordó a Vidal que la suspensión por tres años que sufrió como magistrado «no le disculpa de sus obligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional, un juramento que por parte de Vidal fue «repetidamente incumplido» durante el tiempo de su inhabilitación.

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