Mapfre debe pagar 170.000 euros más intereses a una familia víctima del accidente de Spanair

Mapfre debe pagar 170.000 euros más intereses a una familia víctima del accidente de Spanair

La Sala estima el recurso de Mapfre contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que estableció la indemnización en 235.632 euros

22 / 05 / 2019 06:15

En esta noticia se habla de:

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha fijado en 168.990 euros, más intereses, la indemnización que deberá abonar la aseguradora Mapfre a los padres y la hermana de uno de los 154 fallecidos en el accidente aéreo de un avión de Spanair el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Madrid-Barajas.

La Sala estima el recurso de Mapfre contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que estableció la indemnización en 235.632 euros, y la reduce a la cifra de 168.990 euros que fijó el Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona en primera instancia.

Así, aplica al caso el criterio orientativo del baremo previsto para los accidentes de tráfico, incrementado en el porcentaje adicional del 50%.

El Supremo considera que el uso del criterio interpretativo del baremo de accidente de tráfico es más adecuado que el Reglamento europeo 785/2004 sobre requisitos de seguros para compañías aéreas, ya que este último no establece propiamente ningún baremo destinado a valorar los daños personales.

Por otro lado, la Sala mantiene la aplicación a la indemnización, como hizo la Audiencia barcelonesa, del interés de demora previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

Mapfre conocía la existencia del siniestro

Ya que Mapfre conocía la existencia del siniestro desde el momento en que se produjo, y no cumplió su obligación de indemnizar en el plazo establecido en ese precepto legal.

El Supremo desestima, por su parte, el recurso que presentó la familia demandante contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona.

Consideraban que debían haberse concedido dos indemnizaciones: una por responsabilidad objetiva, y otra por responsabilidad subjetiva o culpa grave de los empleados de la aerolínea.

El alto tribunal señala que la legislación no prevé la concesión de dos indemnizaciones distintas para un mismo daño.

Por otro lado, el alto tribunal avala el criterio tanto de la Audiencia como del Juzgado Mercantil de incluir como perjudicada, y por tanto indemnizar, a la hermana del fallecido que convivía con él en el domicilio familiar, y no solo a los padres.

Mapfre era la aseguradora del avión de Spanair siniestrado por los daños que pudieran sufrir los pasajeros, en una póliza que cubría también los daños sufridos por la aeronave y la responsabilidad frente a terceros.

Noticias relacionadas:

Una incapacidad permanente total no supone de forma automática la discapacidad del 33%

Presentar un carnet de conducir falso no es delito, si los datos que aparecen son auténticos

Ábalos pedirá la nulidad de la sentencia del Supremo porque asegura que su condena estaba «predeterminada»

Aldama acepta realizar un año de trabajos para la comunidad para evitar su ingreso en prisión

El Supremo cambia las reglas sobre qué ocurre cuando un heredero muere sin aceptar una herencia

La Justicia «premia» la colaboración de Aldama y no irá a prisión por el caso mascarillas

Lo último en Tribunales

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado

JOsé Manuel Bandrés

El Supremo se rompe por la eutanasia: 8 magistrados, el 25 %, niegan que un padre pueda impedir la muerte asistida de su hijo

Zapatero en la AN

Zapatero pide a la Audiencia Nacional que proteja sus datos personales en la investigación del caso Plus Ultra

barrabés caso begoña gómez

La UCO aprecia una «decisiva arbitrariedad» y trato de favor a Barrabés en contratos adjudicados por Red.es

Las joyas de Zapatero bien

Calama ofrece a Hacienda personarse en la causa por las joyas intervenidas en el despacho de Zapatero