La Policía abre una investigación sobre el suicidio de una mujer tras difundirse un vídeo suyo de contenido sexual
CCOO denunciará a Iveco ante Inspección de Trabajo por presuntamente vulnerar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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29/5/2019 12:38
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Actualizado: 29/5/2019 14:05
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La Comisaría de la Policía Nacional de Alcalá de Henares ha abierto una investigación sobre el caso de la mujer que se quitó la vida el sábado tras difundirse entre sus compañeros de trabajo un vídeo sexual suyo de hace cinco años.
La mujer tenía de 32 años y dos hijos pequeños.
El vídeo se grabó hace cinco años y fue difundido entre gran parte de la plantilla de la empresa Iveco en San Fernando de Henares (Madrid), en la que trabajan unas 2.500 personas.
Los agentes están analizando el vídeo que se filtró y comprobando quiénes lo compartieron y si la mujer pudo sufrir acoso por este motivo por parte de algunas personas de la empresa que trabajaba, del grupo Iveco.
De momento, no hay detenidos y se investiga si fue una antigua pareja de la fallecida o ella misma por un error la que propagó por primera vez esas imágenes íntimas.
La mujer estaba preocupada tras la difusión por lo que opinaría su marido, que lo vio el viernes.
En ese momento, la mujer padeció una crisis nerviosa. Se suicidó al día siguiente en su casa, en Alcalá de Henares.
Cada una de las personas que envió o reenvió el vídeo puede enfrentarse a un delito contra la intimidad, según detallan fuentes de la Jefatura Superior de Policía de Madrid.
Tras la reforma del Código Penal de 2015, a raíz del caso de Olvido Hormigos, se establece una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, «sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona».
La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aún sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa.
La sección sindical de CGT en Iveco lamentó ayer la muerte de la trabajadora, que según relató se grabó a sí misma en el citado vídeo hace cinco años, y que recientemente alguien comenzó a difundir entre los compañeros, lo que hizo que ella se dirigiera a Recursos Humanos para comentar lo ocurrido.
CCOO ENTIENDE QUE ES UN ACCIDENTE LABORAL Y QUE LA EMPRESA NO ACTIVÓ EL PROTOCOLO DE ACOSO SEXUAL
CCOO ha anunciado que denunciará a Iveco ante la Inspección de Trabajo. La mujer estaba afiliada a este sindicato.
CCOO entiende que lo ocurrido es un accidente laboral y que, además, la empresa, no activó el protocolo de acoso sexual, incumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Según ha informado en un comunicado, denunciará ante la Inspección de Trabajo «la inacción de la empresa automovilística, que se negó a activar el protocolo cuando supo lo que estaba ocurriendo en el interior de la factoría» desde el pasado 23 de mayo.
«La mujer estaba siendo acosada por un compañero y no hizo nada para evitarlo», ha recalcado.
Desde CCOO afirman que desde el momento en el que sindicato tuvo conocimiento de los hechos, se puso en contacto con su afiliada y le explicó las medidas que podía tomar al respecto.
La representación de CCOO de Industria en la factoría de Iveco ha explicado que acompañó a la trabajadora a una reunión con la empresa, le informó de lo que había ocurrido y de la persona que presuntamente había iniciado la difusión de un vídeo.
Desde el sindicato aseguran que la compañía «decidió mirar para otro lado y no tomar ninguna medida, alegando que se trataba de un asunto personal y no de ámbito laboral».
El sindicato cree que «la falta de respuesta» de la empresa provocó un incumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Además, aseguran que desde el punto de vista preventivo, Iveco conocía la situación de riesgo desde el pasado jueves, como mínimo.
«Sin embargo, no evaluó el riesgo ni tomó medidas preventivas, por lo que incumplió la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, con el lamentable resultado del fallecimiento de la trabajadora», han indicado.
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