Dos hermanas gemelas ‘separadas por el padre’ volverán a estar juntas
"Tanto la Audiencia de Barcelona como el TSJCat consideran que no se ve vulnerado el interés de la menor por el hecho de trasladarse a Rumanía para estar con su hermana gemela y su madre", explican los letrados que han representado a la mujer.

Dos hermanas gemelas ‘separadas por el padre’ volverán a estar juntas

El TSJCat falla a favor de la madre, ratificando íntegramente la sentencia que le atribuye la guarda y custodia de la menor residente en España; la otra vive en Rumanía con ella
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19/6/2019 12:01
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Actualizado: 19/6/2019 13:35
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Dos hermanas gemelas de 9 años, que fueron «separadas por el padre», volverán a estar juntas, y con su madre tras un proceso largo y complicado.

Así lo han informado a Confilegal los letrados Tomás Pasalodos, y Florentina Marín, del bufete Marin&Pasalodos, que han representado a la mujer.

Las hermanas no solo estaban separadas viviendo en diferentes domicilios, sino que se encontraban en diferentes países: en España y Rumanía.

Según han explicado, «el juez atribuyó, en primera instancia, la guarda y custodia de una de las hijas al padre, separando de esta manera a las dos hermanas».

Indican que han conseguido la revocación de la dicha sentencia, atribuyéndose a la madre la guarda de la otra menor, reuniéndolas para que puedan vivir juntas en su país.

Sin embargo, informan que la situación actual es que el padre «no está cumpliendo con el deber de entrega de la menor».

Por lo tanto, los letrados presentaron el pasado marzo una demanda de ejecución, además de una solicitud ante el Ministerio de Justicia rumano de retención ilegal de la menor, esperando que se haga efectiva la entrega.

Explican que «a día de hoy, el padre ignora los llamamientos del juzgado de ejecución». Los abogados temen que llevar a cabo la ejecución sea «más traumática y costosa de lo esperado».

EL PADRE INTERPUSO UNA DEMANDA DE GUARDA Y CUSTODIA SOLO DE UNA DE LAS DOS MENORES

Según relata Tomás Pasalodos, los padres contrajeron matrimonio en Rumanía, donde nacieron sus dos hijas gemelas.

Después, vinieron a vivir en España, y dos años más tarde, decidieron separarse.

Tomás Pasalodos.

«El padre se quedó en España con una de las hijas, mientras que la madre volvió a Rumanía con la otra hija y con la promesa de que el esposo iba a volver con la menor al mes siguiente», informa Florentina Marín.

Afirma que «el padre aprovechó esta situación y interpuso una demanda de guarda y custodia solo de una de las dos menores, sin importarle la situación de la otra. Y la obtuvo en primera instancia, separando de este modo a las dos hermanas».

Además, Marín asegura que «el hombre, en ningún momento, ha querido la guarda y custodia de las dos hijas, mientras que la madre sí que ha solicitado, tanto en Rumanía como en España, la guarda y custodia de las dos».

«Cierto es que en contestación a la demanda de guarda y custodia de la menor que reside en rumanía solicitó dicha guarda y custodia», añade.

Florentina Marín.

Según manifiesta Tomás Pasalodos, «el criterio de ambos letrados era que con esta sentencia se vulneraba el criterio de no separación de hermanos, además de que el interés superior de la menor era estar con su madre y con la hermana gemela debido a que en España quien realmente la cuidaban eran los abuelos paternos».

Así las cosas, interpusieron un recurso de apelación y «demuestran que deberá primar el interés superior del menor sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir».

Finalmente, el pasado febrero la Audiencia Provisional de Barcelona atribuyó a la madre la guarda de la otra menor también.

Pasalodos destaca que «en el contenido de la dicha sentencia se procede a un llamamiento al padre de que no está ejerciendo de forma correcta la responsabilidad paterna».

Dice que el tribunal señala que “la solución no puede más que venir de la adopción de la medida más acorde a la realidad de las niñas, a sus necesidades más íntimas, en atención a la actuación de cada uno de los progenitores en relación al otro».

Asimismo, Florentina Marín apunta que el tribunal hace hincapié en esta realidad, porque en el mismo informe del equipo de asesoramiento técnico en el ámbito de familia (EATAF) se indica, de forma clara e inequívoca, que el padre “emite un discurso ambivalente respecto a la relación maternofilial», que «de su relato se destacan dificultades para rescatar aspectos positivos de la madre», y que «desde esta perspectiva, presenta dificultades para identificar las necesidades de la hija y cómo cubrirlas».

Los letrados explican que «una vez más, la actitud impeditiva del padre que no facilitó el cumplimiento de la sentencia, ha puesto en peligro el interés del menor y el ejercicio de los deberes de custodia».

Informan que éste interpuso un recurso de casación contra dicha sentencia.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) lo inadmitió el pasado 16 de mayo, confirmando íntegramente la sentencia que atribuye la guarda de la menor a la madre.

Los letrados destacan que «tanto la Audiencia de Barcelona como el TSJCat consideran que no se ve vulnerado el interés de la menor por el hecho de trasladarse a Rumanía para estar con su hermana gemela y su madre».

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